Ley 15/2018, de 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: DOGV núm. 8313, de 8 de junio de 2018
Temas clave: Desarrollo sostenible; Paisaje; Turismo sostenible
Resumen:
Se trata de la Comunitat Valenciana de uno de los principales destinos turísticos de España, y es que en 2017 se alcanzó el récord de nueve millones de turistas extranjeros (sin contar los nacionales), lo que nos da cuenta de su importancia en la economía regional y en la línea del peso que esta actividad tiene en el PIB nacional. Evidentemente, tal “presión” cuenta con repercusiones sociales y económicas de capital importancia, no siempre positivas, como es el caso del impacto que sobre el medio ambiente pueda tener esta actividad, especialmente en el ámbito del litoral.
De hecho, la Ley objeto de comentario no tiene un contenido nuclear concerniente a la materia jurídico ambiental. No obstante su interés radica en las continuas referencias que en la regulación del turismo se efectúan a la sostenibilidad ambiental. Así, a modo de ejemplo, puede destacarse las palabras contenidas en el preámbulo, en el
Ley 13/2018, de 1 de junio, de la Generalitat, de modificación de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat, forestal de la Comunitat Valenciana
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGV núm. 8309, de 4 de junio de 2018
Temas Clave: Montes; Propiedad; Gestión forestal; Planificación; Terrenos abandonados; Ayuntamientos; Participación
Resumen:
Pasados 24 años desde que la Generalitat Valenciana aprobara su base normativa destinada a encauzar la gestión y el aprovechamiento forestal del territorio valenciano, ha decidido reconsiderar el contexto en el que se desarrolló la Ley 3/1993, de 9 de diciembre. Factores como el cambio climático, los episodios de sequía y lluvias cada vez más extremos, o la despoblación rural, unidos a la aparición de fenómenos novedosos en el desarrollo de incendios forestales como pueden ser los GIF; han contribuido sin duda a esta decisión.
De hecho, durante todo este tiempo, no se han conseguido los objetivos de aumento de propiedad y gestión pública planteados en la ley anterior. De ahí que a través de la presente modificación se van a actualizar sus distintos títulos y capítulos.
En relación
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de 21 de febrero de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: José Antonio Alberdi Larizgoitia)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ PV 895/2018 – ECLI:ES:TSJPV:2018:895
Temas Clave: Evaluación ambiental estratégica; Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Suelos; Urbanismo
Resumen:
Una asociación vecinal interpone recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Ayuntamiento de Elorrio de 25 de marzo de 2015, a través del cual se aprobaba definitivamente el Plan Parcial del sector 7.1 Pulla-Azkarreta, destinado a la implantación de un polígono industrial en dicha localidad. Ante el recurso y escrito de demanda, cabe precisar en primer lugar que el propio ayuntamiento demandado se allanó a las pretensiones anulatorias de los recurrentes, quedando únicamente como parte demandada la mercantil SPRILUR, S. A., sociedad pública de promoción de suelo para actividades económicas, promotora del plan parcial impugnado.
Los principales motivos que se alegan a fin de sustentar la petición de nulidad del plan parcial son los siguientes:
-Omisión del Informe preceptivo exigido por el artículo 25.4 de la Ley de Aguas:
El artículo 25.4 del texto refundido de la Ley de Aguas (Real Decreto
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de 12 de febrero de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ángel Ruiz Ruiz)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ PV 896/2018 – ECLI:ES:TSJPV:2018:896
Temas Clave: Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Suelos; Urbanismo
Resumen:
Una asociación recurre la Orden Foral 3444/2015, de 4 de mayo, del Diputado Foral de Presidencia de la Diputación Foral de Bizkaia, a través de la cual se aprobaba el Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Lezama.
Son varios los motivos que sustentan las pretensiones anulatorias del recurso contencioso-administrativo, y me voy a centrar a continuación en los que se consideran más importantes a los efectos de la materia jurídico ambiental. Así:
-Se aduce que el plan general no se ha sometido a procedimiento de evaluación ambiental estratégica -se analiza en el Fundamento de Derecho sexto-. Tras el análisis del expediente administrativo y de la normativa autonómica dictada al respecto, la Sala concluye que no se ha producido infracción alguna al respecto.
-Omisión del Informe previsto en el artículo 26.2 de la entonces vigente Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha de 15 de noviembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Constantino Merino González)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ CLM 3064/2017 – ECLI:ES:TSJCLM:2017:3064
Temas Clave: Especies amenazadas; Prevención ambiental; Procedimiento sancionador; Responsabilidad ambiental; Responsabilidad por daños
Resumen:
Según consta en la sentencia objeto de análisis, en enero de 2014, un agente medioambiental halló junto a un apoyo eléctrico a un pollo de águila imperial herido aparentemente por electrocución en un ala. Posteriormente, un Informe del servicio veterinario concluye que el daño fue causado efectivamente por descarga eléctrica. Además, en otros Informes se concluye que la zona del suceso está comprendida en el ámbito de la Resolución de 28 de agosto de 2009 del Organismo Autónomo de Espacios Naturales de Castilla La Mancha, y en concreto en la denominada Zona de Protección de la Avifauna, por la que se delimitan las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de aquellas especies de aves incluidas en el Catálogo Regional de especies amenazadas de Castilla-la Mancha. Se explica que en ese catálogo se encuentra, como especie amenazada y
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