Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, de 4 de Febrero de 2019 (Sala de lo Contencioso Valencia. Sección 1, Ponente: Lucía Débora Padilla Ramos)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 595/2019 – ECLI: ES: TSJCV:2019:595
Temas Clave: Urbanismo; Residuos; Residuos Peligrosos; Planeamiento; Evaluación Ambiental; Plan General Ordenación Urbana; Plan Rector Uso y Gestión
Resumen:
Se interpone recurso contencioso administrativo por la Conselleria de Presidencia de la Generalitat Valenciana contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Cox, de fecha 28 de abril de 2015, por el cual se aprueba definitivamente el Texto refundido de la modificación puntual 1/2013 del Plan General de Cox (dicha modificación impide la instalación de cualquier tipo de almacenamiento de residuos y también el tratamiento y eliminación tanto de residuos peligrosos como no peligrosos), estimándose por la Sala dicho recurso, declarándose nula dicha modificación por ser contraria a derecho.
Los argumentos expuestos por la parte recurrente que finalmente fueron admitidos por la Sala son los siguientes:
Se vulneran los siguientes artículos:
Artículo 4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del