Sentencia 53/2017 del Pleno del Tribunal Constitucional, de 11 de mayo de 2017 (Ponente: Antonio Narváez Rodríguez)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 142, de 15 de junio de 2017
Temas Clave: Evaluación ambiental; Competencias; Procedimientos administrativos; Medio ambiente; Trámites y plazos; Órgano ambiental y órgano sustantivo; Promotor; Solicitud de inicio; Consultas a las Administraciones públicas y personas interesadas; Informes; Cooperación interadministrativa; Documento de alcance del estudio de impacto ambiental; Estudio de impacto ambiental; Análisis técnico del expediente; Recursos; Vigencia, modificación y prórroga de las declaraciones de impacto ambiental; Resolución de discrepancias entre órgano ambiental y órgano sustantivo; Impacto ambiental transfronterizo; Consultas e información; Supletoriedad
Resumen:
El Pleno del tribunal constitucional examina en este caso el recurso de inconstitucionalidad formulado por el Consejo de Gobierno de la Generalitat de Cataluña contra varios artículos y dos disposiciones finales de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre de Evaluación Ambiental (LEA)
La recurrente se basa en la vulneración del orden competencial constitucional y estatutariamente establecido en materia de medio ambiente. En realidad, esgrime que tales preceptos no tienen carácter básico porque llevan a
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones aprobadas a lo largo del mes de junio de 2017, relacionadas directa o indirectamente con la materia ambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace a la página del boletín oficial correspondiente o, en su caso, a la de la institución convocante. Al mismo tiempo, se le facilita el plazo concreto para la presentación de solicitud, en aquellos casos en que así se exija.
Estatales
Real Decreto 616/2017, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del Programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020.(BOE núm. 144, de 17 de junio de 2017)
Fuente: http://www.boe.es/boe/dias/2017/06/17/pdfs/BOE-A-2017-6897.pdf
Plazo: Las subvenciones reguladas por este real decreto podrán solicitarse una vez transcurra un mes natural desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del
Aprobación del Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 123, de 24 de mayo de 2017
Temas Clave: Aguas; Recursos hídricos; Gestión
Resumen:
El Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña, título con el que el Gobierno de la Generalitat de Cataluña denomina al Plan Hidrológico de la demarcación hidrográfica de sus cuencas internas, se refiere a cuencas comprendidas íntegramente en el ámbito territorial de Cataluña y, como tal, ha sido elaborado por la Administración competente de dicha Comunidad Autónoma y aprobado inicialmente mediante el Decreto del Gobierno de la Generalitat de Cataluña 1/2017, de 3 de enero, por el que se aprueba el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña para el periodo 2016-2021.
El Plan que ahora se aprueba corresponde al ciclo de planificación 2016-2021, sustituyendo al plan del ciclo anterior 2009-2015, que queda derogado.
El conjunto documental que configura el plan consta de una memoria acompañada de diecisiete anejos, que incluye un resumen del programa de medidas que acompaña al plan, y de una parte
Sentencia 36/2017 del Pleno del Tribunal Constitucional, de 1 de marzo de 2017 (Ponente: Adela Asua Batarrita)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 83, de 7 de abril de 2017
Temas Clave: Energía eléctrica; Instalaciones; Información; Inspección; Autorización; Régimen retributivo; Estadística; Competencias ejecutivas
Resumen:
Se plantea en este caso un conflicto positivo de competencia por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña, contra los arts. 8, apartados 1 y 2, 30 y 35.1 a) i) y la disposición final primera del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. Estos preceptos imponen a los titulares de las instalaciones la obligación de remitir determinada información directamente a la Administración General del Estado, o le atribuyen a esta Administración facultades ejecutivas (inspección y autorización) en relación con las instalaciones de producción eléctrica.
La Abogada de la Generalitat alega que a través de estos preceptos se atribuyen al Estado funciones ejecutivas que no le corresponden. Por su parte, el Abogado del Estado entiende que
A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones aprobadas a lo largo del mes de abril de 2017, relacionadas directa o indirectamente con la materia ambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace a la página del boletín oficial correspondiente o, en su caso, a la de la institución convocante. Al mismo tiempo, se le facilita el plazo concreto para la presentación de solicitud, en aquellos casos en que así se exija.
Estatales
Resolución de 5 de abril de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 6 de marzo de 2017, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de cambio modal y uso más eficiente de los modos de transporte. (BOE núm. 84, de 8 de abril de 2017)
Fuente: http://www.boe.es/boe/dias/2017/04/08/pdfs/BOE-A-2017-3903.pdf
Plazo: el establecido en la convocatoria que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
Resolución de 5 de abril de
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