Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 17 de junio de 2024 (Sala de lo Contencioso, Sección 2, Ponente: Luis Alberto Gómez García)
Autora: María Pascual Núñez. Doctora en Derecho por la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ AS 1591/2024 – ECLI:ES:TSJAS:2024:1591
Palabras clave: Actividades clasificadas. Protección animal. Autorizaciones y licencias. Administración local.
Resumen:
El pronunciamiento de autos resuelve la impugnación de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 3 de Oviedo, desestimatoria del recurso de una particular contra la Orden del Ayuntamiento de Pola de Siero, de cesar una actividad de refugio o acogida de animales en su vivienda por no disponer de la licencia requerida, al exceder el número permitido de perros según el PGO de Pola de Siero.
La apelante alega los siguientes motivos de impugnación: i) que la sentencia interpreta de forma errónea el artículo 4.30.3 del PGO de Siero, al considerar que se excede el número permitido de perros, dado que la propiedad está compuesta por dos fincas registradas separadamente; además, sostiene que la actividad no puede calificarse como “pequeña explotación ganadera” o “tenencia de perros de cría o guarda”, ya que los animales están esterilizados y en acogida temporal