17 diciembre 2008

Actualidad

Actualidad. Contaminación atmosférica

Fuente: RAPID Press, 4 de diciembre de 2008

La Comisión ha presentado el día 4 de diciembre una propuesta legislativa para garantizar que se procede a la captura y el reciclado de los vapores de gasolina nocivos que se emiten a la atmósfera durante el repostaje de los automóviles en las estaciones de servicio. Los vapores de gasolina contienen benceno, que es un carcinógeno conocido, y contribuyen a la formación de ozono troposférico («smog»), uno de los contaminantes atmosféricos más nocivos para la salud humana y el medio ambiente.

La directiva propuesta exigirá la instalación de tecnologías de fase II de recuperación de vapores de gasolina (RVG) en los surtidores de gasolina de todas las estaciones de servicio nuevas o que hayan sido considerablemente renovadas y posean un caudal superior a 500 m3 de gasolina al año. Todas las estaciones de servicio situadas en viviendas o debajo de éstas también deberán instalar este equipo, independientemente de su tamaño. Las estaciones existentes de mayores dimensiones, con un caudal superior a 3 000 m3 al año, tienen de plazo hasta 2020 para aplicar la fase II de RVG.

El equipo para la fase II de RVG ya está

Leer más

9 septiembre 2008

Jurisprudencia al día Tribunal de Justicia de la Unión Europea ( TJUE )

Jurisprudencia al día. Contaminación atmosférica

Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (Sala Segunda) de 25 de julio de 2008, asunto C-237/07, Dieter Janecek/Freistaat Bayern

Temas:

Directiva 96/62/CE del Consejo, de 27 de septiembre de 1996; evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente; fijación de valores límite; Derecho de un tercero, cuya salud se ha visto afectada, a que se establezca un plan de acción; efecto directo; discrecionalidad; principio de proporcionalidad.

Resumen: Destacamos los siguientes extractos: “(…) las personas físicas o jurídicas directamente afectadas por un riesgo de que se sobrepasen los valores límite o los umbrales de alerta deben poder obtener de las autoridades competentes, en su caso acudiendo a los órganos jurisdiccionales competentes, que se elabore un plan de acción desde el momento en que exista tal riesgo.” (FJ. 39) “La circunstancia de que dichas personas dispongan de otros medios de acción, en particular, la facultad de exigir que las autoridades competentes adopten medidas concretas para reducir la contaminación, como prevé el Derecho alemán e indica el órgano jurisdiccional remitente, resulta irrelevante a este respecto.” (FJ. 40)

Leer más

17 junio 2008

Actualidad

Actualidad. Datos de las emisiones y vertidos de instalaciones industriales

El Ministerio de Medio Ambiente hace públicos los datos de las emisiones al aire y vertidos al agua del año 2006 de las principales instalaciones industriales.

En España, según la Ley 16/2002, relativa a la Prevención y Control Integrado de la Contaminación, y a partir del año 2007 también de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 508/2007 los complejos industriales deben de informar al menos una vez al año de sus emisiones a su autoridad competente. Éstos son publicados por el Ministerio, también de forma anual, una vez los datos son revisados y validados por las autoridades competentes. Así, desde la puesta en marcha del Registro EPER, y con estos datos se ha cubierto ya, en España, la información y publicación de seis periodos anuales: 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.

La información pública es fácilmente accesible: mediante consultas directas en internet se puede tener acceso a los datos que, cumpliendo con los requisitos establecidos en la normativa europea, son de carácter público. Pueden hacerse consultas de tipo agregado y en detalle, así como acceder directamente a las emisiones, por encima de umbrales, de

Leer más

11 junio 2008

Legislación al día Unión Europea

Legislación al día. Unión Europea

Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de mayo de 2008 relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa (DO L 150, 11 de junio de 2008)

Esta Directiva viene a sustituir por motivos de claridad, simplificación y eficacia administrativa a los cinco actos comunitarios siguientes: la Directiva 96/62/CE del Consejo, de 27 de septiembre de 1996, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente, la Directiva 1999/30/CE del Consejo, de 22 de abril de 1999, relativa a los valores límite de dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno, partículas y plomo en el aire ambiente, la Directiva 2000/69/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2000, sobre los valores límite para el benceno y el monóxido de carbono en el aire ambiente (7), la Directiva 2002/3/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2002, relativa al ozono en el aire ambiente (8) y la Decisión 97/101/CE del Consejo, de 27 de enero de 1997, por la que se establece un intercambio recíproco de información y datos de

Leer más