Derecho ambiental:
ALFANO, Jessica. “Can We (Anti)Trust LEED?: An Analysis of the Antitrust Implications for the Green Building Movement”. Boston College Environmental Affairs Law Review, vol. 41, n. 2, 2014, pp. 427-454, [en línea]. Disponible en Internet: http://lawdigitalcommons.bc.edu/ealr/vol41/iss2/5/ [Fecha de último acceso 4 de septiembre de 2014].
AZERRAD, Cecilia. “Avances y retos del derecho ambiental: entrevista a Manuel Pulgar Vidal”. Derecho PUCP: revista de la Facultad de Derecho, n. 70, 2013, pp. 13-23, [en línea]. Disponible en Internet: http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/6741 [Fecha de último acceso 22 de septiembre de 2014].
BERGOT, Dominique. “L’inspection de l’environnement en pratique”. Revue juridique de l’environnement, n. especial, 2014, pp. 171-176
BÉTAILLE, Julien. “Répression et effectivité de la norme environnementale”. Revue juridique de l’environnement, n. especial, 2014, pp. 47-60
COHENDET, Marie-Anne. “Les enjeux du droit répressif de l’environnement. Quelles valeurs? Quelles frontières? Le droit répressif, quelles valeurs, quelles frontières?”. Revue juridique de l’environnement, n. especial, 2014, pp. 17-32
DELMAS-MARTY, Mireille. “Perspectives ouvertes par le droit de l’environnement”. Revue juridique de l’environnement, n. especial, 2014, pp. 7-14
FAUTH, Gabriela; MILENKA, Paola; Calzadilla, Villavicencio. “Una reflexión sobre los «nuevos» derechos: perspectivas y desafíos en el siglo XXI”. Derecho PUCP: revista de la Facultad de Derecho, n. 70, 2013, pp.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Sede de Valladolid), de 26 de junio de 2014 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, Ponente: Felipe Fresneda Plaza)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ STSJ CL 2967/2014
Temas Clave: Energía eólica; Fragmentación de proyecto
Resumen:
La Sociedad Española de Ornitología “Seobirdlife” y la Asociación Cultural la Raya plantean sendos recursos contencioso-administrativos acumulados frente a las desestimaciones por silencio administrativo de los recursos de alzada interpuestos frente a dos resoluciones de 28 de septiembre de 2010 de la Viceconsejera de Economía, por las que se otorgaban autorización administrativa del parque eólico “Cabeza Gorda I” y del parque eólico “Cabeza Gorda II” respectivamente, promovidos por la mercantil Gamesa Energía, ambos en el término municipal de Serradilla del Arroyo (Salamanca).
La cuestión central que se plantea en este supuesto concreto es si se ha llevado a cabo la fragmentación del proyecto inicial de Cabeza Gorda en dos. La Sala se retrotrae al año 2000, fecha en la que se planteó efectuar un único parque eólico de 42,5 MW, sometido a régimen especial, para 50 aerogeneradores.
Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de julio de 2014 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: José Manuel Bandres Sánchez-Cruzat)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 2917/2014
Temas Clave: Parques Eólicos; fomento; protección medio ambiente; límites
Resumen:
El Tribunal Supremo resuelve en esta ocasión el recurso de casación presentado por la entidad mercantil Instituto de Energías Renovables, SL, contra la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de 28 de abril de 2011, por la que se desestimó el recurso contencioso-administrativo 373/2009 seguido contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 19 de diciembre de 2008, que se desestima el recurso de reposición formulado contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de agosto de 2008, denegando la autorización para la instalación del Parque Eólico “Sierra Hermosa”, ubicado en el término municipal de Oliva de Mérida, siendo parte recurrida la Junta de Extremadura.
En esencia, el Tribunal de instancia desestimó el recurso contencioso-administrativo, y declaró conforme a derecho la resolución impugnada, de acuerdo con el informe emitido por la Dirección General de Evaluación
Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de mayo de 2014 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 3ª, Ponente: María Isabel Penello Domenech)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 2230/2014
Temas Clave: Autorización de potencia; energía renovables; parques eólicos
Resumen:
La Sentencia que comentamos en esta ocasión resuelve el recurso de casación interpuesto por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía contra la Sentencia de 24 de febrero de 2001 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede en Málaga) en el recurso contencioso-administrativo planteado por Sociedad Mercantil contra la autorización administrativa concedida a la misma para puesta en marcha de parque eólico y la desestimación presunta del correspondiente recurso de alzada, en la medida en que se autorizó una potencia inferior a la solicitada para la que, sin embargo, sí se había constituido fianza.
Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. (BOE núm. 140, de 10 de junio de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Fuentes de energía renovables; Energía eólica y solar; Gestión de residuos; Política energética; Producción de energía; Registros administrativos; Régimen retributivo
Resumen:
Dentro de la compleja reforma del sistema eléctrico representada por un sinnúmero de normas que afortunadamente el legislador nos recuerda a través de la Exposición de Motivos de la disposición objeto de este comentario; el presente Real Decreto responde al mandato al Gobierno incorporado por el Real Decreto-ley 9/2003, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico; que no fue otro que aprobar un nuevo régimen jurídico y económico para las instalaciones de producción de energía eléctrica existentes a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
Uno de los
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