Energía:
BROOK, Barry W. et al. “Energy research within the UNFCCC: a proposal to guard against ongoing climate-deadlock”. Climate Policy, vol. 16, n. 6, mayo 2016, pp. 803-813, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.tandfonline.com/doi/full/10.1080/14693062.2015.1037820 [Fecha de último acceso 7 de diciembre de 2016].
GALERA RODRIGO, Susana. “Changing the Energy Model: Step Back on the Europe 2050 Strategy?”. European Energy and Environmental Law Review, vol. 25, n. 2, 2016, pp. 65-72
PYHÄRANTA, Meri-Katriina. “Reforms in UK Shale Gas Regulation: Better Prospects for Investors?”. European Energy and Environmental Law Review, vol. 25, n. 2, 2016, pp. 56-64
SALERNO, Paolo. “Naturaleza y funciones de la «Comisión Reguladora de Energía» tras la reforma energética”. Derecho PUCP: revista de la Facultad de Derecho, n. 76, 2016, pp. 289-304, [en línea]. Disponible en Internet: http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/14858 [Fecha de último acceso 15 de diciembre de 2016].
WARREN, Gina S. “Regulating Pot to Save the Polar Bear: Energy and Climate Impacts of the Marijuana Industry”. Columbia Journal of Environmental Law, vol. 40, n. 3, 2015, pp. 385-432, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.columbiaenvironmentallaw.org/regulating-pot-to-save-the-polar-bear-energy-and-climate-impacts-of-the-marijuana-industry/ [Fecha de último acceso 15 de diciembre de 2016].
Energía eléctrica:
TORAL, Jorge. “Implementación de un nuevo modelo retributivo para la actividad de distribución
Sentencia de la Corte Suprema (Chile) de 20 de octubre de 2016, causa Rol N° 31.486-2016
Autoras: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada y Daniela Navarro Fernández, Ayudante de Investigación, ambas del Centro de Derecho Ambiental, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile
Fuente: Rol 31.486-2016
Temas Clave: Evaluación de Impacto Ambiental, Patente Municipal, Puertos, Recurso de Protección
Resumen:
La sentencia escogida para el presente comentario [1], trata sobre el recurso de protección presentado por el Comité de Defensa Corral Bajo contra la Municipalidad de Corral, que impugna “Oficio Respuesta del Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Corral, que no hizo lugar a la solicitud de clausurar las canchas, industrias y almacenes emplazados en la zona ZU-3 del Plano Regulador, que mantiene la empresa Portuaria Corral S.A. en Corral Bajo y en Amargos, de la comuna de Corral”, y solicita que: “se deje sin efecto y/o se disponga que no se renovará la patente comercial de la empresa Portuaria Corral S.A., hasta tanto se dé cumplimiento a los requisitos legales”.
La Corte Suprema confirma la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia (Rol N° 1320-2015) [2] que rechaza el recurso. A su vez, el voto en contra, del Ministro
Protección Ambiental de los Glaciares y el ambiente periglacial
Autora: Noemí Pino Miklavec. Dra. en Derecho por la Universidad de Alicante y Docente de la Universidad Nacional del Comahue Argentina
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina, 28/10/2010, número: 32016, p. 7. Puede verse el texto íntegro de la norma publicada con actualizaciones en http://www.infoleg.gob.ar/
Temas Clave: Protección ambiental de los Glaciares; Glaciar, ambiente periglacial en alta, mediana y baja montaña; Inventario Nacional de Glaciares; actividades prohibidas; actividades permitidas en los glaciares con y sin Evaluación de Impacto ambiental
Resumen:
Ley establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para los glaciares y el ambiente periglacial por su condición de reserva estratégica de recursos hídricos, fuente de información científica y atractivo turístico.
Comentario:
Ley 26.639, ha sido el producto de un largo y tortuoso debate institucional, llegando a ser sancionada el 30 de septiembre de 2010 [1], como resultado del consenso entre los sectores interesados luego de transcurridos casi dos años del veto presidencial de su predecesora mediante Decreto Nº 1837/2008 [2], a pesar de la difusión del alarmante proceso de degradación que han sufrido nuestros glaciares, con significativas reducciones en los flujos hídricos.
Se trata de otra ley sectorial
Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de noviembre de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Juan Carlos Trillo Alonso)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili y Subdirectora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: STS 4763/2016 – ECLI:ES:TS:2016:4763
Temas Clave: Responsabilidad patrimonial; Relación de causalidad; Estudio de impacto ambiental; Distancias mínimas; Confianza legítima; Central térmica
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por Morata Energía, S.L. contra la sentencia de 10 de junio de 2015, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Cuarta. Esta Sentencia resolvía el recurso contencioso-administrativo interpuesto por dicha entidad mercantil contra la desestimación por silencio, por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, de la solicitud indemnizatoria formulada en concepto de responsabilidad patrimonial, fundamentada en la anulación –por sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 17 de diciembre de 2009, confirmada posteriormente por la Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de abril de 2012–, de la resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio,
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), de 17 de noviembre de 2016, asunto C-348/15, por el que se resuelve la cuestión prejudicial en relación con la interpretación de la Directiva de evaluación de impacto ambiental de proyectos
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asunto C-348/15
Temas clave: Evaluación de impacto ambiental, proyectos, ámbito de aplicación, acto legislativo
Resumen:
La cuestión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 1 de la Directiva EIA y de los principios de seguridad jurídica y de protección de la confianza legítima. La cuestión deriva de un litigio entre ciudad de Wiener Neustadt, Austria y el Gobierno del Land de Baja Austria, en relación con la legalidad de la decisión por la que éste declaró que debía considerarse autorizada la explotación de una planta de tratamiento de combustibles de sustitución en la que básicamente se trituran residuos de plástico hasta reducirlos a un tamaño que permite emplearlos como combustible industrial de sustitución, principalmente utilizado en la industria cementera.
La autorización de su ampliación se concedió sin haberla sometido a previa evaluación de impacto.
Destacamos
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