Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 19 de noviembre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Juan José Carbonero Redondo)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AR 1738/2015 – ECLI:ES:TSJAR:2015:1738
Temas Clave: Antenas de telefonía; Autorizaciones y licencias; Competencias; Contaminación electromagnética; Telecomunicaciones
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una empresa de telecomunicaciones contra determinados apartados de la Ordenanza municipal reguladora de la instalación y funcionamiento de infraestructuras radioeléctricas, aprobada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Huesca de 5 de agosto de 2013.
En concreto, los apartados impugnados aluden, por un lado, a la aplicación en la instalación de las infraestructuras radioléctricas de telecomunicación de niveles de emisión inferiores a los establecidos en la legislación estatal, fijados por la Ordenanza a modo indicativo de conformidad con las recomendaciones recogidas en una resolución de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa. Por otro lado, se establecen restricciones a la ubicación de estas infraestructuras en las inmediaciones de escuelas, hospitales, parques públicos, residencias, institutos, etc.
Si bien dichos apartados de la Ordenanza impugnada recogen dichas prescripciones a modo indicativo, lo cierto es