Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 182/2016, de 3 de noviembre de 2016 (Ponente: Pedro José González-Trevijano Sánchez)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 299, de 12 de diciembre de 2016
Temas Clave: Almacenamiento geológico de dióxido de carbono; Emisiones a la atmósfera; Permisos de investigación; Subsuelo marino; Ordenación del territorio; Registros de lugares de almacenamiento
Resumen:
Esta sentencia viene a complementar la STC 165/2016 dedicada al examen del contenido de la Ley 40/2010, de 29 de diciembre, que regula el almacenamiento geológico de dióxido de carbono y que fue comentada en esta publicación.
En este caso, es la Junta de Galicia la que interpone el recurso de inconstitucionalidad y la que cuestiona la titularidad de las facultades ejecutivas que se atribuyen al Estado en esta materia. Me detendré en los nuevos preceptos que han sido objeto de recurso.
En primer lugar, se cuestiona la constitucionalidad de que corresponda al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio otorgar los permisos de investigación previstos en la ley cuando afecten al subsuelo marino (art. 5-1 a). La Junta de Galicia entiende que la ubicación marítima
Directiva (UE) 2016/2284 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de diciembre de 2016 relativa a la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos, por la que se modifica la Directiva 2003/35/CE y se deroga la Directiva 2001/81/CE
Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho Universidad de Valladolid
Fuente: DOUE L344/1 de 17 de Diciembre
Temas clave: contaminación atmosférica; emisiones; reducción; aire puro
Resumen:
La Unión Europea es uno de los actores más activos dentro de la lucha contra la contaminación atmosférica y en pro de las reducciones de los gases nocivos para el recurso natural.
De hecho, en los últimos veinte años se han logrado, a través de sus políticas, grandes avances en este terreno con una reducción que oscila entre en 40 y 80% de las emisiones anuales de gases contaminantes en Europa.
Pese a ello, aún no es suficiente y siguen existiendo importantes efectos negativos y riesgos para la salud humana y el medio ambiente derivados de la presencia de ciertos contaminantes atmosféricos (la Directiva aquí analizada habla de emisiones atmosféricas antropogénicas, es decir, procedentes de la actividad humana y de entre las que destacan, por su capacidad de daño, el nitrógeno, dióxido de
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Sexta), de 26 de octubre de 2016, asunto C-506/14, por el que se resuelve la cuestión prejudicial en relación con la interpretación de la Directiva 2003/87/CE, relativa al comercio de derechos de emisión y su asignación
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asunto C-506/14
Temas clave: Comercio de derechos de emisión, asignación gratuita, sectores y subsectores que se consideran expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono, factor de corrección
Resumen:
La petición de decisión prejudicial versa sobre la validez de varios preceptos de la Decisión 2011/278/UE, por la que se determinan las normas transitorias de la Unión para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión y, por otra parte, sobre la validez del artículo 4 y del anexo II de la Decisión 2013/448/UE de la Comisión, relativa a las medidas nacionales de aplicación para la asignación gratuita transitoria de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
La cuestión prejudicial deriva de un litigio entre cuatro titulares de instalaciones productoras de gases de efecto invernadero, ubicadas en Finlandia y el Gobierno finlandés, en relación con la legalidad de la resolución adoptada por éste
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 7 de julio de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ramón Sastre Legido)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ CL 2857/2016 – ECLI:ES:TSJCL:2016:2857
Temas Clave: Residuos; Cementera; Límites de emisión
Resumen:
A través del presente recurso contencioso-administrativo, la Federación de Ecologistas en Acción de Castilla y León ha solicitado la nulidad de la Orden de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León de 22 de octubre de 2012, relativa a la solicitud de modificación sustancial formulada por la empresa Cementos Tudela Veguín, S.A., para la coincineración de residuos no peligrosos (más de 100 toneladas/día) en la instalación de fabricación de clinker y cemento, en el término municipal de La Robla (León), así como, en virtud de la ampliación del recurso efectuada, la nulidad de la Orden de dicha Consejería de 17 de febrero de 2015, por la que se declara que procede iniciar dicha actividad.
El análisis del recurso planteado no puede desconectarse de la sentencia de 26 de julio de 2013
Queda definitivamente aprobado el Acuerdo de París en la Unión Europea, sustituto del Protocolo de Kioto en la lucha contra el cambio climático
Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid
Fuente: Decisión (UE) 2016/1841 del Consejo de 5 de octubre de 2016 relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo de París aprobado en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
Temas clave: cambio climático; emisiones; protocolo de Kioto
Resumen:
El pasado mes de diciembre se produjo el mayor hito de los últimos años en lo que respecta a la lucha contra el cambio climático: el Acuerdo de París; un compromiso que pretende sustituir y sobrepasar notablemente los objetivos marcados por el renombrado Protocolo de Kioto en todo el mundo, estableciendo un objetivo a largo plazo consistente en mantener el aumento de la temperatura mundial muy por debajo de los 2 ºC en relación con los niveles preindustriales y trabajar por llegar a 1,5 ºC.
Recordemos, que mediante la firma del Acuerdo de París las Partes se comprometieron a que, a partir del año 2023, realizarán un balance mundial cada cinco años, que permita
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