Se aprueba la declaración de Zonas Especiales de Conservación de la Región de Murcia y el Plan de Gestión Integral de los espacios protegidos Red Natura 2000 del Noroeste de la Región de Murcia
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BORM núm. 109 -suplemento núm. 1-, de 14 de mayo de 2015
Temas Clave: Lugares de importancia comunitaria (LIC); Zonas de especial conservación (ZEC); Zonas de especial protección para las aves (ZEPA)
Resumen:
Se ha aprobado a través del Decreto 55/2015, de 17 de abril, la Declaración de Zonas Especiales de Conservación de 10 zonas de la Región de Murcia, y la declaración de 4 Zonas de Especial Protección para las Aves, ya existentes en esta Comunidad Autónoma, como Áreas de Protección de la Fauna Silvestre, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1995, de 21 de abril, de la Fauna Silvestre de la Región de Murcia.
Asimismo, este Decreto aprueba el Plan de Gestión Integral de los espacios protegidos Red Natura 2000 del Noroeste, que incluye información específica de cada Zona Especial de Conservación y de cada Zona de Especial Protección para las Aves. En el Decreto, además de
Derechos fundamentales:
VIDO, Sara De. “Tutela della biodiversità e rispetto dei diritti umani: le sentenzie CGUE nei casi Cascina Tre Pini e deviazione del fiume Acheloo”. Rivista giuridica dell’ ambiente, vol. 29, n. 6, noviembre-diciembre 2014, pp. 803-819
MURILLO CHÁVARRO, Jimena. “The Right to Water in the Case-Law of the Inter-American Court of Human Rights”. Anuario Colombiano de Derecho Internacional (ACDI), n. 7, 2014, pp. 39-68, [en línea]. Disponible en Internet: http://revistas.urosario.edu.co/index.php/acdi/article/view/acdi7.2014.02 [Fecha de último acceso 9 de junio de 2015].
Desarrollo sostenible:
LOZANO PULIDO, Araceli. “Reflexiones en clave de agua: pobreza y desarrollo sostenible. Seguridad hídrica: inversión en saneamiento y buen gobierno”. Ecoiuris: la página del medio ambiente, 13 mayo 2015, pp. 1-8
MANEA, Alexandra. “The Gold War of Romania: Sustainable Development or Irreversible Damage?”. Sustainable Development Law & Policy = Revista del Derecho y la Política del Desarrollo Sostenible, vol. 14, n. 3, verano 2014, pp. 23-34 , [en línea]. Disponible en Internet: https://www.wcl.american.edu/org/sustainabledevelopment/pdf/sdlpxiv.pdf [Fecha de último acceso 9 de junio de 2015].
Economía sostenible:
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CAVANNA, Valentina. “Economia verde, efficienza delle risorse ed economia
Evaluaciones ambientales:
MORA RUIZ, Manuela. Recensión “A. Ruiz de Apodaca (Dir.), Régimen Jurídico de la evaluación ambiental: comentario a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. E. Aranzadi, Cizur Menor (Navarra), 2014, 498 p.”. Revista jurídica de Navarra, n. 58, junio-diciembre 2014, pp. 263-267, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.navarra.es/home_es/Gobierno+de+Navarra/Organigrama/Los+departamentos/Presidencia+justicia+e+interior/Publicaciones/Revistas/Revista+Juridica+de+Navarra/Sumarios/sumario+58.htm [Fecha de último acceso 9 de junio de 2015].
Reglamento de gestión de las sustancias químicas ( REACH ):
VAUGHAN, Steven. Recensión “My Chemical (Regulation) Romance: The European Union REACH Regulation for Chemicals: law and practice. By Lucas Bergkamp. Oxford: Oxford University Press, 2013, 498 p.; REACH: Best Practice Guide to Regulation (EC) No 1907/2006. By Cieter Drohmann and Matthew Townsend. Oxford: C.H. Bck/ Hart/ Nomos, 2013, 800 p.”. Journal of Environmental Law, vol. 27, n. 1, marzo 2015, pp. 167-176
Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de mayo de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Francisco José navarro Sanchís)
Autora: Aitana de la Varga Pastor, Profesora Lectora de Derecho Administrativo acreditada a contratada doctora por ANECA de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 2249/2015 – ECLI:ES:TS:2015:2249
Temas Clave: Montes; Parque natural; autorización explotación cantera; motivación; informe desfavorable
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía contra la sentencia que la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó el 17 de junio de 2013 en sentido parcialmente estimatorio. En esa ocasión la mercantil Triturados Puerto Blanco SA, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución de 2 de mayo de 2006, de la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso de alzada formulado por la citada mercantil frente a la resolución de 4 de diciembre de 2003, dictada por el Director General de Gestión del Medio Natural, integrado en la citada Consejería, que denegó la autorización solicitada por aquélla para la ocupación del Monte “Los Baldíos de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 30 de marzo de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Arturo Fernández García)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 3701/2015 – ECLI:ES:TSJM:2015:3701
Temas Clave: Ayuntamientos; Clasificación de suelos; Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Suelo no urbanizable; Urbanismo
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una mercantil contra el Acuerdo de 1 de agosto de 2013, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se aprueba definitivamente la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1985 y Modificación del Plan General de Madrid de 1997, en los ámbitos afectados por la ejecución de las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 27 de febrero de 2003 y del Tribunal Supremo de fechas 3 de julio de 2007 y 28 de septiembre de 2012.
Al margen de la evidente importancia de la sentencia analizada, pues afecta a muchos de los ámbitos de crecimiento urbanístico de Madrid, en el presente comentario pretendo centrarme en uno de los precisos motivos de la impugnación. En concreto, el concerniente a
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