Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 16 de abril de 2015, asunto C-570/13, Karoline Gruber
Autor: Juan José Pernas García, profesor titular de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Palabras clave: Procedimiento prejudicial; medio ambiente; Directiva 2011/92/UE; evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente; construcción de un centro comercial; efecto vinculante de una resolución administrativa por la que se decide no llevar a cabo una evaluación de las repercusiones; falta de participación del público
Resumen:
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 11 de la Directiva 2011/92/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente. Dicha petición se ha presentado en el marco de un litigio con relación a una decisión por la que se autoriza la construcción y la explotación de un centro comercial en un terreno colindante a una finca perteneciente a la recurrente.
La propietaria de la finca colindante interpuso recurso de anulación contra la citada decisión ante el órgano jurisdiccional remitente, por considerar, en particular, que la autorización estaba supeditada
Derechos fundamentales:
BAVIKATTE, Kabir Sanjay; BENNETT, Tom. “Community stewardship: the foundation of biocultural rights”. Journal of Human Rights and the Environment, vol. 6, n. 1, marzo 2015, pp. 7-29, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.elgaronline.com/view/journals/jhre/6-1/jhre.2015.01.01.xml[Fecha de último acceso 21 de abril de 2015].
DOMÍNGUEZ MARTÍNEZ, Pilar. “El medio ambiente acústico y el derecho a la inviolabilidad del domicilio”. Derecho privado y Constitución, n. 28 enero-diciembre 2014, pp. 401-446
LÓPEZ RAMÓN, Fernando. “Teoría de la catástrofe y emigrantes ecológicos”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 30, enero-abril 2015, Homenaje a D. Ramón Martín Mateo (I), pp. 27-55
MARTÍNEZ ZAVALA, Ricardo. “Los derechos de los pueblos indígenas sobre el territorio y sus garantías en el ordenamiento jurídico mexicano”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 30, enero-abril 2015, Homenaje a D. Ramón Martín Mateo (I), pp. 581-600
NADAUD, Séverine; MARGUÉNAUD, Jean-Pierre. “Chronique des arrêts de la Cour européenne des droits de l’Homme 2013-2014”. Revue juridique de l’environnement, n. 1, marzo 2015, pp. 84-99
SANCHÍS FORTEA, Raúl. “Provisión, uso y gestión municipal del servicio de agua potable y saneamiento básico en las comunidades indígenas del Municipio de Villa Tunari (Cochabamba, Bolivia)”. Revista de estudios locales. Cunal, n. 177, 2015, pp. 74-76
Desarrollo sostenible:
Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de abril de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Francisco José Navarro Sanchís)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 1489/2015 – ECLI:ES:TS:2015:1489
Temas Clave: Evaluación Ambiental Estratégica; Planeamiento Urbanístico; Modificación de Planes Urbanísticos
Resumen:
Esta sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por una sociedad mercantil contra la Sentencia dictada el 27 de marzo de 2013 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo –Sección Primera– del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid. Esta Sentencia estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Ecologistas en Acción de Valladolid contra la Orden de 18 de septiembre de 2009 del Consejero de Fomento de la Junta de Castilla y León, mediante la cual se aprobó definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid en el Área Homogénea 11 de Suelo Urbanizable No Delimitado “Prado Palacio-Berrocal”, así como contra la decisión motivada de la Consejera de Medio Ambiente que declaraba innecesaria la evaluación ambiental de dicha modificación, hecha pública mediante Resolución de la Dirección General
Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de marzo de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Francisco José Navarro Sanchís)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 1261/2015 – ECLI:ES:TS:2015:1261
Temas Clave: Evaluación Ambiental Estratégica; Planeamiento Urbanístico; Planes Parciales; Modificación de Planes Urbanísticos
Resumen:
Esta sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Parla y por la Junta de Compensación del Sector 5 de Parla contra La Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 12 de noviembre de 2012. Esta Sentencia estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una entidad mercantil contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Parla de 18 de abril de 2008, por el que se aprueba definitivamente el Texto Refundido del Plan Parcial de ordenación del Sector 5 “terciario-industrial” de dicho municipio, anulando dicho acuerdo plenario.
La cuestión central a analizar en el marco de esta Sentencia es si era o no exigible la evaluación ambiental estratégica para la aprobación del plan parcial citado y, en consecuencia, si
Decreto-ley 3/2015, de 3 de marzo, por el que se modifican las Leyes 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental de Andalucía, 9/2010, de 30 de julio, de aguas de Andalucía, 8/1997, de 23 de diciembre, por la que se aprueban medidas en materia tributaria, presupuestaria, de empresas de la Junta de Andalucía y otras entidades, de recaudación, de contratación, de función pública y de fianzas de arrendamientos y suministros y se adoptan medidas excepcionales en materia de sanidad animal
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 48, de 11 de marzo de 2015
Temas Clave: Evaluación ambiental; Autorización ambiental unificada; Evaluación ambiental estratégica de planes y programas; Planeamiento urbanístico; Emisiones industriales; Suelo; Aguas
Resumen:
A través de esta reforma se adapta la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a la normativa básica estatal, en concreto, al contenido de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, con el fin de evitar la incertidumbre y el conflicto que se derivarían de la
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