Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BOJA n. 232, de 2 de diciembre de 2022)
Palabras clave: Ordenación del territorio. Urbanismo. Información. Participación. Clasificación del suelo. Paisaje. Costas. Edificaciones irregulares.
Resumen:
El presente Reglamento tiene por objeto desarrollar la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, que regula la ordenación del territorio y el urbanismo en la Comunidad Autónoma.
Abarca 430 artículos estructurados en nueve títulos, además de un título preliminar, cuatro disposiciones adicionales, doce disposiciones transitorias, una disposición final y un anexo de definiciones que se consideran necesarias para la correcta interpretación de este texto normativo.
El Título Preliminar, «Disposiciones generales» (artículos 1 a 17), regula el objeto del reglamento, el derecho de acceso a la información territorial y urbanística, la participación ciudadana y la colaboración público-privada,
Agricultura:
MARCIANÒ, ANGELA. Agricolura e dinamiche sindicali nel diritto del lavoro della transizione ecologica. Diritto delle relazioni industriali, vol. 32, n. 3, 2022, pp. 713-736.
Aguas:
ABELLÁN CONTRERAS, Francisco José. Consideraciones histórico-jurídicas sobre el saneamiento de terrenos pantanosos, lagunas y marismas en España (ss. XIX-XX): exégesis de la «Ley Cambó». Revista jurídica de Castilla y León, n. 58, septiembre 2022, pp. 7-34. Disponible en: https://www.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionPublica/es/Plantilla100Detalle/1131978346397/Publicacion/1285214447574/Redaccion (Fecha de último acceso 16-11-2022).
LOZANO CUTANDA, Blanca; GARCÍA DE ENTERRÍA, Andrea. La declaración del Mar Menor y su cuenca como persona jurídica: un “embrollo jurídio”. Diario La Ley (Estudios doctrinales), n. 10163, 2022.
JAEGER COUSIÑO, Pablo. Código de aguas. Proyecto de modificación (Boletín N°7543-12). Indicación sustitutiva (enero de 2019). Anuario de Derecho Público (Universidad Diego Portales), n. 1, 2019, pp. 278-283.
SAND, Peter H. Environmnetl Dispute Resolution 4500 Years Ago: The Case of Lagash v Umma. Yearbook of international environmental law, vol. 30, n. 1, 2019, pp. 137-142
TZATZAKI, Vasiliki Maria. Restrictive Measures When Trading Water: May GATT Protect Us from Water Scarcity. Yearbook of international environmental law, vol. 30, n. 1, 2019, pp. 145-164.
Autorizaciones
Agricultura:
ARIAS MONTERO, Salomón Roberto. Internacionalización de los mercados agroalimentarios y países en vías de desarrollo: análisis de las estrategias de marcas globales y locales. Tesis doctoral dirigida por el Dr. Domingo Calvo Copico. A Coruña: Universidade da Coruña, 2021.
HERRERA PEÑA, Jonathan. Fuentes de valor en el mercado agroalimentario: aplicacíon empírica a productos de bajo precio relativo. Tesis doctoral dirigida por el Dr. Domingo Calvo Dopico y el Dr. José López Rodríguez. A Coruña: Universidade da Coruña, 2021.
Alimentación:
ARIAS MONTERO, Salomón Roberto. Internacionalización de los mercados agroalimentarios y países en vías de desarrollo: análisis de las estrategias de marcas globales y locales. Tesis doctoral dirigida por el Dr. Domingo Calvo Copico. A Coruña: Universidade da Coruña, 2021.
HERRERA PEÑA, Jonathan. Fuentes de valor en el mercado agroalimentario: aplicacíon empírica a productos de bajo precio relativo. Tesis doctoral dirigida por el Dr. Domingo Calvo Dopico y el Dr. José López Rodríguez. A Coruña: Universidade da Coruña, 2021.
MORILLAS DEL MORAL, José Antonio. Construyendo calidad alimentaria desde los nuevos comunes: estudios de caso en España e Italia. Tesis doctoral dirigida por el Dr. Alfredo Macías Vázquez,
Decreto 175/2022, de 13 de octubre, sobre vigilancia sanitaria de las aguas de baño de Galicia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Galicia número 205 de fecha 27 de octubre de 2022.
Palabras clave: Medio ambiente. Control sanitario. Aguas.
Resumen:
El marco legal de la gestión de la calidad de las aguas de baño, así como de la protección y mejora de la calidad del medio ambiente y la protección de la salud humana viene establecido por la Directiva 2006/7/CE, en complemento a la Directiva 2000/60/CE. La Directiva establece disposiciones para el control y la clasificación de la calidad de las aguas de baño, la gestión de la calidad de las aguas de baño y el suministro de información al público sobre la calidad de las mismas.
El presente decreto establece cuáles son en Galicia las autoridades sanitarias autonómicas y locales a tal efecto y las competencias específicas de cada una de ellas.
El decreto se compone de 24 artículos, divididos en cinco capítulos,
Decreto 38/2022, de 5 de septiembre, por el que se establece la Reserva Marina de las islas del Toro y de las Malgrats y se regulan las actividades de extracción de flora y fauna marina y las actividades subacuáticas, y se modifican el Decreto 26/2019 de la Reserva Marina de la Illa de l’Aire y el Decreto 41/2015, por el que se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina y las actividades subacuáticas en las reservas marinas de las aguas interiores del litoral de las Illes Balears
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB n. 117, de 6 de septiembre de 2022
Palabras clave: Extracción de flora y fauna marina. Actividades subacuáticas. Litoral. Reservas marinas.
Resumen:
Las reservas marinas son áreas marinas donde se limita la explotación de los recursos marinos vivos para incrementar la repoblación de alevines y fomentar la proliferación de las especies marinas objeto de explotación o proteger los ecosistemas marinos con características ecológicas diferenciadas. De acuerdo con el artículo 8.3 de la Ley 6/2013, de 7 de
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