Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 28 de enero de 2019 (Sala de lo Contencioso- Administrativo, Sección Primera, Ponente: Lucía Débora Padilla Ramos)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 588/2019 – ECLI: ES: TSJCV:2019:588
Temas Clave: Urbanismo; Planeamiento; Evaluación Ambiental; Plan General Ordenación Urbana; Plan Rector Uso y Gestión
Resumen:
Se interpone recurso contencioso administrativo contra la Resolución de fecha 3 de Octubre de 2014 de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia, que denegó la homologación parcial del PGOU de Sueca y la Resolución de 16 de Octubre de 2015 que desestimó el recurso de alzada interpuesto por el Ayuntamiento de Sueca contra la Resolución de la Dirección General de Evaluación Ambiental que declaró concluso el procedimiento relativo al expediente de evaluación ambiental de la homologación parcial del Plan General. La parte demanda es la Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia.
Los argumentos expuestos por la parte recurrente que finalmente no fueron admitidos por la Sala son los siguientes:
a) En primer lugar, la resolución impugnada deniega la aprobación de la homologación atendiendo a la Resolución del Director General de
Título: “Comentario al Decreto 144/2018, de 2 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Actuación contra el uso ilegal de veneno en el medio natural de la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 237, de 4 de octubre)”
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental. CIEDA-CIEMAT
Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00271
Se aprueba la nueva organización y funcionamiento del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: BOA núm. 66, de 4 de abril de 2019
Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Parques Nacionales
Resumen:
A través del Decreto 54/2019, de 26 de marzo, del Gobierno de Aragón, se ha aprobado la nueva regulación de la organización y funcionamiento del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido, sustituyendo a la anterior regulación de 2005 (Decreto 117/2005, de 24 de mayo).
Este Decreto tiene por objeto clarificar el funcionamiento de los órganos de gestión y participación del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido. De este modo, en primer término, integra en una sola disposición lo dispuesto en el Decreto 117/2005, de 24 de mayo y sus posteriores modificaciones que afectan a la composición del Patronato. Además, se incorpora al Patronato la representación de todos los municipios ubicados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional, así como un representante de las asociaciones de empresarios con implantación en dicha área. En segundo lugar, se modifica la composición de la Junta Rectora incorporando al Presidente del Patronato. Por último, se
Se aprueba el Plan de Gestión del Lobo en Cantabria
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Orden MED/5/2019, de 28 de marzo, por la que se aprueba el Plan de Gestión del Lobo en Cantabria. (BOC núm. 66, de 3 de abril de 2019)
Temas Clave: Lobo; Planificación; Daños; Responsabilidad; Caza
Resumen:
El lobo es una especie de interés comunitario según se recoge en la Directiva 92/43/CEE relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales y de la Fauna y Flora Silvestres, que además incluye las poblaciones de la especie al norte del río Duero en su anexo V, que acoge a las especies cuya explotación puede ser objeto de medidas de gestión. La propia Directiva establece en su artículo 14 la obligación de mantener en un estado de conservación favorable las poblaciones de las especies incluidas en dicho anexo.
En esta región cántabra, la especie se encuentra incluida en el anexo I de la Ley de Cantabria, 12/2006, de 17 de julio, de Caza, considerada como especie cinegética. Es precisamente esta consideración la que ha determinado, hasta su modificación por la Ley
Se aprueba la catalogación de los tramos urbanos y naturales de las playas de Galicia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 38/2019, de 14 de marzo, por el que se aprueba la catalogación de los tramos urbanos y naturales de las playas de Galicia
Temas Clave: Playas; paisaje; tramo urbano; plan ordenación del litoral
Resumen:
El legislador autonómico gallego adquiere competencia exclusiva, entre otras, en materia de ordenación del territorio y del litoral. Los documentos legales de referencia han sido los siguientes, por un lado, el Decreto 19/2011, de 10 de febrero, por el cual se aprobaron de manera definitiva las directrices de ordenación del territorio de Galicia, que tienen como finalidad básica definir un modelo territorial para Galicia que permita orientar las actuaciones sectoriales con los objetivos generales de la política territorial de Galicia, conformando una acción de gobierno coordinada y eficaz.
Por otro lado, la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia, ofrece la visión global de la ordenación territorial de Galicia y sirven como referencia para el resto de las figuras de planificación y para las actuaciones que desarrollan
|