Agricultura:
BODIGUEL, Luc. “L’agriculture durable: un rêve de droit”. Droit de l’Environnement, n. 220, febrero 2014, pp. 63-69
BERGES ANGÓS, Iker. “Fusión de cooperativas y entidades asociativas agroalimentarias: Ley 13/2013”. Actualidad jurídica Aranzadi, n. 884, 2014, pp. 7-10
“L’interdiction programmée du recours: Loi n° 2014-110 du 6 février 2014 visant à mieux encadrer l’utilisation des produits phytosanitaires sur le territoire national”. Droit de l’Environnement, n. 220, febrero 2014, pp. 7680
KÖLLING, Mario. “Las Comunidades Autónomas en la negociación de la política de cohesión y la política agraria común de la Unión Europea en el contexto del marco financiero plurianual 2014-2020”. Anuario de la Facultad de Derecho (Universidad de Alcalá), n. 6, 2013, pp. 3-31, [en línea]. Disponible en Internet: http://hdl.handle.net/10017/20085 [Fecha de último acceso 30 de mayo de 2014].
Aguas:
BRUNO, Francesco. “Tutela e gestione delle acque: pluralità di ordinamenti e governance multilivello del mare e delle risorse idriche”. Milán (Italia): Giuffrè editore, 2012. 260 p.
Aviación:
VV.AA. “Legislación aérea” (11ª ed.). Madrid: Tecnos, 2014. 960 p.
Cambio climático:
ASSELT, Harro van. “The Fragmentation Of Global Climate Governance: Consequences and Management of Regime Interactions”. Cheltenham Glos (Reino Unido): Edward Elgar, 2014. 360 p.
Reglamento Delegado (UE) núm. 522/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas detalladas sobre los principios para la selección y gestión de acciones innovadoras de desarrollo urbano sostenible que vayan a recibir ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (DOUE L 148, de 20 de mayo de 2014)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Desarrollo urbano sostenible
Resumen:
Con esta disposición se viene a complementar al Reglamento comunitario sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo; concretamente en lo que respecta a las normas detalladas sobre los principios para la selección y gestión de acciones innovadoras de desarrollo urbano sostenible que vayan a recibir ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Agricultura:
BUENO ARMIJO, Antonio María. “Una alternativa al procedimiento de incumplimiento: las correcciones financieras de la política agrícola común”. Civitas. Revista española de derecho europeo, n. 46, 2013, pp. 29-75
Aguas:
FRANCO GARCÍA, Miguel Ángel. “Cuestiones administrativas en torno a la regulación de los tramos internacionales de los ríos Miño y Bidasoa”. Revista Aranzadi Doctrinal, n. 2, 2014, pp. 205-223
GORDON, Greg. “Environmental liability for offshore oil and gas operations in the UK”. Environmental Liability, vol. 21, n. 3, 2013, pp. 108-132
MOREU BALLONGA, José Luis. “El maltrato originario y creciente, por la legalidad vigente, a la propiedad privada del agua”. Revista de administración pública, n. 193, enero-abril 2014, pp. 335-373
WOUTERS, Patricia. “’Dynamic cooperation’ in international law and the shadow of state sovereignty in the context of transboundary waters”. Environmental Liability, vol. 21, n. 3, 2013, pp. 83-97
Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo (BOCAIB núm. 43, de 29 de marzo de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Urbanismo; Ordenación del territorio; Propiedad del suelo; Sostenibilidad ambiental, social y económica; Suelo urbano, urbanizable y rústico; Asentamiento en el medio rural
Resumen:
El objeto principal de esta ley es fijar una regulación integral de la actividad administrativa en materia de urbanismo en las Illes Balears, desde su perspectiva de función pública, y configurada en el marco del bloque normativo ambiental, sin olvidar el principio de desarrollo sostenible. A la vez, se fija el sistema para integrar e incardinar esta materia en la ordenación del territorio, que debe proporcionar una visión más global, sin que implique la imposición de un modelo concreto. Y define el régimen jurídico urbanístico de la propiedad del suelo de acuerdo con su función social.
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