Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 26 de abril de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Luis Gonzaga Arenas Ibañez)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ AND 3098/2018 – ECLI:ES:TSJAND:2018:3098
Temas Clave: Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Suelos; Urbanismo
Resumen:
Se interpone por la asociación ECOLOGISTAS EN ACCIÓN DE CÁDIZ recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Tarifa de 29 de mayo de 2012, a través del cual se aprueba definitivamente el texto refundido del Plan Parcial de Ordenación del Sector Sl-1 “Valdevaqueros” de dicha localidad gaditana.
Playa de Valdevaqueros en Tarifa. Fuente: El País, sin fines comerciales
Conviene apuntar de manera preliminar, que el Acuerdo recurrido aprobando el texto refundido cumplimentaba lo indicado en el informe favorable condicionado emitido por la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía.
Entre los motivos que se aducen por la asociación recurrente, destacan los siguientes:
-Ausencia de un Informe favorable por parte del Ministerio de Fomento (en el expediente solo constaría uno desfavorable).
-Necesidad de haber sometido el Plan Parcial nuevamente a información pública, una vez
Se aprueba la normativa del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Valderejo (Álava)
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: BOPV núm. 98, de 23 de mayo de 2018 y núm. 106, de 4 de junio de 2018
Temas Clave: Biodiversidad; Espacios naturales protegidos; Fauna; Instrumentos de planificación; Lugares de importancia comunitaria (LIC); Ordenación de los recursos naturales; Parques Naturales; Red natura; Zona de especial conservación (ZEC); Zona de especial protección para las aves (ZEPA)
Resumen:
En el ámbito de Valderejo-Sobrón-Sierra de Árcena (Álava) se solapan dos categorías de Espacio Natural: un Parque Natural por un lado y, en segundo lugar, una Zona de Especial Conservación y una Zona de Especial Protección para las Aves, integrados consecuentemente en la Red Natura 2000.
Sobre este espacio acaba de aprobarse el Decreto 72/2018, de 15 de mayo, a través del cual se aprueba definitivamente la parte normativa del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Valderejo; procediéndose asimismo a publicarse el texto íntegro del Documento de Directrices y Medidas de Gestión del Espacio Red Natura 2000 ZEC/ZEPA de Valderejo-Sobrón-Sierra de Árcena ES2110024 y del III Plan Rector de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de 21 de febrero de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: José Antonio Alberdi Larizgoitia)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ PV 895/2018 – ECLI:ES:TSJPV:2018:895
Temas Clave: Evaluación ambiental estratégica; Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Suelos; Urbanismo
Resumen:
Una asociación vecinal interpone recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Ayuntamiento de Elorrio de 25 de marzo de 2015, a través del cual se aprobaba definitivamente el Plan Parcial del sector 7.1 Pulla-Azkarreta, destinado a la implantación de un polígono industrial en dicha localidad. Ante el recurso y escrito de demanda, cabe precisar en primer lugar que el propio ayuntamiento demandado se allanó a las pretensiones anulatorias de los recurrentes, quedando únicamente como parte demandada la mercantil SPRILUR, S. A., sociedad pública de promoción de suelo para actividades económicas, promotora del plan parcial impugnado.
Los principales motivos que se alegan a fin de sustentar la petición de nulidad del plan parcial son los siguientes:
-Omisión del Informe preceptivo exigido por el artículo 25.4 de la Ley de Aguas:
El artículo 25.4 del texto refundido de la Ley de Aguas (Real Decreto
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de 12 de febrero de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ángel Ruiz Ruiz)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ PV 896/2018 – ECLI:ES:TSJPV:2018:896
Temas Clave: Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Suelos; Urbanismo
Resumen:
Una asociación recurre la Orden Foral 3444/2015, de 4 de mayo, del Diputado Foral de Presidencia de la Diputación Foral de Bizkaia, a través de la cual se aprobaba el Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Lezama.
Son varios los motivos que sustentan las pretensiones anulatorias del recurso contencioso-administrativo, y me voy a centrar a continuación en los que se consideran más importantes a los efectos de la materia jurídico ambiental. Así:
-Se aduce que el plan general no se ha sometido a procedimiento de evaluación ambiental estratégica -se analiza en el Fundamento de Derecho sexto-. Tras el análisis del expediente administrativo y de la normativa autonómica dictada al respecto, la Sala concluye que no se ha producido infracción alguna al respecto.
-Omisión del Informe previsto en el artículo 26.2 de la entonces vigente Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 12 de marzo de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Ramón Chaves García)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ AS 797/2018 – ECLI:ES:TSJAS:2018:797
Temas Clave: Clasificación de suelos; Costas; Instrumentos de planificación; Ordenación del litoral; Ordenación del territorio; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
Mediante Acuerdo del 23 de septiembre de 2016, por el Pleno de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias, se aprobó el Plan Territorial Especial del Suelo No Urbanizable de Costas (en adelante, PESC). Este Plan Territorial abarca territorialmente los concejos de Vegadeo, Castropol, Tapia de Casariego, El Franco, Coaña, Navia, Valdés, Cudillero, Muros de Nalón, Soto del Barco, Castrillón, Avilés, Gozón, Carreño, Gijón, Villaviciosa, Colunga, Caravia, Ribadesella, Llanes y Ribadedeva. El PESC se centra exclusivamente en el denominado “Suelo de Costas”, clasificado como suelo no urbanizable, y en el que, como regla general, se encuentran prohibida la implantación de nuevos usos edificatorios residenciales o industriales. Esta clase y categoría de suelo incluiría la franja de 500 metros computados en proyección horizontal desde la ribera del mar -artículos 110 y 133 del Decreto
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