Energía:
WIRTH, Eszter. “Las contradicciones de la política energética noruega”. Papeles de relaciones ecosociales y cambio global, n. 131, 2015, pp. 85-95
Energía nuclear:
FORO Nuclear. “Las centrales nucleares españolas 5 años después de Fukushima, lecciones aprendidas y mejoras en la seguridad”. Ecoiuris: la página del medio ambiente, 4 marzo, pp. 1-7
HEFFRON, Raphael James. “Nuclear Energy: B. Nuclear Waste Management”. Yearbook of International Environmental Law, vol. 25, n. 1, 2014, pp. 221-226
Espacios naturales protegidos:
ARAGAO, Alexandra. “La protección legal de las reservas de la biosfera en Portugal”. Revista electrónica del Departamento de Derecho de la Universidad de La Rioja (REDUR), n. 13, 2015, págs. 21-37, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.unirioja.es/dptos/dd/redur/numero13/aragao.pdf [Fecha de último acceso 28 de marzo de 2016].
Especies amenazadas:
CHALAKKAL, Kavitha. “Trade in Endangered Species”. Yearbook of International Environmental Law, vol. 25, n. 1, 2014, pp. 283-304
Fractura hidráulica (Fracking):
SANBERG, Eduardo et al. “Abordagem técnica e legal acerca do fraturamento hidráulico no Brasil”. Revista internacional de direito ambiental, n. 8, mayo-agosto 2014, pp. 113-132, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.plenum.com.br/rev_amb/rida08/index.html [Fecha de último acceso 28 de marzo de 2016].
Información ambiental:
GARCÍA-MORENO RODRÍGUEZ, Fernando. “El derecho de acceso a la información
Bienestar animal:
WHEEN, Nicola R. “International Whaling Commission (IWC)”. Yearbook of International Environmental Law, vol. 25, n. 1, 2014, pp. 613-622
Instrumentos y protocolos internacionales:
AGUILAR, Soledad. “Global Environment Facility (GEF)”. Yearbook of International Environmental Law, vol. 25, n. 1, 2014, pp. 538-542
BENEVIDES, Hugh; SOLANO, Paolo. “Commission for Environmental Cooperation (CEC)”. Yearbook of International Environmental Law, vol. 25, n. 1, 2014, pp. 546-557
GALIZZI, Paolo. “International Court of Justice (ICJ)”. Yearbook of International Environmental Law, vol. 25, n. 1, 2014, pp. 487-497
GARCÍA REVILLO, Miguel G. “International Tribunal for the Law of the Sea (ITLOS)”. Yearbook of International Environmental Law, vol. 25, n. 1, 2014, pp. 515-518
GOURITIN, Armelle. “Council of Europe (CE)”. Yearbook of International Environmental Law, vol. 25, n. 1, 2014, pp. 533-537
ISHIZUKA, Mayumi. “World Health Organization (WHO)”. “Yearbook of International Environmental Law, vol. 25, n. 1, 2014, pp. 606-608
KELLMAN, Elaine. “North American Free Trade Agreement (NAFTA) Disputes”. Yearbook of International Environmental Law, vol. 25, n. 1, 2014, pp. 518-527
LEVA, Charles di et al. “World Bank”. Yearbook of International Environmental Law, vol. 25, n. 1, 2014, pp. 577-585
LI, Ning; PACHECO-FABIG, Mónica; ARRÉLLAGA, Maria Magdalena. “International Union for the Conservation of Nature (IUCN)”. Yearbook
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala sexta), de 10 de marzo de 2016, asunto C-38/15, que resuelve recurso por incumplimiento contra España de la Directiva 91/271, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas
Autora: Inmaculada Revuelta Pérez, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universitat de València
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Asunto C-38/1, ECLI:EU:C:2016:156
Temas Clave: Aguas residuales urbanas; instalaciones de tratamiento; vertidos; zonas sensibles; tratamiento adecuado; toma de muestras
Resumen:
El TJUE declara que España ha incumplido el art. 5, apartados 2 y 3, de la Directiva 91/271, por no haber garantizado que el 24 de junio de 2014 (plazo fijado en el dictamen motivado de la Comisión), los vertidos procedentes de cuatro aglomeraciones de más de 10.000 habitantes (Berga, Figueres, El Terri (Banyoles); y, Pontevedra-Marín-Poio-Bueu) cumplieran los requisitos exigidos para las “zonas sensibles” así como, en el caso Pontevedra, el incumplimiento adicional del art. 4, que exige someter el influente a “tratamiento secundario o proceso equivalente”.
La Sentencia comienza recordando que, según la doctrina del Tribunal de Justicia, para cumplir estos preceptos es suficiente presentar una muestra, tomada tras la puesta en funcionamiento de la instalación depuradora, que demuestre que el
Decreto 34/2016, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el ejercicio de la caza, la planificación y ordenación cinegética
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: DOE núm. 55, de 21 de marzo de 2016
Temas clave: Autorizaciones y licencias; Caza
Resumen:
Este nuevo Reglamento aprobado por el Decreto 34/2016, viene a desarrollar la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Caza de Extremadura, tras la modificación operada por la Ley 12/2014, de 19 de diciembre. Así las cosas, este Decreto, junto con el Decreto 89/2013 de 28 de mayo, componen el desarrollo reglamentario completo de la antedicha Ley de caza extremeña, constituyendo un reordenamiento de todas las disposiciones reglamentarias anteriores en la materia, ya que deroga hasta tres de ellas y modifica otros dos Decretos y una Orden.
El Decreto consta de 159 artículos, divididos en un título preliminar y siete títulos. Así:
-El Título preliminar desarrolla las disposiciones generales, incluyendo el objeto del Reglamento y su ámbito de aplicación.
-El Título I regula el ejercicio de la caza, contemplando la licencia interautonómica, las modalidades de caza (caza mayor
Sentencia del Tribunal Supremo de 1 de marzo de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Jose Juan Suay Rincón)
Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili (acreditada a contratada doctora por ANECA) e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 861/2016 – ECLI:ES:TS:2016:861
Temas Clave: SIG; residuos de aparatos eléctricos y electrónicos; RAEE; principio de proximidad; condiciones de la autorización
Resumen:
MAC INSULAR S.L. interpuso recurso de casación contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, de fecha 19 de junio de 2014 , por cuya virtud se estimó en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Fundación Ecotic contra la Resolución dictada por el Director General de Cambio Climático y Educación Ambiental de la Consellería de Medi Ambient i Mobiliat del Gobern de les Illes Balears, de fecha 25 de marzo de 2011, que autorizaba a la entidad recurrente como entidad gestora de un “Sistema Integrado de Gestión” (SIG) de “Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos” (RAEE) en el ámbito territorial de las Islas Baleares, señalando una serie
|