Fecha de recepci\u00f3n:<\/strong> 13\/07\/2020<\/p>\r\n
Fecha de aceptaci\u00f3n:<\/strong> 14\/07\/2020<\/p>\r\n
Resumen:<\/strong><\/p>\r\n
El objeto del presente trabajo es el estudio de las novedades legislativas incluidas en el reciente Real Decreto-ley 23\/2020 de 23 de junio por el que se aprueban medidas en materia de energ\u00eda y en otros \u00e1mbitos para la reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica. Estas medidas responden a la urgente finalidad de intentar paliar cuanto antes los efectos de la grave recesi\u00f3n econ\u00f3mica causada por la crisis sanitaria del Covid-19 que ha sacudido nuestro pa\u00eds y el mundo entero s\u00fabitamente. Conjugando ambos contextos, a saber, la emergencia clim\u00e1tica y la crisis sanitaria y econ\u00f3mica, el Gobierno plantea la pol\u00edtica energ\u00e9tica como una gran protagonista y motor, la denominada \u201cpalanca verde\u201d<\/em> de la recuperaci\u00f3n econ\u00f3mica y de empleo, a la vez que intenta cumplir con los ineludibles compromisos internacionales. El Real Decreto-ley objeto de estudio se ha aprobado en el marco de la tramitaci\u00f3n parlamentaria de la Ley de Cambio Clim\u00e1tico y Transici\u00f3n Energ\u00e9tica que ha sufrido un no deseable retraso por una enmienda a la totalidad, decidiendo el Gobierno dar cabida dentro de un Real Decreto-ley a la aprobaci\u00f3n de una bater\u00eda abundante de medidas que, por la urgencia en su implementaci\u00f3n, deb\u00edan ser acordadas lo antes posible ante la necesidad de poner todos los medios posibles para fomentar la recuperaci\u00f3n econ\u00f3mica. En general, se trata de cambios y novedades que responden a propuestas muy demandadas por el sector de las energ\u00edas renovables que, en t\u00e9rminos generales, aplaude su adecuaci\u00f3n, aunque, cabe decir que dichos cambios llegan tarde y a destiempo, m\u00e1xime teniendo en cuenta que hay ya varias comunidades aut\u00f3nomas que han aprobado su propia Ley de Cambio Clim\u00e1tico y Transici\u00f3n Energ\u00e9tica. As\u00ed, por ejemplo, Catalu\u00f1a con la Ley 16\/2017 de 1 de agosto, desarrollada en materia de energ\u00edas renovables mediante el Decreto-Ley 16\/2019 de 26 de noviembre, Andaluc\u00eda con la Ley 8\/2018 de 8 de octubre y Baleares con la Ley 10\/2019 de 22 de febrero; as\u00ed como otras, como Pa\u00eds Vasco y Comunidad Valenciana que se encuentran tramitando su Borrador de Ley de Cambio Clim\u00e1tico y Transici\u00f3n Energ\u00e9tica.<\/p>\r\n
En el presente trabajo, analizaremos en detalle las siguientes medidas: la nueva regulaci\u00f3n de acceso y conexi\u00f3n para evitar la especulaci\u00f3n atendiendo a la viabilidad t\u00e9cnica y solidez de los proyectos; el nuevo mecanismo de concurrencia competitiva para proyectos de energ\u00edas renovables, y las subastas, intentando dotar a estas tecnolog\u00edas nuevamente de un marco retributivo predecible y estable; la mejora y simplificaci\u00f3n en la tramitaci\u00f3n de los procedimientos de autorizaci\u00f3n de la construcci\u00f3n, ampliaci\u00f3n, modificaci\u00f3n y explotaci\u00f3n de las instalaciones el\u00e9ctricas de producci\u00f3n, transporte y distribuci\u00f3n; la inclusi\u00f3n del concepto de modificaci\u00f3n no sustancial de instalaciones de generaci\u00f3n que hayan obtenido autorizaci\u00f3n administrativa de tal manera que \u00fanicamente deben obtener la autorizaci\u00f3n de explotaci\u00f3n, previa acreditaci\u00f3n del cumplimiento de las condiciones de seguridad de las instalaciones y del equipo asociado; la incorporaci\u00f3n de los criterios para la consideraci\u00f3n de una misma instalaci\u00f3n de generaci\u00f3n a efectos de los permisos de acceso y conexi\u00f3n; el impulso de nuevos modelos de negocio; medidas relativas a almacenamiento, agregadores independientes, comunidades de energ\u00edas renovables, hibridaci\u00f3n, infraestructuras de recarga de alta capacidad (>250kW), autorizaci\u00f3n simplificada de proyectos de I+D+i, bancos de prueba regulatorios, autorizaci\u00f3n simplificada de instalaciones de red m\u00f3viles, la optimizaci\u00f3n del uso de la capacidad de acceso concedida; la mejora de la eficiencia energ\u00e9tica adaptando el procedimiento de c\u00e1lculo de las obligaciones de ahorro de cada sujeto obligado para dotar al sistema de una mayor transparencia y previsibilidad para los sujetos obligados; la reforma de la Ley de evaluaci\u00f3n ambiental con el fin de agilizar los tr\u00e1mites relativos al documento de alcance y las pr\u00f3rrogas de la evaluaci\u00f3n e informe de impacto ambiental, equiparando la regulaci\u00f3n de estas dos \u00faltimas figuras y, por \u00faltimo, asegurar el equilibrio y la liquidez en el sistema el\u00e9ctrico, requisito necesario para la continuidad de la actividad y el impulso de nuevas inversiones y, por tanto, el \u00e9xito de la transici\u00f3n energ\u00e9tica.<\/p>\r\n
Abstract: <\/strong><\/p>\r\n
The purpose of this work is the study of the legislative developments included in the recent Royal Decree-Law 23\/2020 of June 23, which approves measures in the field of energy and in other areas for economic recovery. These measures respond to the urgent purpose of trying to alleviate as soon as possible the effects of the serious economic recession caused by the Covid-19 health crisis that has suddenly shaken our country and the entire world. Combining both contexts, namely the climate emergency and the health and economic crisis, the Government proposes energy policy as a major protagonist and engine, the so-called \"green lever\"<\/em> of economic and employment recovery, while trying to fulfill with the inescapable international commitments. The Royal Decree-Law under study has been approved within the framework of the parliamentary procedure of the Climate Change Law which has suffered an undesirable delay due to an amendment to the entirety, the Government deciding to accommodate within a Royal Decree-Law the approval of an abundant battery of measures that, due to the urgency in their implementation, had to be agreed as soon as possible in view of the need to put all possible means to promote economic recovery. In general, these are changes and novelties that respond to proposals that are highly demanded by the renewable energy sector, which, in general terms, applauds their adequacy, although, it should be said that these changes come late and out of time, especially taking into account that there are already several autonomous communities that have approved their own Law on Climate Change and Energy Transition. Thus, for example, Catalonia with Law 16\/2017 of August 1, developed in the field of renewable energy through Decree-Law 16\/2019 of November 26, Andalusia with Law 8\/2018 of October 8 and the Balearic Islands with Law 10\/2019 of February 22; as well as others such as the Basque Country and Valencia that are processing their draft Climate Change and Energy Transition Law.<\/p>\r\n
In the present work, we will analyze in detail the following measures: the new access and connection regulation to avoid speculation based on the technical feasibility and soundness of the projects; the new competitive competition mechanism for renewable energy projects, and auctions, trying to provide these technologies again with a predictable and stable remuneration framework; improving and simplifying the processing of authorization procedures for the construction, expansion, modification and operation of electrical production, transport and distribution facilities; the inclusion of the concept of non-substantial modification of generation facilities that have obtained administrative authorization in such a way that they must only obtain the operating authorization, prior accreditation of compliance with the safety conditions of the facilities and associated equipment; the incorporation of the criteria for the consideration of the same generation facility for the purposes of access and connection permits; the promotion of new business models; measures related to storage, independent aggregators, renewable energy communities, hybridization, high capacity recharging infrastructures (> 250kW), simplified authorization of R+D+i projects, regulatory test benches, simplified authorization of mobile network facilities, optimizing the use of the access capacity granted; improving energy efficiency by adapting the procedure for calculating the savings obligations of each obligated subject to provide the system with greater transparency and predictability for obligated subjects; the reform of the Environmental Assessment Law in order to streamline the procedures related to the scope document and the extensions of the environmental impact assessment and report, equating the regulation of these last two figures and, lastly, to ensure balance and liquidity in the electricity system, a necessary requirement for the continuity of activity and the promotion of new investments and, therefore, the success of the energy transition.<\/p>\r\n
Palabras clave: <\/strong>Energ\u00edas renovables. Transici\u00f3n energ\u00e9tica. Acceso y conexi\u00f3n a redes. Autorizaciones. Marco retributivo. Almacenamiento. Hibridaci\u00f3n. Veh\u00edculos el\u00e9ctricos.<\/p>\r\n
Keywords: <\/strong>Renewable energy. Energy transition. Connection to networks. Authorizations. Remuneration framework. Storage. Hybridization. Electric vehicles.<\/p>\r\n
Sumario:<\/strong><\/p>\r\n
1. Introducci\u00f3n<\/strong><\/p>\r\n
2. Medidas para el desarrollo ordenado e impulso de las energ\u00edas renovables<\/strong><\/p>\r\n
2.1. Criterios para ordenar el acceso y conexi\u00f3n a las redes de transporte y distribuci\u00f3n de electricidad<\/strong><\/p>\r\n
2.2. Desarrollo ordenado de instalaciones de producci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica a partir de fuentes de energ\u00eda renovables<\/strong><\/p>\r\n
2.3. Modificaci\u00f3n del Real Decreto 1955\/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci\u00f3n, comercializaci\u00f3n, suministro y procedimientos de autorizaci\u00f3n de instalaciones de energ\u00eda el\u00e9ctrica<\/strong><\/p>\r\n
3. Medidas para el impulso de los nuevos modelos de negocio<\/strong><\/p>\r\n
3.1. Almacenamiento<\/strong><\/p>\r\n
3.2. Hibridaci\u00f3n<\/strong><\/p>\r\n
3.3. Agregador independiente<\/strong><\/p>\r\n
3.4. Comunidades de energ\u00edas renovables<\/strong><\/p>\r\n
3.5. I + D + i<\/strong><\/p>\r\n
3.6. Estaciones de carga de veh\u00edculos el\u00e9ctricos e instalaciones m\u00f3viles<\/strong><\/p>\r\n
4. Medidas para el fomento de la eficiencia energ\u00e9tica: modificaci\u00f3n de la Ley 28\/2014<\/strong><\/p>\r\n
5. Modificaci\u00f3n de la Ley 21\/2013 de evaluaci\u00f3n ambiental<\/strong><\/p>\r\n
6. Otras disposiciones de inter\u00e9s<\/strong><\/p>\r\n
6.1. Capacidad de acceso de los nudos de transici\u00f3n justa<\/strong><\/p>\r\n
6.2.<\/strong> Destino del super\u00e1vit del Sector El\u00e9ctrico<\/strong><\/p>\r\n
7. Conclusiones<\/strong><\/p>\r\n
Summary:<\/strong><\/p>\r\n
1. Introduction<\/strong><\/p>\r\n
2. Measures for the orderly development and promotion of renewable energies<\/strong><\/p>\r\n
2.1. Criteria for ordering access and connection to electricity transmission and distribution networks<\/strong><\/p>\r\n
2.2. Orderly development of electrical energy production facilities from renewable energy sources<\/strong><\/p>\r\n
2.3. Modification of Royal Decree 1955\/2000, of December 1, which regulates the activities of transportation, distribution, marketing, supply and authorization procedures for electrical energy installations<\/strong><\/p>\r\n
3. Measures to promote new business models<\/strong><\/p>\r\n
3.1. Storage<\/strong><\/p>\r\n
3.2. Hybridization<\/strong><\/p>\r\n
3.3. Independent aggregator<\/strong><\/p>\r\n
3.4. Renewable energy communities<\/strong><\/p>\r\n
3.5. R + D + i<\/strong><\/p>\r\n
3.6. Electric vehicle charging stations and mobile facilities<\/strong><\/p>\r\n
4. Measures to promote energy efficiency: modification of Law 28\/2014<\/strong><\/p>\r\n
5. Modification of Law 21\/2013 on environmental assessment<\/strong><\/p>\r\n
6. Other provisions of interest<\/strong><\/p>\r\n
6.1. Access capability of fair transition nodes<\/strong><\/p>\r\n
6.2.<\/strong> Destination of the surplus of the Electricity Sector<\/strong><\/p>\r\n
Título: “Comentario al Real Decreto Ley 23/2020 de 23 de junio por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica”
Title: “Commentary to the Royal Decree Law 23/2020 of june 23, approving measures in the field of energy and in other areas for economic reactivation”
Autor: Carlos Fernández-Espinar Muñoz, Universidad Autónoma de Madrid. Investigador asociado en la Spin-off Ius Publicum Innovatio. Colaborador del Anuario de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid. carlos.fernandezespinar@gmail.com
Murcia aprueba la Orden por la que se establecen medidas de acceso y tránsito en el Parque Regional de Calblanque, Monte de las Cenizas y Peña del Águila
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DORM número 141 de 20 de junio de 2020
Palabras clave: Parque Natural. Acceso. Espacio natural protegido. Gestión. Lugar de Interés Comunitario (LIC). Red Natura 2000. Plan Ordenación Recursos Naturales (PORN).
Resumen:
El espacio natural de Calblanque, Monte de la Cenizas y Peña del Águila, fue declarado Parque Regional por la disposición adicional tercera, uno de la Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia. Además, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE, el espacio de Calblanque, Monte de las Cenizas y Peña del Águila tiene la consideración de Espacio Protegido Red Natura 2000 al encontrarse incluido en la lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) para la región biogeográfica mediterránea (ES6200001).
En el interior del Parque Regional es necesario adoptar medidas de conservación, que
Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (MOVES II) y concesión directa de las ayudas a las Comunidades Autónomas
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Real Decreto 569/2020, de 16 de junio, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla. (BOE núm. 169, de 17 de junio de 2020)
La primera edición del Programa MOVES cerró su vigencia el 31 de diciembre de 2019, con un grado de compromiso de fondos del 82,5% y un presupuesto comprometido de cerca de 37,2 millones de euros para dar respuesta a un total de 6.182 solicitudes.
Se considera conveniente aprobar una segunda edición denominada MOVES II, que modifica ciertos requisitos de la primera a fin de conseguir una mejor ejecución de los fondos
ANTELO MARTÍNEZ, Alejandro Ramón. La protección del suelo rústico en Galicia: evolución legislativa y situación actual. Actualidad administrativa, n. 2, 2020
FONT I LLOVET, Tomás; GALÁN GALÁN, Alfredo. Más allá de la autonomía local: de la despoblación rural al poder de las ciudades. Anuario del Gobierno Local (AGL), n. 1, 2019
LÓPEZ RAMÓN, Fernando. La lucha contra la despoblación rural. Anuario del Gobierno Local (AGL), n. 1, 2019
Minería:
GÓMEZ REY, Andrés. Confusiones de intersección entre las reservas temporales y las áreas excluibles de la minería. Ambiente jurídico, n. 23, 2018, pp. 47-66. Disponible en: http://revistasum.umanizales.edu.co/ojs/index.php/Ambientejuridico/article/view/3184 (Fecha de último acceso 07-07-2020).
GRADO, Valentina. The EU “conflict minerals regulation”: potentialities and limits in the light of the international standards on responsible sourcing. The Italian Yearbook of International Law, n. 27, 2018, pp. 235-257
LÓPEZ SOLANO, Cristian Alexis. ¿Seguridad jurídica en el sector minero? Una aproximación desde el principio de coordinación. Misión Jurídica: Revista de derecho y ciencias sociales, vol. 12, n. 16, enero-junio 2019, pp. 263-280. Disponible en: https://doi.org/10.25058/1794600X.994 (Fecha de último acceso 07-07-2020).
PENA GONZÁLEZ, Wendy. El caso Magrudis y los delitos relativos a los productos alimentarios. CEFLegal: revista práctica de derecho: comentarios y casos prácticos, n. 226, 2019, pp. 127-142
Ayudas:
Ayudas otorgados por determinadas disposiciones de la Ley alemana de 2012 relativa a las fuentes de energía renovables. La Ley Unión Europea, n. 69, 2019.
Calidad del aire:
Obligaciones de los Estados miembros en orden a la evaluación de la calidad del aire: criterios que permiten declarar la superación de los valores límite de dióxido de nitrógeno. La Ley Unión Europea, n. 72, 2019.
Caza:
FERNÁNDEZ-CORREDOR SÁNCHEZ-DIEZMA, Javier. Accidentes de tráfico por atropellos de especies cinegéticas. (Comentario a la STC de 17 de octubre de 2018). CEFLegal: revista práctica de derecho: comentarios y casos prácticos, n. 216, 2019
Competencias:
FERNÁNDEZ DE GATTA SÁNCHEZ, Dionisio. Real Decreto-Ley 1/2019, de 11 de enero, de medidas urgentes para adecuar las competencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a las exigencias derivadas del derecho comunitario en relación a las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de
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