18 diciembre 2009

Actualidad

Actualidad. Informe sobre el Anteproyecto de Ley de almacenamiento geológico de dióxido de carbono

Fuente: Presidencia del Gobierno. Última consulta: 14/12/2009

El Consejo de Ministros ha recibido un informe de la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino sobre el Anteproyecto de Ley de almacenamiento geológico de dióxido de carbono, con el objetivo de incorporar al ordenamiento jurídico español las disposiciones contenidas en una Directiva comunitaria de 2009. Con la nueva norma estas disposiciones se adaptan a la realidad industrial, geológica y energética de nuestro país, y establecen una base jurídica para que se realice en condiciones seguras para el medioambiente y contribuyendo a la lucha contra el cambio climático.

Entre las medidas que se pueden adoptar para la reducción de emisiones se encuentran la captura y almacenamiento geológico del dióxido de carbono, en la línea de las afirmaciones realizadas por el panel de expertos en cambio climático IPCC, que ya señaló, en su tercer informe de evaluación, que será necesaria una combinación de opciones tecnológicas de mitigación para lograr las reducciones necesarias y, en concreto que la Captura y Almacenamiento de Carbono (CAC) sería una opción apropiada para los países que tienen un número considerable de fuentes de CO2 adecuadas para la captación, acceso a lugares de

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18 diciembre 2009

Actualidad

Actualidad. Asturias podría albergar el primer almacén de CO2 de España

Fuente: Presidencia del Gobierno. Última Consulta: 13/12/2009

Como medida complementaria a la aprobación del proyecto de ley de almacenamiento geológico de CO2, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se declara zona de reserva provisional a favor del Estado la comprendida en el área denominada “Asturias Centro”, situada en el Principado de Asturias y parte de la plataforma continental y cuyo perímetro delimita una superficie de 31.040 cuadrículas mineras.

Dicha zona se dedicará a la exploración de recursos de la sección B, que comprenden estructuras subterráneas susceptibles de ser un efectivo almacenamiento de dióxido de carbono (CO2).

La exploración de esta zona de reserva será realizada por HUNOSA, de acuerdo con el programa general de exploración aprobado.

La zona de reserva a favor del Estado que se establece tendrá una vigencia de un año a partir del día siguiente al de la publicación del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado. Este plazo es prorrogable por Orden Ministerial si las circunstancias así lo aconsejan como consecuencia de los trabajos realizados, resultados obtenidos y futuras posibilidades en esta área de reserva.

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17 diciembre 2009

Actualidad

Actualidad. Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda. Última Consulta: 11/12/2009 El pasado 27 de noviembre de 2009 el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible, instrumento formal de la estrategia para el cambio de modelo económico diseñada por el ejecutivo a través de la cual se pretende impulsar la economía española y dar un giro al modelo de crecimiento vigente. La propuesta del ejecutivo aprobada por el Consejo de Ministros gira en torno a la definicion de tres objetivos específicos: proporcionar un mejor entorno regulatorio a los agentes económicos, impulsar la competitividad de la economía española y orientar al sector empresarial y a los agentes económicos hacia sectores con potencial de crecimiento a largo plazo, generadores de empleo y sostenibles desde el punto de vista económicos, social y medio ambiental. La consecución de tan ambiciosos objetivos se ha pretendido asegurar a través de la definición de un conjunto de cambios normativos que requerirán de un desarrollo posterior a la aprobación del texto por las Cortes. Se exponen a continuación las medidas concretas definidas por el Anteproyecto para lograr los objetivos antes señalados:

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11 noviembre 2009

Jurisprudencia al día Tribunal de Justicia de la Unión Europea ( TJUE )

Jurisprudencia al día. Plan de asignaciones de Derechos de emisión de Polonia

Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 23 de septiembre de 2009, asunto T‑183/07, Polonia/Comisión

Autor de la nota: José Pernas García, profesor contratado doctor de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña

Palabras clave: Directiva 2003/87/CE; régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero; Plan nacional de asignación de derechos de emisión de Polonia para el período comprendido entre 2008 y 2012; plazo de tres meses;autorización u obligación de comunicación; competencias respectivas de los Estados miembros y de la Comisión; igualdad de trato; obligación de motivación; artículo 9, apartados 1 y 3, y artículo 11, apartado 2, de la Directiva 2003/87/CE; discrecionalidad y control jurisdiccional; principio de subsidiariedad.

Resumen:

El 26 de marzo de 2007, la Comisión adoptó, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9, apartado 3, de la Directiva 2003/87 sobre comercio de emisiones, la Decisión C(2007) 1295 final relativa al Plan nacional de asignación de emisiones

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9 noviembre 2009

Actualidad

Actualidad. Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión: Anulación del apartado 4.A a)

Fuente: Europapress. Última Consulta: 7/11/2009

En sentencia dictada el pasado 15 de julio de 2009, el Tribunal Supremo declaró nulo el apartado 4.A.a. del Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión 2005-2007, aprobado por Real Decreto 1866/2004, de 6 de septiembre, por considerar que el método de asignación de derechos de emisión de CO2 definido en la norma provoca “diferencias injustificadas” entre las instalaciones del sector eléctrico que afectan a la competencia, al tomar como referencia las emisiones de 2000-2002, según el texto de la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press.

En noviembre de 2004, las entonces Electra Viesgo Distribución y Viesgo Generación, actualmente propiedad e E.ON, presentaron recurso contencioso administrativo cuestionando la legalidad del método de asignación, alegando que ésta generaba “diferencias injustificadas” entre las diferentes instalaciones eléctricas y “favorecía a determinadas empresas” falseando la competencia.

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