Actividades clasificadas:
CIUDAD VALLS, Iván. “Siniestralidad mortal en el buceo profesional en España (1989-2014)”. Ecoiuris: la página del medio ambiente, 2 junio 2015, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.ecoiurislapagina.com/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAO29B2AcSZYlJi9tynt_SvVK1-B0oQiAYBMk2JBAEOzBiM3mkuwdaUcjKasqgcplVmVdZhZAzO2dvPfee–999577733ujudTif33_8_XGZkAWz2zkrayZ4hgKrIHz9-fB8_IorZ7LOnb3bo2dvbe_Dpzi-8zOumqJaf7e3s3t-5v7OPD4rz66fV9M31Kv_sPCub_BcusrbN68-eFc00K_Wv3yu__uyL4zenr86O_x-b3QVfVQAAAA==WKE [Fecha de último acceso 9 de junio de 2015].
GONZÁLEZ PELLICER, José Manuel. “Fundación de micro-estados flotantes en alta mar: el proyecto «Seasteading»”. Ecoiuris: la página del medio ambiente, 8 junio 2015, pp. 1-15
Actividades marítimas:
FORNARI, Matteo. “Transito e protezione dell’ambiente marino negli stretti utilizzati per la navigazione internazionale”. Rivista giuridica dell’ ambiente, vol. 29, n. 6, noviembre-diciembre 2014, pp. 697-725
GONZÁLEZ PELLICER, José Manuel. “Fundación de micro-estados flotantes en alta mar: el proyecto «Seasteading»”. Diario La Ley, n. 8553, 2015
Agricultura:
BENOZZO, Matteo M. “La bonifica dei siti inquinati nella determinazione delle soglie di contaminazione tra uso effettivo e destinazione urbanistica delle aree: il caso dei terreni agricoli”. Rivista giuridica dell’ ambiente, vol. 29, n. 6, noviembre-diciembre 2014, pp. 643-683
Aguas:
CAÑEZ COTA, Antonio. “La gestión integrada de recursos hídricos en la política federal del agua: propuesta para la nueva Ley General de Aguas en México”. Gestión y análisis de políticas públicas, n. 13, enero- junio 2015, pp. 1-15, [en línea]. Disponible en Internet: http://revistasonline.inap.es/index.php?journal=GAPP&page=article&op=view&path[]=10232 [Fecha de
Acceso a la justicia:
NAIN GILL, Gitanjali. “The National Green Tribunal of India: A Sustainable Future through the Principles of International Environmental Law”. Environmental Law Review, vol. 16, n. 3, julio 2014, pp. 183-202, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.vathek.org/doi/abs/10.1350/enlr.2014.16.3.217[Fecha de último acceso 27 de febrero de 2015].
Actividades clasificadas:
“Cap sur l’autorisation unique ICPE: tour d’horizon de la réforme”. Droit de l’Environnement, n. 228, noviembre 2014, pp. 45-49
Agricultura:
PEREIRA DA CUNHA, Belinda; MAMEDE, Alex Jordan; BARROS, Clarissa de. “A proteçao do bem jurídico e responsabilidade socioambiental na queima da palha da cana-de-açúcar”. Revista internacional de direito ambiental, n. 7, enero-abril 2014, pp. 77-88
Aguas:
BEK, Mateusz; HJALMARSSON, Johanna. “Flood Re – Planning for the Future or Postponing the Inevitable?”. Environmental Law Review, vol. 16, n. 3, julio 2014, pp. 163-167, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.vathek.org/doi/abs/10.1350/enlr.2014.16.3.215[Fecha de último acceso 27 de febrero de 2015].
CARLI, Ana Alice De. “Educaçao ambiental: pressuposto necessário à implementaçao da Política Nacional dos Recursos Hídricos”. Revista internacional de direito ambiental, n. 6, septiembre- diciembre 2013, pp. 31-50
GAWEL, Erik. “Kostendeckung für Wasserdienstleistungen nach Art. 9 WRRL: Kommission unterliegt, erhält aber Einladung zu neuerlicher Klage”. Zeitschrift für Umweltrecht (ZUR), n. 11, 2014
Reglamento (UE) núm. 528/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas (DOUE L167/1, de 27 de junio de 2012)
Temas Clave: Biocidas; Uso y Comercialización
Autora: Ana María Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Resumen:
El objetivo del Reglamento es mejorar la libre circulación de biocidas dentro de la Unión y asegurar un elevado nivel de protección de la salud humana y animal y del medio ambiente. Fundamentándose en el principio de cautela, para garantizar que la producción y comercialización de sustancias activas y biocidas en el mercado no tenga efectos nocivos en la salud humana o animal, ni efectos inaceptables en el medio ambiente.
Directiva 2012/14/UE de la Comisión, de 8 de mayo de 2012, Directiva 2012/15/UE de la Comisión, de 8 de mayo de 2012 y Directiva 2012/16/UE de la Comisión de 10 de mayo de 2012, por las que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que se incluya como sustancias activas en su anexo I el extracto de margosa, la metilnonilcetona y el ácido clorhídrico como sustancias activas (DOUEL 123/39 de 9 de mayo; 123/36, de 9 de mayo y 124/36 de 11 de mayo de 2012, respectivamente)
Temas Clave: Biocidas; Sustancias Activas
Autora: Ana María Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Resumen:
El Reglamento (CE) núm.1451/2007 de la Comisión, de 4 de diciembre de 2007, relativo a la segunda fase del programa de trabajo de diez años contemplado en el artículo 16, apartado 2, de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la comercialización de biocidas, establece una lista de sustancias activas que deben evaluarse con vistas a su posible inclusión en los anexos I, IA o IB de la Directiva 98/8/CE.
El programa político de la Presidencia de la Unión Europea, encabezada por el Presidente Zapatero y sus 17 ministros desde el pasado 1 de enero de 2010, recoge las metas en las que el Gobierno español considera prioritario trabajar durante su mandato.
En materia de medio ambiente, la Presidencia española centrará sus esfuerzos en el seguimiento y la preparación de nuevas iniciativas en el ámbito de la conservación de la Biodiversidad y los bosques, la lucha contra la desertificación, el uso sostenible del agua, la sostenibilidad de la costa y del mar o la mejora de la calidad del aire, y la gestión de los residuos.
De entre los múltiples metas que la Presidencia española se ha marcado, se sitentizan a continuación aquellas que serán impulsadas durante este período con la finalidad de atender al objetivo de protección del medio ambiente en la UE:
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