Se aprueba la designación de 2 Zonas Especiales de Conservación y 1 Zona de Especial Protección para las Aves en el País Vasco
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOPV núm. 97 y 98, de 24 y 25 de mayo de 2016
Temas Clave: Lugares de importancia comunitaria (LIC); Zonas de especial conservación (ZEC); Zonas de especial protección para las aves (ZEPA)
Resumen:
A través de dos Decretos se han designado dos nuevas Zonas de Especial Conservación en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco: “Gorbeia” e “Izki”. Este último espacio es, además, designado como Zona de Especial Protección para las Aves.
Asimismo, en los dos Decretos se incluyen como anexos la información ecológica que justifica las declaraciones como ZEC/ZEPA, los objetivos de conservación, las normas y el programa de seguimiento.
Documento adjunto: ;
Ordenación del territorio:
DELGADO RAMOS, Gian Carlo. “Configuraciones del territorio: desarrollo, desarrollismo, transiciones y alternativas”. Argumentum (Universidade Federal do Espírito Santo), vol. 7, n. 2, julio-diciembre 2015, pp. 32-58, [en línea]. Disponible en Internet: http://dx.doi.org/10.18315/argumentum.v7i2.9556 [Fecha de último acceso 17 de mayo de 2016].
GAMERO RUIZ, Eva. “La norma de ordenación territorial como norma jurídica: fuentes de la ordenación del territorio”. Revista internacional de direito ambiental, n. 10, enero-abril 2015, pp. 105-134, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.plenum.com.br/rev_amb/rida10/index.html [Fecha de último acceso 12 de mayo de 2016].
Organismos modificados genéticamente ( OMG ):
CORTI VARELA, Justo. “Implicaciones de la reciente autorización de comercialización para el consumo humano del salmón modificado genéticamente”. Ius et scientia: revista electrónica de derecho y ciencia, vol. 1, n. 1, 2015, pp. 93-109, [en línea]. Disponible en Internet: http://institucional.us.es/iusetscientia/index.php/ies/article/view/21 [Fecha de último acceso 18 de mayo de 2016].
Organizaciones no gubernamentales ( ONG ):
BROSSET, Estelle. “Flexible droit de l’Union européenne… en matière d’OGM: à propos de la directive 2015/412 du 11 mars 2015 en ce qui concerne la possibilité pour les États membres de restreindre ou d’interdire la culture d’OGM sur leur territoire”. Cahiers de droit europeen, vol. 51, n. 2-3, 2015, pp. 651-681
KLINGER,
Agricultura:
GONZÁLEZ BOTIJA, Fernando. “Agricultura”. Revista General de Derecho Administrativo, n. 40, 2015
Costas:
VILLALÓN PRIETO, Juan Carlos. “Aguas y costas”. Revista General de Derecho Administrativo, n. 40, 2015
Derecho ambiental:
BOUAZZA ARIÑO, Omar. “Crónica jurídica”. Ciudad y territorio: estudios territoriales, n. 187, primavera 2016, pp. 141-143
PICAZO, Francisca. “Legislación”. Ciudad y territorio: estudios territoriales, n. 187, primavera 2016, pp. 144-148
Principio “Quien contamina paga”:
VARVAŠTIAN, Samvel. “Environmental liability under scrutiny: The margins of applying the EU ‘polluter pays’ principle against the owners of the polluted land who did not contribute to the pollution: Case C-534/13 Ministero dell’Ambiente e della Tutela del Territorio e del Mare and Others v Fipa Group Srl and Others [2015] (ECJ, 4 March 2015) (Fipa Group and Others)”. Environmental Law Review, vol. 17, n. 4, diciembre 2015, pp. 270-276
Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de mayo de 2016 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 3ª, Ponente: José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 2059/2016- ECLI:ES:TS: 2006:2059
Temas Clave: Retribución especial; clasificación de instalaciones; certeza
Resumen:
La Sentencia seleccionada resuelve el recurso contencioso-administrativo número 1/833/2014 interpuesto por la representación procesal de las mercantiles Hedensted pv VI, S.L. y Hedensted pv VII, S.L., contra la Orden del Ministerio de Industria, Energía y Turismo IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, siendo parte demandada la Administración del Estado.
Fundamentalmente, las recurrentes solicitan la nulidad de la Orden citada por entender que la misma es manifiestamente contraria al Real Decreto-Ley 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico, a la Ley del Sector Eléctrico 24/2013, de 26 de diciembre, y al Real Decreto 413/2014, de 6 de julio, por el que se regula la actividad de producción
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 17 de marzo de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Juan Carlos Zapata Híjar)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AR 207/2016 – ECLI:ES:TSJAR:2016:207
Temas Clave: Aguas residuales; Autorización ambiental integrada; Competencias; Confederación Hidrográfica; Dominio público hidráulico; Vertidos
Resumen:
En la sentencia comentada, la Sala analiza el recurso de apelación interpuesto contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Huesca, a través de la cual se inadmitía el recurso interpuesto por una entidad cooperativa. Esta sentencia de instancia confirmaba una resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental del Gobierno de Aragón (INAGA) de 2010, la cual, a su vez, modificaba otra resolución anterior de 2007 que otorgaba una Autorización Ambiental Integrada (AAI) a una fábrica de piensos en Barbastro (Huesca).
En concreto, la modificación de la AAI que resulta recurrida, exigía la construcción de una depuradora para el tratamiento de agua procedente de los aseos de los trabajadores de la fábrica, extremo este sobre el que, en último término, gira el objeto del recurso. Y es que, a pesar de que el vertido objeto de
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