Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 20 de octubre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Eusebio Revilla Revilla)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ CL 3841/2017 – ECLI: ES:TSJCL:2017:3841
Temas Clave: Urbanismo; Suelo rústico; Uso excepcional; Vivienda unifamiliar; Interés público
Resumen:
La Sala examina el recurso formulado por un particular contra la Orden de 2 de septiembre de 2.015 de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente por la que se estiman los recursos de alzada interpuestos por la Asociación “Federación de Ecologistas en Acción de Castilla y León” y por la Plataforma contra la Especulación Urbanística y Ambiental en Candeleda, contra el Acuerdo de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Ávila de 17 de diciembre de 2.013, por el que se autoriza el uso excepcional en suelo rústico para el proyecto de una vivienda unifamiliar en el término municipal de Candeleda (Ávila). Paralelamente, se recurre el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Candeleda de 29 de septiembre de 2.015 (punto 06.02).
El recurrente avala su
Real Decreto-ley 16/2017, de 17 de noviembre, por el que se establecen disposiciones de seguridad en la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 280, de 18 de noviembre de 2017
Temas Clave: Hidrocarburos; Medio marino; Accidentes; Reglamentaciones técnicas; Aguas; Permisos y concesiones; Responsabilidad
Resumen:
La producción de hidrocarburos en el medio marino tiene un papel relevante en el suministro energético internacional. Paralelamente, los avances tecnológicos permiten explotar yacimientos en condiciones cada vez más adversas y remotas. Sin embargo, los accidentes e incidentes que vienen acaeciendo en este sector, ponen de relieve la necesidad de seguir mejorando las prácticas tendentes a la gestión y reducción de riesgos.
Con esta finalidad se aprobó la Directiva 2013/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, sobre la seguridad de las operaciones relativas al petróleo y al gas mar adentro. En ella se establecen una serie de medidas para reducir la frecuencia de dichos accidentes y, en caso de que sucedan, limitar sus consecuencias estableciendo unas condiciones de seguridad mínimas. En particular,
Decreto 33/2017, de 9 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Pesca de Castilla y León
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 217, de 13 de noviembre de 2017
Temas Clave: Pesca; Licencias; Pases de control; Permisos reservados a empresas turísticas Asociaciones colaboradoras; Cotos; Aguas de pesca privada; Señalización; Vigilancia; Infracción
Resumen:
El presente reglamento de desarrollo de la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León, se aprueba en función de la habilitación contenida en su disposición adicional primera, para concretar con mayor detalle las líneas de actuación señaladas en la Ley así como determinados aspectos técnicos y procedimentales.
Se estructura en un título preliminar, ocho títulos con cincuenta y dos artículos, dos disposiciones transitorias y tres disposiciones finales.
El Título Preliminar define el objeto de la norma que no es otro que el desarrollo de la Ley de Pesca en los aspectos relativos a las licencias de pesca, los permisos de pesca y pases de control, la regulación de las asociaciones colaboradoras de pesca, la tipificación de los cotos de pesca,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de 22 de septiembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José María Pérez-Crespo Payá)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ MU 1539/2017 – ECLI:ES:TSJMU:2017:1539
Temas Clave: Clasificación de suelos; Planeamiento urbanístico; Suelo no urbanizable
Resumen:
La Sala del TSJ de Murcia conoce del recurso contencioso-administrativo interpuesto por una mercantil contra la Orden de 17 de febrero de 2015 del Consejero de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Región de Murcia, por la que se autorizaba excepcionalmente la construcción de un centro logístico de casi 300.000 metros cuadrados en la población de Alhama de Murcia, ubicado en suelo no urbanizable (calificado como “inadecuado para el desarrollo urbano”). Tal autorización lo era en uso de la posibilidad reconocida tradicionalmente en nuestro ordenamiento jurídico, relativa a que en el suelo no urbanizable, puedan desarrollarse actividades y usos de interés público o social de forma excepcional (al margen de los tradicionales usos agrícolas, ganaderos, forestales, etc., propios de esta clase de suelo) y que hoy está reconocida en el artículo 13.1 del texto refundido de la Ley de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 28 de septiembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ramón Sastre Legido)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 3419/2017 – ECLI: ES:TSJCL:2017:3419
Temas Clave: Actividades clasificadas; Licencia de actividad; Informe vinculante
Resumen:
La Sala conoce del recurso de apelación formulado por un particular frente a la sentencia de 31 de octubre de 2016, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de León, que desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Decreto de la Alcaldía de Villamañán (León) de 30 de noviembre de 2001 por el que se concedió licencia de actividad para una explotación de ganado ovino que se ubica en una parcela clasificada como suelo rústico.
Resulta aplicable a este supuesto la Ley de Castilla y León 5/1993, de 21 de octubre, de Actividades Clasificadas, vigente en aquellas fechas, a cuyo tenor la licencia de actividad estaba sujeta a un previo informe de la Comisión Provincial de Actividades Clasificadas, que tenía carácter vinculante para el Alcalde, en caso de que implicara la
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