Decreto 190/2015, de 25 de agosto, de desarrollo de la Ley 6/2001, de 31 de mayo, de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno de Cataluña
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: DOGC núm. 6944, de 27 de agosto de 2015
Temas clave: Contaminación lumínica; Eficiencia energética; Evaluación ambiental; Licencias y autorizaciones
Resumen:
Este Decreto tiene por objeto la regulación de las características de las instalaciones y los aparatos de iluminación con respecto a la contaminación lumínica que pueden producir, en desarrollo de la Ley 6/2001, de 31 de mayo, de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno. De esta forma, se regulan los sistemas de iluminación exterior, y los de interior en cuanto pueden afectar al exterior, tanto públicos como privados -con las exclusiones contenidas en el artículo 3.2, tales como las que afectan a instalaciones militares, aeroportuarias, etc.-, a fin de proteger el medio por la noche, mantener al máximo posible la claridad natural del cielo, evitar la contaminación lumínica y prevenir los efectos nocivos sobre los espacios naturales y el entorno urbano. Por último, se pretende mejorar la eficiencia energética
Aguas:
ABEGÓN NOVELLA, Marta. Recensión “Serrano Tur, Lidia, Aguas dulces y Derecho internacional: el agua como bien común y como derecho humano desde la perspectiva del desarrollo sostenible, Ed. Huygens, Barcelona, 2014, 341 páginas.”. Revista Catalana de Dret Ambiental (RCDA), vol. 6, n. 1, 2015, pp. 1-5, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.rcda.cat/index.php/rcda/article/viewFile/593 [Fecha de último acceso 14 de agosto de 2015].
Cambio climático:
LÓPEZ RAMÓN, Fernando. Recensión “El derecho ante la innovación y los riesgos derivados del cambio climático, de Luciano Parejo Alfonso (Dir.), Valencia, Tirant, 2015, pp. 333”. Revista española de derecho administrativo (Civitas), n. 170, abril-junio 2015, pp. 425-426
Derecho ambiental:
GILJAM, Renske. Recensión “Ecological Governance: Reappraising Law’s Role in Protecting Ecosystem Functionality – By Olivia Woolley”. Review of European, Comparative and International Environmental Law (RECIEL), vol. 24, n. 2, julio 2015, pp. 238-239
LANGE, Bettina. Recensión “EU Environmental Law, Governance and Decision-Making. By Maria Lee. Oxford: Hart Publishing, 2014, 270 p.”. Journal of Environmental Law, vol. 27, n. 2, julio 2015, pp. 362-364
Derechos fundamentales:
LEE, Maria. Recensión “Balancing Human Rights, Environmental Protection and International Trade: Lessons from the EU Experience – By Emily Reid”. Review of European, Comparative and International Environmental
Directiva (UE) 2015/996 de la Comisión de 19 de mayo de 2015 por la que se establecen métodos comunes de evaluación del ruido en virtud de la Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo
Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid
Fuente: DOUE L161/1 de 01 de julio de 2015
Temas clave: ruido; ruido ambiental; indicadores; evaluación de indicadores
Resumen:
El ruido, más concretamente el ruido ambiental es un problema que afecta de manera especial al conocido como medio ambiente urbano.
Problema cada vez mayor a nivel global pero especialmente en la Unión Europea, en la que aproximadamente el 75% de su población vive en ese entorno urbano donde se concentran con mayor fuerza las principales fuentes del problema: el tráfico, tanto ferroviario como rodado y aéreo, actividades industriales y recreativas.
Es un problema medioambiental que afecta significativamente a la salud de las personas así como a la fauna y flora.
Estudios de la Unión Europea, empezando por el Libro Verde sobre la política futura de lucha contra el ruido de 1996, indican que al menos el 20% de la antedicha población en Europa sufre unos niveles de ruido considerados como inaceptables con repercusiones
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 22 de mayo de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Arturo Fernández García)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 6943/2015 – ECLI:ES:TSJM:2015:6943
Temas Clave: Evaluaciones ambientales; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Móstoles de fecha 10 de marzo de 2011 que aprueba el Plan Especial AOS-8, interpuesto por dos propietarios integrados en el ámbito territorial de dicho instrumento de planificación territorial.
Entre los motivos de impugnación se halla el concerniente a que el Plan Especial recurrido no ha sido objeto de evaluación ambiental, planteando el ayuntamiento demandado la innecesariedad de tal evaluación a la vista de que el Plan General del municipio ya fue objeto de una.
En concreto, la Sala examina este motivo de impugnación en su Fundamento de Derecho Sexto, efectuando un análisis de lo establecido en la legislación básica del Estado que transpone al ordenamiento español la Directiva 2001/42/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados
Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la red ecológica europea Natura 2000 en Extremadura
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: DOE núm. 105, de 3 de junio de 2015
Temas clave: Espacios naturales protegidos; Evaluaciones ambientales; Lugares de importancia comunitaria (LIC); Participación; Red natura; Zonas de especial conservación (ZEC); Zona de especial protección para las aves (ZEPA)
Resumen:
Este Decreto tiene por objeto el desarrollo de la regulación de la Red Ecológica Europea Natura 2000 en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo establecido en la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura. Asimismo, se aprueba con el Decreto:
-El Plan Director de la Red Natura 2000 en Extremadura -Anexo II-.
-La declaración como Zonas Especiales de Conservación (ZEC) de todos los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) existentes en Extremadura y la publicación de la denominación y límites de las mismas.
-La modificación de los límites de determinadas Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y la publicación de las existentes en Extremadura.
-La aprobación de los Planes de Gestión de las
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