Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de julio de 2017 (Sala Tercera, Sección 2, Ponente: Juan Gonzalo Martínez Mico)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 2983/2017-ECLI:ES:TS:2017:2983
Temas Clave: Ayuntamientos; Competencias; Dominio público; Montes
Resumen:
Mediante Acuerdo del Pleno del ayuntamiento de Aznalcázar de fecha 17 de enero de 2014, se aprobó la Ordenanza Municipal Reguladora de Uso Público y Aprovechamientos Forestales.
Este municipio sevillano, situado a unos 25 kilómetros de la ciudad de Sevilla, cuenta en su término municipal con los conocidos como Pinares de Aznalcázar, incluidos en el Lugar de Interés Comunitario (LIC) ES6150009 Doñana Norte y Oeste, y que se configuran como uno de los espacios forestales de mayor interés ecológico dentro de la provincia de Sevilla, cercano al espacio natural de Doñana y conformado mayoritariamente por pino piñonero, junto al matorral mediterráneo, Jara, Romero, brezo, y muchas otras especies, de conformidad con la información facilitada por la Junta de Andalucía en su página web.
Pues bien, la justificación de una Ordenanza reguladora de los aprovechamientos forestales de este espacio, tal y como se indica en el preámbulo, se encuentra en el gran número de visitantes
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 27 de junio de 2017, sección primera Sala de lo Contencioso-Administrativo. Ponente: María de las Mercedes Martin Olivera. (Recurso de Apelación 242/2017)
Autor: José Luis Ramos Segarra, Abogado 7.140 ICAV
Fuente: Roj: STSJ NA 224/2017 – ECLI: ES:TSJNA:2017:224
Temas Clave: Actividad material, actividad formal, integral, fragmentaria, suficiente y eficaz. Inactividad administrativa
Resumen:
La sentencia considera que, desde 2012, cuando comenzaron las reclamaciones vecinales, ha existido inactivad por parte del Ayuntamiento, que ha supuesto vulneración de los derechos fundamentales –los de la vida privada y familiar y la inviolabilidad del domicilio– de los demandante.
Para la sentencia el ayuntamiento no desarrolló todas las actuaciones necesarias para que los vecinos no tuvieran que soportar los ruidos excesivos. Concretamente considera que “el mero hecho de colocar una simple lona como cierre de la carpa es claramente insuficiente” Por ello, el TSJ obliga al Ayuntamiento a que la carpa, causa del ruido como consecuencia de la celebración de las fiestas Mutilva, se aleje de las viviendas de los vecinos, a la distancia suficiente, y se reduzcan los decibelios de la música, para que no tengan que soportar el excesivo ruido. El tribunal condena al
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de 26 de abril de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ángel Ruiz Ruiz)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ PV 1558/2017 – ECLI:ES:TSJPV:2017:1558
Temas Clave: Actividades clasificadas; Autorización ambiental integrada; Autorizaciones y licencias; Ayuntamientos; Comunidades Autónomas; Informe urbanístico de compatibilidad
Resumen:
Se interpone recurso contencioso-administrativo por unos particulares contra la resolución del Viceconsejero de Medio Ambiente del Gobierno Vasco a través de la cual se ponía fin al procedimiento de autorización ambiental integrada (AAI) iniciado para una instalación de engorde intensivo de cerdos en un municipio de Álava, así como contra la Orden que desestimaba el recurso de alzada contra la antedicha resolución.
El motivo principal para poner fin al procedimiento de otorgamiento de la AAI radicaba en que se había recibido informe urbanístico municipal que decretaba la incompatibilidad de la actividad con el planeamiento urbanístico municipal. Todo ello en cumplimiento del artículo 15 (2º párrafo) de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, el cual indica que «si el informe urbanístico regulado en este artículo fuera negativo,
Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de junio de 2017 (Sala Tercera, Sección 4, Ponente: Rafael Toledano Cantero)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 2401/2017-ECLI:ES:TS:2017:2401
Temas Clave: Ayuntamientos; Contaminación acústica; Instrumentos de planificación; Libertad de establecimiento; Ruidos; Urbanismo
Resumen:
Se analiza por el Tribunal Supremo el recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 1 de abril de 2015. En concreto en dicha sentencia, ya analizada en esta REVISTA, se examinaba el recurso contencioso-administrativo interpuesto por varias asociaciones de hostelería y otros sectores de Madrid contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 26 de septiembre de 2012, por el que se aprobaba la Normativa del Plan Zonal Específico de la Zona de Protección Acústica Especial del Distrito Central, elaborado de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.
Este Plan Zonal concernía al control acústico de las actividades de hostelería desarrolladas en la zona. Uno de los principales motivos de impugnación se basaba entonces en que las molestias causadas eran fundamentalmente con ocasión de las emisiones por el
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 5 de diciembre de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Francisco Javier Varona Gómez-Acedo)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ ICAN 2796/2016 – ECLI:ES:TSJICAN:2016:2796
Temas Clave: Ayuntamientos; Contaminación acústica; Competencias municipales; Ruidos
Resumen:
Por una familia de la localidad de Vega de San Mateo (municipio de la Isla de Gran Canaria), se interpuso recurso especial para la protección de los derechos fundamentales por causa de la inactividad de su Ayuntamiento a la hora de evitar los ruidos sufridos por los recurrentes en su vivienda. Al parecer las molestias venían causadas por las verbenas que habitualmente se celebraban en la plaza aledaña a la vivienda de los afectados los domingos de 11 horas a 15 horas. De esta manera, los recurrentes solicitaron a su ayuntamiento las medidas conducentes a evitar las molestias y, subsidiariamente, se acordase la suspensión de estas actividades.
En primera instancia, el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Las Palmas en su sentencia de 29 de marzo de 2016, dio la razón a los recurrentes, condenando al Ayuntamiento a la adopción de las medidas correspondientes a
|