ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS:
Economía sostenible:
Martínez Nieto, Antonio. “El medio ambiente en la Ley de Economía Sostenible”. Diario La Ley, n. 7615, 2011, pp. 1
OLIVARES, Artemio F. “Ley de economía sostenible: futuro incierto”. Cuides: cuaderno interdisciplinar de desarrollo sostenible, n. 4, 2010, pp. 65-92
Energía:
VALENZUELA ROBLES LINARES, José María. “Yacimientos transfronterizos de hidrocarburos: entre el hecho jurídico y el diplomático”. Anuario mexicano de derecho internacional, n. 10, 2010, pp. 353-388, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.bibliojuridica.org/estrev/pdf/derint/cont/10/art/art10.pdf [Fecha de último acceso 27 de mayo de 2011].
Instrumento de Ratificación del Estatuto de la Agencia Internacional de Energías Renovables (BOE núm. 75, de 29 de marzo de 2011)
Temas clave: Acuerdos internacionales; Organizaciones internacionales; Energías renovables; Cambio climático
Autor: Enrique J. Martínez Pérez. Profesor Contratado Doctor de Derecho internacional público de la Universidad de Valladolid
Resumen:
La Agencia Internacional de Energías Renovables (IRENA, por sus siglas en inglés) fue creada el 26 de enero de 2009 en Bonn. De los 148 Estados firmantes, hasta la fecha han ratificado el Estatuto 70 países y la Unión Europea. Se trata de una organización internacional, dotada de personalidad jurídica internacional y capacidad jurídica interna para el ejercicio de sus funciones. En la primera sesión de la Asamblea (abril 2011) se eligió a Abu Dhabi (EAU) como sede de la organización.
Su objetivo principal es promover la implantación y el uso sostenible de todas las energías renovables (bioenergía, hidráulica, eólica, marina, incluidas la obtenida de las mareas y de las olas y la térmica oceánica, solar y geotérmica) pues su desarrollo contribuye a la conservación del medio ambiente, la protección del clima, el crecimiento económico, el desarrollo regional
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia 00187/2011, de 16 de marzo de 2011(Sala de lo Contencioso, Sede Coruña, Sección 3ª, Ponente: D. Julio César Díaz Casales)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-Ciemat
Fuente: Roj: STSJ GAL 20/2011
Temas Clave: Energías Renovables; Energía Eólica; Aprovechamiento de Energía Eólica
Resumen:
Esta sentencia resuelve el recurso contencioso-administrativo constituido por el Decreto 242/2007, de 13 diciembre, de la Consellería de Innovación e Industria de la Xunta de Galicia por el que se regula el aprovechamiento de energía eólica en Galicia. Recurso fundamentado en quince motivos; motivos que serán examinados uno por uno por parte del Tribunal, de cuyo examen resultará la desestimación de todos y cada uno de ellos y, por ende, del recurso interpuesto.
Ante el primero de los motivos de impugnación alegados por el actor, esto es, la invalidez del Decreto por la falta de aportación de la memoria económica o estudio económico financiero; el Tribunal considera que dicha falta no es concurrente, dado que al tiempo de la aprobación del Decreto era de aplicación la Disposición Adicional 4 de la Ley
ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS:
Aguas:
AGYENIM, Joseph B.; GUPTA, Joyeeta. “The evolution of Ghana’s water law and policy”. Review of European Community and international environmental law (RECIEL), vol. 19, n. 3, 2010, pp. 339-350
BRUFAO CURIEL, Pedro. “Efectos demaniales, registrales y ambientales de la recuperación del dominio público hidráulico: el caso de las Lagunas de Ruidera”. Revista de administración pública, n. 183, 2010, pp. 235-246
COLLINS, Lynda. “Environmental rights on the wrong side of history: revisiting Canada’s position on the human right to water”. Review of European Community and international environmental law (RECIEL), vol. 19, n. 3, 2010, pp. 351-365
COMTOIS, Suzanne; TURGEON, Bianca. “L’eau, chose commune à l’usage de tous: l’État québécois a-t-il les moyens de donner effet à ce statut?” Les Cahiers de droit, vol. 51, n. 3-4, 2010, pp. 617-635
Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. (BOE núm. 55, de 5 de marzo de 2011)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Temas clave: Economía sostenible; Desarrollo sostenible; Dominio público; Eficiencia energética; Energía; Energías Renovables; Residuos; Transportes; Vehículos; Sanidad vegetal; Hidrocarburos; Contaminación Atmosférica; Comisión Nacional de la Energía
Resumen:
Después de largos períodos de letargo en su tramitación, ha salido a la luz la presumiblemente esperada Ley de Economía Sostenible, cuyo objeto es introducir en el ordenamiento jurídico las reformas estructurales necesarias para crear las condiciones idóneas que favorezcan un desarrollo económico sostenible, dentro de un marco de crisis económica internacional, que ha obligado a nuestro país, siguiendo las pautas adoptadas por los países del G20 a adoptar una serie de medidas que impidan las graves consecuencias de la caída de nuestra actividad económica.
Creo necesario introducir en este comentario la definición que de economía sostenible nos brinda su artículo 2, base de resto de su articulado, entendiendo por tal un patrón de crecimiento que concilie el desarrollo económico, social y ambiental en una economía productiva y competitiva,
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