Actividades marítimas:
ACOSTA SÁNCHEZ, Miguel Ángel. Recensión “Sobrino Heredia, J. M. (Director), Sûrete maritime et violence en mer = Maritime Securite and Violence at Sea”. Revista de Derecho Comunitario Europeo, n. 45, mayo-agosto 2013, pp. 872-874
Cambio climático:
MAYER, Benoît. Recensión “Climate Change and International Law in the Grim Days”. European Journal of International Law = Journal europeen de droit international, agosto 2013, vol. 24, n. 3, pp. 947-970
Derecho ambiental:
GOURITIN, Armelle. Recensión “Agnès Michelot (ed.). Equité et environnement. Quel(s) modèle(s) de justice environnementale? Brussels: Larcier, 2012. pp. 480.”. European Journal of International Law = Journal europeen de droit international, vol. 24, n. 3, agosto 2013, pp. 975-977, [en línea]. Disponible en Internet: http://ejil.oxfordjournals.org/content/current [Fecha de último acceso 29 de octubre de 2013].
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 30 de septiembre de 2013 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, Ponente: Luis Miguel Blanco Domínguez)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ CL 4077/2013
Temas Clave: Parque eólico; Autorización administrativa; Declaración de impacto ambiental; Estudio previo sobre la avifauna; Urogallo del Cantábrico; Sector eléctrico; Plan Eólico de Castilla y León; Lugar de Interés Comunitario y con la Zona de Especial de Protección de Aves de Omaña
Resumen:
En este supuesto concreto, la Sala analiza si es ajustada a derecho la Resolución de 10 de marzo de 2008, dictada por la Viceconsejero de Economía de la Junta de Castilla y León, por la que se otorga autorización administrativa del Parque Eólico Peña del Gato en los términos municipales de Igüeña, Villagatón y Torre del Bierzo en la provincia de León.
Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de junio de 2013 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, Ponente: María del Pilar Teso Gamella)
Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora Lectora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 3455/2013
Temas Clave: Aguas subterráneas; sanción por derivación y extracción sin autorización; daños al dominio público hidráulico; valoración del daño
Resumen:
Esta sentencia resuelve el recurso contencioso-administrativo en el que se impugna el Acuerdo del Consejo de Ministros, adoptado en su reunión de fecha 17 de junio de 2011, que estima en parte el recurso potestativo de reposición interpuesto por la recurrente contra el Acuerdo anterior de fecha 14 de septiembre de 2007, al cambiar la calificación de la infracción que pasa de muy grave a grave y rebajar la sanción impuesta a 109.889,39 euros, manteniéndose la resolución en todo lo demás, teniendo en cuenta que el Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 14 de septiembre de 2007, impugnado en reposición, había impuesto a la mentada recurrente una multa de 300.506,06 euros, con
Reglamento de Ejecución (UE) núm. 1030/2013 de la Comisión de 24 de octubre de 2013 que modifica el Reglamento (CE) n o 889/2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n o 834/2007 del Consejo sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control. (DOUE L 283/15, de 25 de octubre de 2013)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de la Revista Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Productos Ecológicos; Etiquetado; Control; Acuicultura
Resumen:
El Reglamento (CE) 889/2008 establece las medidas para la aplicación de los requisitos básicos de la producción de animales de la acuicultura y de algas marinas fijados en el Reglamento 834/2007. Concretamente el artículo 95.11 del primero de los reglamentos citados, prevé que las autoridades nacionales pueden autorizar, durante un período que expira el 1 de julio de 2013, que las unidades de producción de animales de la acuicultura y de algas marinas que estén establecidas y produzcan con arreglo a normas ecológicas aceptadas antes del primero de enero de 2009 mantengan su estatuto de unidad ecológica en
Orden IET/1946/2013, de 17 de octubre, por la que se regula la gestión de los residuos generados en las actividades que utilizan materiales que contienen radionucleidos naturales. (BOE núm. 254, de 23 de octubre de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Residuos; Gestión de residuos que contengan radionucleidos naturales
Resumen:
A través de los nueve artículos que componen esta orden se determina su objeto, que no es otro que regular la gestión de los residuos que contengan radionucleidos naturales, denominados «residuos NORM», entendiendo por tales aquellos materiales o productos de desecho para los cuales el titular de la actividad en la que se generan no prevea ningún uso, debiendo por tanto ser objeto de una gestión adecuada.
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