Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Granada), de 5 de noviembre de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Luis Ángel Gollonet Teruel)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AND 14708/2020 – ECLI: ES:TSJAND:2020:14708
Palabras clave: Instalaciones radioeléctricas. Competencias. Telecomunicaciones. Consulta pública. Informes. Ministerio de Industria. Planificación territorial y urbanística. Autorizaciones. Emisiones radioeléctricas.
Resumen:
La Sala se pronuncia sobre el recurso contencioso-administrativo formulado por la mercantil Telefónica Móviles España SAU contra la Ordenanza Municipal de Instalaciones Radioeléctricas, aprobada por la Entidad Local Autónoma de Ventas de Zafarraya (Granada) y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada número 148, de 6 de agosto de 2019.
La parte demandante solicita que se declare la nulidad de la Ordenanza y alega a tal efecto que la misma está viciada de nulidad al no haber un procedimiento de consulta pública, ni haberse solicitado el informe preceptivo y vinculante del Ministerio de Economía (anteriormente Ministerio de Industria) de acuerdo con el artículo 35 de la Ley