Actividades marítimas:
ÁVILA DE LA TORRE, Alfredo; SÁNCHEZ BOYANO, Javier. “Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima [BOE n.º 180, de 25-VII-2014]: navegación marítima”. Ars Iuris Salmanticensis (AIS): revista europea e iberoamericana de pensamiento y análisis de derecho, ciencia política y criminología, vol. 3, n. 1, junio 2015, pp. 270-272, [en línea]. Disponible en Internet: http://campus.usal.es/~revistas_trabajo/index.php/ais/article/view/13923/14359 [Fecha de último acceso 7 de marzo de 2016].
Aguas:
BAUTISTA JIMÉNEZ, Juan Manuel. “Instrumento de adhesión a la Convención sobre el derecho de los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación, hecho en Nueva York el 21 de mayo de 1997 [BOE n.º 161, de 3-VII-2014]: Remontando la corriente del particularismo en el Derecho internacional fluvial: la entrada en vigor del Convenio de Nueva York”. Ars Iuris Salmanticensis (AIS): revista europea e iberoamericana de pensamiento y análisis de derecho, ciencia política y criminología, vol. 3, n. 1, junio 2015, pp. 250-252, [en línea]. Disponible en Internet: http://campus.usal.es/~revistas_trabajo/index.php/ais/article/view/13918/14355 [Fecha de último acceso 7 de marzo de 2016].
Alimentación:
FERNANDO PABLO, Marcos Matías. “Ley 12/2013 de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria [BOE n.º 185, de 3-VIII-2013]”. Ars Iuris
Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de febrero de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Jose Juan Suay Rincon)
Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili (acreditada a contratada doctora por ANECA) e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 222/2016 – ECLI:ES:TS:2016:222
Temas Clave: Evaluación de impacto ambiental; EDAR; Declaración de Impacto ambiental; acto de trámite cualificado; discrecionalidad técnica
Resumen:
La ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (en adelante, AGE) interpuso recurso de casación contra la Sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional en fecha 3 de junio de 2014, recaída en el recurso no 486/2012 , sobre medio ambiente. En el proceso contencioso administrativo, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional dictó Sentencia de fecha 3 de junio de 2014 , por cuya virtud se estimó en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por seis personas físicas contra la Resolución de fecha 16 de octubre de 2009, del Director General del Agua, dictada por delegación del Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, sobre
Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional de 21 de enero de 2016 (Ponente: Fernando Valdés Dal-Ré)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 45, de 22 de febrero de 2016
Temas Clave: Costas; Dominio público marítimo-terrestre (DPMT); Autorizaciones demaniales; Autonomía local; Competencias autonómicas; Delegado del Gobierno
Resumen:
En términos similares al contenido de la sentencia de 5 de noviembre de 2015, a través de la cual el Pleno del Tribunal examinó el recurso interpuesto por ciento seis diputados del grupo parlamentario socialista del Congreso de los Diputados contra varios preceptos de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas; ahora es el Consejo de Gobierno de Andalucía el que impugna esta norma. (Véase https://www.actualidadjuridicaambiental.com/jurisprudencia-al-dia-tribunal-constitucional-espana-ley-de-costas/).
Me ceñiré a los apartados 18 y 38 del art. 1 de la LC 2013, que no fueron examinados en la resolución judicial anterior. El art. 1.18 modifica el artículo 55.1 LC 1988, que regula la revocación unilateral por parte de la Administración de las autorizaciones en la zona de
Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 38, de 13 de febrero de 2016
Temas Clave: Eficiencia energética; Auditorías energéticas; Verificadores; Cogeneración
Resumen:
Dentro de la fijación de objetivos para 2020, la Unión Europea se marcó aumentar en un 20% la eficiencia energética; si bien ya en 2011 se percató de que este objetivo no iba camino de cumplirse. En este contexto, se decantó por actualizar el marco legal en esta materia, fruto del cual se aprobó la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE. Y es precisamente esta Directiva la que, a través de
Título: “El Tribunal Supremo acuerda indemnizar a los perjudicados por la catástrofe del Prestige”
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
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