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Agricultura:
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“Loi d’avenir pour l’agriculture: l’agroécologie comme nouveau”. Droit de l’Environnement, n. 232, marzo 2015, pp. 19-26
PETERSON, Amelia Chizwala. “Una norma legal por la reforma agraria postcolonial”. Sustainable Development Law & Policy = Revista del Derecho y la Política del Desarrollo Sostenible, vol. 14, n. 2, primavera 2014, pp. 20-27, [en línea]. Disponible en Internet: https://www.wcl.american.edu/org/sustainabledevelopment/documents/sdlpspanish14.pdf [Fecha de último acceso 27 de mayo de 2015].
Aguas:
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Agricultura:
“Agriculture et environnement Septembre 2012 – novembre 2014”. Droit de l’Environnement, n. 229, diciembre 2014, pp. 449-455
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“L’intégration de l’agroécologie dans les orientations de la PAC”. Droit de l’Environnement, n. 230, enero 2015, pp. 17-21
“L’intégration du concept d’agroécologie en droit : état des lieux et perspectives”. Droit de l’Environnement, n. 230, enero 2015, pp. 15-16
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Aguas:
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MILLER, Jeffrey G. “Plain Meaning, Precedent, and Metaphysics: Interpreting the “Addition” Element of the Clean Water Act Offense”. Environmental Law Reporter, vol. 44, n. 9, septiembre 2014
PÉREZ DE LOS COBOS HERNÁNDEZ, Elisa. “Leading Case ambiental: la causa ‘Mendoza’ y el reconocimiento de los derechos de
Decreto 38/2015, de 17 de marzo, por el que se regula la alimentación de determinadas especies de fauna silvestre con subproductos animales no destinados a consumo humano en la Comunidad Autónoma de Extremadura
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: DOE núm. 56, de 23 de marzo de 2015
Temas clave: Ganadería; Residuos animales; Subproductos animales
Resumen:
Este Decreto tiene por objeto establecer la regulación en Extremadura de la alimentación controlada de la fauna silvestre, en particular de la necrófaga de interés comunitario con presencia en dicha Comunidad, para lo cual se exonera a determinadas explotaciones ganaderas de la obligación de recoger los cadáveres animales que generan. Asimismo, el Decreto crea la denominada Red de Alimentación de Especies Necrófagas en Extremadura.
Y es que, la aparición de las enfermedades de encefalopatías espongiformes transmisibles (EETs), obligó a establecer una regulación concerniente a la recogida y gestión de cadáveres animales, como el Reglamento (CE) nº 1774/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de octubre de 2002. La obligación derivada de esta normativa de retirar los animales muertos con la finalidad de proteger la sanidad de la cabaña ganadera y posibilitar
Actividades clasificadas:
FORÉS FURIÓ, Carlos; ESCRIG GISBERT, Inmaculada. “La Ley 6/2014, de 25 de junio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana”. Consultor de los ayuntamientos y de los juzgados: revista técnica especializada en administración local y justicia municipal, n. 22, 2014, pp. 2445-2454
Agricultura:
BUENO ARMIJO, Antonio María. “Las subvenciones agrícolas y la reforma de la política agrícola común ¿el último viaje del buque insignia?”. Revista de derecho de la Unión Europea, n. 26, 2014, pp. 87-134, [en línea]. Disponible en Internet: http://e-spacio.uned.es/fez/view.php?pid=bibliuned:REDUE-2014-26-6020 [Fecha de último acceso 30 de enero de 2015].
CELMA ALONSO, Pilar. “La seguridad alimentaria y el comercio de productos agrícolas de la Unión Europea”. Revista de derecho de la Unión Europea, n. 26, 2014, pp. 191-224, [en línea]. Disponible en Internet: http://e-spacio.uned.es/fez/view.php?pid=bibliuned:REDUE-2014-26-6035 [Fecha de último acceso 30 de enero de 2015].
FERNÁNDEZ TORRES, Juan Ramón. “La Política Agrícola Común: origen, desarrollo y perspectivas”. Revista de derecho de la Unión Europea, n. 26, 2014, pp. 17-40, [en línea]. Disponible en Internet: http://e-spacio.uned.es/fez/view.php?pid=bibliuned:REDUE-2014-26-6005 [Fecha de último acceso 30 de enero de 2015].
FUENTETAJA PASTOR, Jesús Ángel. “Las competencias ejecutivas de la Administración Europea en el ámbito de
Leyes de medidas fiscales y administrativas de las comunidades autónomas de Aragón, Cantabria, Galicia, Valencia y Madrid
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
A continuación se expondrán las modificaciones más sobresalientes introducidas por estas leyes en otras normas sectoriales o que puedan repercutir en directa o indirectamente en materia jurídico-ambiental.
ARAGÓN
Ley 14/2014, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón. (BOA núm. 256, de 31 de diciembre de 2014)
Fuente: http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=829272041212
A través de esta ley se introducen las siguientes modificaciones:
-Modificación de la Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón
Se modifica esta norma para señalar que los cotos deportivos de pesca podrán ser declarados de cualquier longitud y que en el caso de los declarados sobre embalses o pantanos, podrán abarcar la totalidad de sus orillas y de sus aguas. Por otro lado, se propone considerar como sanción la pesca ilegal con redes y todo ello con el fin de sancionar con mayor dureza una práctica habitual que está diezmando las poblaciones piscícolas en algunos puntos de la geografía aragonesa. Por último,
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