Estimados lectores:
Por segundo año consecutivo, tenemos el placer de ofrecerles la Memoria 2014 que gustosamente nos ha facilitado en primicia la Fiscalía Coordinadora de Medio Ambiente y Urbanismo, que detalla el proceso evolutivo del quehacer de la Fiscalía Coordinadora de Medio Ambiente y Urbanismo a lo largo del año 2014. Este documento complementa lo puesto de manifiesto en las respectivas memorias de las Secciones de Medio Ambiente de las distintas Fiscalías del país.
Se mencionan las actividades e iniciativas desarrolladas por esta Fiscalía a lo largo de 2014, sus relaciones institucionales nacionales e internacionales, y su participación en propuestas legislativas e intervención en la tramitación de procedimientos de naturaleza jurídico ambiental, tales como residuos, urbanismo, incendios forestales, flora y fauna, caza y pesca ilegales, especies protegidas, furtivismo, maltrato animal, contaminación de aguas, vertidos ilegales, sustancias peligrosas, minería, contaminación electromagnética, responsabilidad civil ambiental.
Finalmente, ofrece las Conclusiones de la VII Reunión Anual de la Red de Fiscales de Medio Ambiente y Urbanismo, además del Informe emitido como resultado del oficio del Fiscal General del Estado, en el que se interesa una revisión de las circulares, instrucciones y consultas en temas relacionados con el medio ambiente. Igualmente, añade los Informes sobre
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala tercera), de 10 de septiembre de 2015, asunto C-106/14, por el que se resuelve un recurso prejudicial sobre la interpretación de los artículos 7.2 y 33 del Reglamento (CE) nº 1907/2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH)
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Asunto C-106/14
Temas clave: REACH, deber de comunicación, concepto de artículo a los efectos del Reglamento REACH, sustancias y preparados químicos
Resumen:
La cuestión prejudicial deriva de un litigio entre, la Federación Francesa de Empresas del comercio y la distribución y la Federación Francesa de tiendas de bricolaje y de mejoras del hogar, por un lado y, por otro, el Ministerio de medio ambiente en relación con la Comunicación a estos operadores sobre la obligación de transmitir información de las sustancias contenidas en los artículos y en concreto la interpretación del umbral del 0,1 % (peso/peso) de las sustancias peligrosas en tales artículos.
Ambas federaciones alegaron que la mencionada Comunicación se basaba en una interpretación del concepto de artículo contraria
Ley 33/2015, de 21 de septiembre, por la que se modifica la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
Autora: Jennifer Sánchez González. Investigadora predoctoral de la Universidade da Coruña
Fuente: BOE núm. 227, de 22 de septiembre de 2015
Temas Clave: Patrimonio natural y biodiversidad; Gestión del medio marino; Gestión de espacios protegidos; Información ambiental; Responsabilidad de la Administración pública.
Resumen:
A través de esta norma se modifica la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que establece el régimen jurídico básico de la conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad española, como parte del deber de conservar y del objetivo de garantizar los derechos de las personas a un medio ambiente adecuado para su bienestar, salud y desarrollo.
La finalidad de esta norma, según su Preámbulo, es la mejora de ciertos aspectos de la aplicación de la Ley 42/2007, especialmente en lo que se refiere a la gestión de los espacios protegidos.
Por otro lado, tiene por objeto garantizar la correcta aplicación del derecho internacional y la incorporación de la normativa de la Unión Europea al ordenamiento jurídico nacional. Para
La Comunidad de Castilla y León aprueba los Planes Básicos de Gestión y Conservación de la Red Natura 2000
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 180, de 16 de septiembre
Temas Clave: Red Natura 2000
Resumen:
La Red Natura 2000 de Castilla y León está formada por 120 Zonas Especiales de Conservación (ZEC) y 70 Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA). Con el fin de dar una respuesta a las previsiones del Plan Director para la Implantación y Gestión de la Red Natura 2000 en Castilla y León, se han desarrollado dos tipos de instrumentos de gestión que abordan la planificación con una perspectiva de red y actúan de forma complementaria y subsidiaria a distintas escalas: Planes Básicos de Gestión y Conservación de los Espacios Protegidos Red Natura 2000, escala de lugar, que se relacionan en el Anexo I y cuyo contenido íntegro se encuentra disponible en la página Web de la Junta de Castilla y León (www.jcyl.es/Natura2000) y los Planes Básicos de Gestión y Conservación de los Valores Red Natura 2000, escala regional, que se relacionan en el Anexo II.
Medio marino:
ABELLÓ GALVIS, Ricardo et al. “Traducción del fallo de la Corte Internacional de Justicia en el caso de la ‘Caza de ballenas en el Antártico’ (Australia c. Japón; Nueva-Zelanda –interviniente–). Decisión sobre el fondo”. Anuario Colombiano de Derecho Internacional (ACDI), n. 8, 2015, pp. 167-294, [en línea]. Disponible en Internet: http://revistas.urosario.edu.co/index.php/acdi/article/view/3693 [Fecha de último acceso 11 de agosto de 2015].
HERNÁNDEZ-SALAS, Carlos R. “Seamounts Protection in the Pacific Insular Region of Chile”. Chinese Journal of International Law, vol. 14, n. 1, marzo 2015, pp. 151-176
INFANTE CAFFI, María Teresa. “Peru v. Chile: The International Court of Justice Decides on the Status of the Maritime Boundary”. Chinese Journal of International Law, vol. 13, n. 4, diciembre 2014, pp. 741-762
PRIETO SANJUÁN, Rafael A. “À vous la terre, et à vous, la merà propos de l’étrange sens de l’équité de la cij en l’affaire du Differend territorial et maritime (Nicaragua c. Colombie)”. Anuario Colombiano de Derecho Internacional (ACDI), n. 8, 2015, pp. 131-165, [en línea]. Disponible en Internet: http://revistas.urosario.edu.co/index.php/acdi/article/view/3690 [Fecha de último acceso 11 de agosto de 2015].
QIU, Jun. “The CLCS Modalities for Handling Submissions Involving Disputes and Their Possible Application to the South China Sea”. Chinese Journal of
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