Evaluaciones ambientales:
MORA RUIZ, Manuela. Recensión “A. Ruiz de Apodaca (Dir.), Régimen Jurídico de la evaluación ambiental: comentario a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. E. Aranzadi, Cizur Menor (Navarra), 2014, 498 p.”. Revista jurídica de Navarra, n. 58, junio-diciembre 2014, pp. 263-267, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.navarra.es/home_es/Gobierno+de+Navarra/Organigrama/Los+departamentos/Presidencia+justicia+e+interior/Publicaciones/Revistas/Revista+Juridica+de+Navarra/Sumarios/sumario+58.htm [Fecha de último acceso 9 de junio de 2015].
Reglamento de gestión de las sustancias químicas ( REACH ):
VAUGHAN, Steven. Recensión “My Chemical (Regulation) Romance: The European Union REACH Regulation for Chemicals: law and practice. By Lucas Bergkamp. Oxford: Oxford University Press, 2013, 498 p.; REACH: Best Practice Guide to Regulation (EC) No 1907/2006. By Cieter Drohmann and Matthew Townsend. Oxford: C.H. Bck/ Hart/ Nomos, 2013, 800 p.”. Journal of Environmental Law, vol. 27, n. 1, marzo 2015, pp. 167-176
Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de mayo de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Francisco José navarro Sanchís)
Autora: Aitana de la Varga Pastor, Profesora Lectora de Derecho Administrativo acreditada a contratada doctora por ANECA de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 2249/2015 – ECLI:ES:TS:2015:2249
Temas Clave: Montes; Parque natural; autorización explotación cantera; motivación; informe desfavorable
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía contra la sentencia que la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó el 17 de junio de 2013 en sentido parcialmente estimatorio. En esa ocasión la mercantil Triturados Puerto Blanco SA, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución de 2 de mayo de 2006, de la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso de alzada formulado por la citada mercantil frente a la resolución de 4 de diciembre de 2003, dictada por el Director General de Gestión del Medio Natural, integrado en la citada Consejería, que denegó la autorización solicitada por aquélla para la ocupación del Monte “Los Baldíos de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 30 de marzo de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Arturo Fernández García)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 3701/2015 – ECLI:ES:TSJM:2015:3701
Temas Clave: Ayuntamientos; Clasificación de suelos; Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Suelo no urbanizable; Urbanismo
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una mercantil contra el Acuerdo de 1 de agosto de 2013, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se aprueba definitivamente la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1985 y Modificación del Plan General de Madrid de 1997, en los ámbitos afectados por la ejecución de las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 27 de febrero de 2003 y del Tribunal Supremo de fechas 3 de julio de 2007 y 28 de septiembre de 2012.
Al margen de la evidente importancia de la sentencia analizada, pues afecta a muchos de los ámbitos de crecimiento urbanístico de Madrid, en el presente comentario pretendo centrarme en uno de los precisos motivos de la impugnación. En concreto, el concerniente a
Título: “Comentarios a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 10 de junio de 2015, confirmando la legalidad del Plan General de Ordenación Urbana de Santander”
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00215
Se aprueban las Directrices para la elaboración de la Planificación de la Red Natura 2000 de la Región de Murcia
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BORM núm. 109 -suplemento núm. 1-, de 14 de mayo de 2015
Temas Clave: Lugares de importancia comunitaria (LIC); Zonas de especial conservación (ZEC); Zonas de especial protección para las aves (ZEPA)
Resumen:
A través de la Orden de 17 de abril de 2015 de la Consejería de Agricultura y Agua, se han aprobado las directrices para la elaboración de la Planificación de la Red Natura 2000 de la Región de Murcia, que se incluyen como Anexo de dicha Orden.
En concreto, estas Directrices pretenden constituirse como un documento de referencia en el diseño de las acciones y medidas de conservación que habrán de incluirse en los planes de gestión de la Red Natura 2000 por los órganos encargados de su elaboración y tramitación.
Así, se establecen los criterios básicos que habrán de tenerse en cuenta para garantizar la conservación de hábitats y especies, tomando en consideración los intereses económicos, sociales y culturales, así como las particularidades regionales y locales.
Documento adjunto:
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