Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala quinta), de 24 de octubre de 2013, asunto C-151/12, por la que se resuelve recurso por incumplimiento de la Directiva 2000/60/CE, marco de aguas, contra España
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: http://curia.europa.eu
Temas clave: Aguas, Directiva “marco”, incumplimiento, cuencas intracomunitarias en España, falta de transposición
Resumen:
La Comisión entiende que el Reino de España no ha transpuesto algunas previsiones de la Directiva marco de aguas en lo que se refiere a las cuencas intraautonómicas o intracomunitarias cuya ordenación y gestión corresponde a las CCAA. Sólo Cataluña ha adoptado expresamente una transposición de algunas de las obligaciones, no así el resto. El Reino de España alega la cláusula de supletoriedad de la legislación estatal del 149.3 de la Constitución, argumento que no convence al TJUE.
Destacamos los siguientes extractos:
22. La Comisión admite que el anexo V, sección 1.4, de la Directiva 2000/60, por una parte, y los artículos 4, apartado 8, 7, apartado 2, 10, apartados 1 y 2, y el anexo V,