Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 20 de septiembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: José Antonio González Saiz)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ PV 2806/2017 – ECLI:ES:TSJPV:2017:2806
Temas Clave: Ayuntamientos; Contaminación acústica; Competencias municipales; Ruidos
Resumen:
Unos vecinos de la localidad de Mutriku (Guipúzcoa), obtienen del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Donostia/San Sebastián, sentencia favorable en la que se les reconoce el derecho a ser indemnizados por el Ayuntamiento por responsabilidad patrimonial de la administración, con ocasión de los ruidos sufridos causados por un local de hostelería ubicado en dicha localidad. La imputación de la responsabilidad municipal se derivaba del defectuoso funcionamiento del servicio público consistente en no haber adoptado durante largos años medida alguna para evitar que se sucedieran los ruidos.
Se alza el Ayuntamiento de Mutriku contra dicha sentencia mediante recurso de apelación, el cual se basa en varios motivos, de entre los cuales se destacan los dos siguientes:
1.- Comienza basando su recurso el Ayuntamiento en el entendimiento de que la responsabilidad y consiguiente indemnización dineraria a la que resultaba condenada, debió repartirse con