<\/p>\r\n

T\u00edtulo I: Disposiciones Generales. Se establecen los principios b\u00e1sicos y los instrumentos necesarios para alcanzar los objetivos previstos en la norma. Estos instrumentos son: El Plan de Ordenaci\u00f3n de los Recursos Naturales; la declaraci\u00f3n de espacios naturales protegidos y el Cat\u00e1logo de especies Amenazadas. Su \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n comprender\u00e1 la Comunidad Aut\u00f3noma del Pa\u00eds Vasco, tanto en la zona terrestre como en las mar\u00edtimas de su competencia.<\/p>\r\n

T\u00edtulo II: Del ordenamiento de los recursos naturales. Se regula la planificaci\u00f3n de los recursos naturales acorde con los objetivos y principios generales, y se detalla el contenido de cada uno de los instrumentos necesarios para llevarla a cabo, as\u00ed como el procedimiento para su elaboraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n. Destacamos que \u201clos PORN ser\u00e1n obligatorios y ejecutivos en las materias que vienen reguladas en la presente ley, constituyendo sus disposiciones un l\u00edmite para cualesquiera otros instrumentos de ordenaci\u00f3n territorial o f\u00edsica, cuyas determinaciones no podr\u00e1n alterar o modificar dichas disposiciones\u201d.<\/p>\r\n

T\u00edtulo III: Espacios naturales protegidos. Se determinan las circunstancias que deben concurrir para su declaraci\u00f3n y se detalla el alcance de la Red de Espacios Naturales Protegidos, cuyos objetivos se ci\u00f1en a los de coordinaci\u00f3n, promoci\u00f3n, colaboraci\u00f3n e intercambio de informaci\u00f3n; al tiempo de crearse el correspondiente Registro de la propia Red. En el cap\u00edtulo 3 de este T\u00edtulo se determina su tipolog\u00eda: Parque natural, biotopo protegido, \u00e1rbol singular o zona Red Natura 2000. Y finalmente se determinan los tr\u00e1mites para su declaraci\u00f3n y el \u00f3rgano competente. El deslinde y afecciones de estos espacios; su gesti\u00f3n; la creaci\u00f3n del Consejo asesor de conservaci\u00f3n de la naturaleza del Pa\u00eds Vasco-Naturzaintza, cuyos informes, recomendaciones y propuestas no tendr\u00e1n car\u00e1cter vinculante; los Patronatos; la financiaci\u00f3n y desarrollo socioecon\u00f3mico, conforman el contenido de los \u00faltimos cap\u00edtulos del T\u00edtulo.<\/p>\r\n

T\u00edtulo IV: De la fauna y de la flora. Se determinan los criterios que deben seguirse para asegurar su conservaci\u00f3n, protecci\u00f3n y recuperaci\u00f3n. Se definen las distintas especies de fauna y flora y se relacionan las actividades susceptibles de afectar al normal desarrollo de poblaciones y sus h\u00e1bitats. Se crea el Cat\u00e1logo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora, Silvestre y Marina, en el que se clasifican las distintas categor\u00edas en funci\u00f3n del grado de amenaza y se determinan las medidas a adoptar. El cap\u00edtulo 3 se destina a la fauna silvestre y el siguiente a la flora silvestre, estableci\u00e9ndose en ambos las actividades que quedan prohibidas con el fin de lograr su protecci\u00f3n. Asimismo, se regula la pesca en aguas continentales.<\/p>\r\n

T\u00edtulo V: De las Infracciones y Sanciones.<\/p>\r\n

Cierran esta norma cinco disposiciones adicionales y dos transitorias. Destacamos la DA 1\u00aa a cuyo tenor \u201cquedan integrados en la Red de Espacios Naturales a que se refiere el art\u00edculo 11 del presente Texto Refundido los Parques Naturales de Urkiola, Valderejo, Aralar y Gorbeia\u201d.<\/p>\r\n

La DT 1\u00aa establece que \u201clas actividades extractivas autorizadas que a 31 de marzo de 2010 se hallen en ejecuci\u00f3n den\u00adtro de los l\u00edmites y zonas de afecci\u00f3n de los espacios naturales protegidos no podr\u00e1n ampliar su explotaci\u00f3n dentro de dichos espacios ni a trav\u00e9s de nuevos proyectos ni por modificaci\u00f3n de los que se hallen en ejecuci\u00f3n, en tanto no se apruebe la modificaci\u00f3n del correspondiente plan de ordenaci\u00f3n de los recursos naturales.<\/p>\r\n

En cualquier caso, en la modificaci\u00f3n del plan se establecer\u00e1n las medidas para la recuperaci\u00f3n de la morfolog\u00eda adecuada de los ecosistemas y el paisaje que la persona titular del aprovecha\u00admiento deber\u00e1 presentar en el correspondiente plan de restauraci\u00f3n como condici\u00f3n especial de la autorizaci\u00f3n\u201d.<\/p>\r\n

Entrada en vigor: <\/strong>20 de mayo de 2014<\/p>\r\n

Normas afectadas:<\/strong><\/p>\r\n

Queda derogada la Ley 16\/1994, de 30 de junio, de Conservaci\u00f3n de la Naturaleza del Pa\u00eds Vasco.<\/p>\r\n

Documento adjunto: \"pdf_e\"<\/a>\u00a0<\/span><\/strong><\/p>\r\n

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23 junio 2014

CC.AA. Legislación al día País Vasco

Legislación al día. País Vasco. Conservación de la Naturaleza

Decreto legislativo 1/2014, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco. (BOPV núm. 92, de 19 de mayo)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Biodiversidad; Plan de Ordenación de los Recursos Naturales; Espacios naturales protegidos; Especies de flora y fauna; Pesca

Resumen:

El nuevo texto refunde la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco y las reformas en ella operadas por la Ley 2/1997, de 14 de marzo, de modificación de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco; la Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza; la Ley 1/2010, de 11 de marzo, de modificación de la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco; y la Ley 2/2013, de 10 de octubre, de modificación de la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco.

Responde a la siguiente estructura:

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23 junio 2014

Legislación al día Unión Europea

Legislación al día. Unión Europea. Pesca

Reglamento (UE) núm. 544/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, que modifica el Reglamento (CE) núm. 302/2009 del Consejo por el que se establece un plan de recuperación plurianual para el atún rojo del Atlántico oriental y el Mediterráneo. (DOUE L 163, de 29 de mayo de 2014)

Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental

Temas Clave: Especies marinas; Plan de recuperación; Atún rojo

Resumen:

Se procede a la modificación del Reglamento comunitario por el que se estableció un plan de recuperación plurianual para el atún rojo del Atlántico oriental y el Mediterráneo, que sería adoptado con el fin de aplicar las medidas de conservación internacionales a escala europea. Concretamente, se procede a modificar la ordenación referente a las campañas de pesca; de tal modo que las campañas de pesca pasan a considerarse temporadas de pesca abiertas, frente a las temporadas de veda anteriormente previstas. Además, se modifican las fechas efectivas en que se autorizan las actividades pesqueras de cerqueros, buques de cebo vivo curricaneros. Así como, se introduce una disposición que autoriza explícitamente la pesca

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20 junio 2014

Actualidad

Actualidad al día. Universidad de Huelva. Congreso “La política de la Unión Europea en materia de cambio climático”, de 30 de junio al 8 de julio

Curso en la Universidad de Huelva: “La política de la Unión Europea en materia de cambio climático”, de 30 de junio al 8 de julio

Autora: Blanca Muyo Redondo. Responsable de la Unidad de Documentación e Información del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)

Fuente: http://www.uhu.es/ue.cambio.climatico

Temas Clave: Universidad; Cambio climático; Política ambiental; Unión Europea

Resumen:

La Universidad de Huelva, con apoyo del Programa Jean Monnet, celebrará durante los próximos 30 de Junio al 8 de Julio de 2014 la tercera edición del curso “La política de la Unión Europea en materia de cambio climático”. Éste se impartirá en el Seminario 1 de la Facultad de Derecho.

Este curso está especialmente destinado a profesionales y alumnado con formación técnico-científica que requieran ampliar y desarrollar sus conocimientos sobre la política y la regulación europea en materia de cambio climático. A esto se suma que resulta un complemento útil para quienes tienen formación en ciencias sociales y jurídicas, y requieren una especialización en un área temática ambiental europea como es la Política en materia de cambio climático.

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20 junio 2014

Artículos Publicaciones periódicas Referencias bibliográficas

Referencias bibliográficas al día. Artículos de publicaciones periódicas

Energía:

BARCINA, Carlos. “Reunión del Ararteko con la Plataforma Gure Energia: debate sobre un nuevo modelo energético=Arartekoaren bilera Gure Energia plataformarekin: Energia-eredu berri bati buruzko eztabaida”. Foro Medio Ambiente (Carlos Barcina), 15 de abril de 2014, [en línea]. Disponible en Internet: http://blogak.ararteko.net/ingurumena/2014/04/15/reunion-del-ararteko-con-energia-berritzen-debate-sobre-un-nuevo-modelo-energetico/ [Fecha de último acceso 30 de mayo de 2014].

REINS, Leonie. “In Search of the Legal Basis for Environmental and Energy Regulation at the EU Level: The Case of Unconventional Gas Extraction”. Review of European, Community and International Environmental Law (RECIEL), vol. 23, n. 1, abril 2014, pp. 125-133

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20 junio 2014

Artículos Legislación y jurisprudencia Publicaciones periódicas Referencias bibliográficas

Referencias bibliográficas al día. Legislación y jurisprudencia

Derecho ambiental:

FALKE, Josef. “Neue Entwicklungen im Europäischen Umweltrecht”. Zeitschrift für Umweltrecht (ZUR), n. 4, 2014

MOULES, Richard. “Significant EU Environmental Cases: 2013”. Journal of environmental law, vol. 26, n. 1, marzo 2014, pp. 149-159