“Portaria” n.º 67/2021, de 17 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos obligatorios que deben ser incluidos en los planes de cogestión de áreas protegidas
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 53, de 17 de marzo de 2021
Palabras clave: Cogestión. Áreas protegidas (AP). Parques naturales. “Instituto da Conservação da Natureza e das Florestas, I. P. (ICNF, I. P.)”.
Resumen:
El modelo de cogestión en áreas protegidas estaba ya previsto en la Resolución del Consejo de Ministros n.º 55/2018, de 7 de mayo, que aprobó la Estrategia Nacional de Conservación de la Naturaleza y Biodiversidad 2030 con la finalidad de establecer acuerdos de gestión colaborativa con las entidades presentes en el territorio de las referidas áreas protegidas. Este modelo fue adoptado e desarrollado por e “Decreto-Lei” n.º 116/2019, de 21 de agosto. De acuerdo con el mismo, las asociaciones de municipios ya constituidas, o que vayan a constituirse futuramente pueden participar en la gestión de áreas protegidas de ámbito nacional, siendo reconocidas
Sentencia de la Corte Suprema dictada en causa “Gallardo con Anglo American Sur S.A.”, Rol N°72.198-2020, de 18 de enero de 2021: Reconocimiento del Derecho Humano al Agua.
Autores: Pilar Moraga Sariego, Profesora Titular, Subdirectora del Centro de Derecho Ambiental, Universidad de Chile[1]; Camilo Cornejo Martínez, Instructor del Dpto. de Enseñanza Clínica del Derecho de la Universidad de Chile y profesor de Derecho Ambiental de la Universidad Católica Silva Henríquez.
Fuente: Sentencia Corte Suprema, Rol N°72.198-2020.
Palabras clave: Derecho Humano al Agua. Contenido y protección del derecho al agua.
Resumen:
En Chile, trece personas habitantes de la comuna de Nogales interpusieron una acción de protección en contra de Anglo American, alegando que la minera estaría haciendo un uso desmedido de sus derechos de aprovechamiento de agua, lo que a juicio de los recurrentes, habría afectado el abastecimiento hídrico de una parte de la comuna para necesidades básicas tales como: hidratación, cocina o higiene, cuestión que lesionaría, a juicio de los accionantes, el derecho a la vida y la integridad física y psíquica de los recurrentes. Tal situación sería ilegal, puesto que si bien la empresa es titular de
Real Decreto 178/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 71, de 24 de marzo de 2021
Palabras clave: Edificación. Eficiencia energética. Inspección. Consumo. Calefacción. Refrigeración. Contadores. Energías renovables.
Resumen:
Uno de los objetivos principales que se persigue con la aprobación de este Real Decreto es la transposición parcial a nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva (UE) 2018/844 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética. En tal sentido, se introducen nuevas definiciones y se modifican otras, como por ejemplo, instalación técnica; se prevén nuevas obligaciones relativas a los sistemas de automatización y control de estas instalaciones técnicas, la medida y evaluación de la eficiencia energética general en estas instalaciones y la
Orden de 22 de marzo de 2021, por la que se regula la práctica de la cetrería en la Comunidad Autónoma de Andalucía
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 59, de 29 de marzo de 2021
Palabras clave: Cetrería. Caza. Aves rapaces. Autorizaciones. Registro.
Resumen:
La cetrería es una modalidad de caza consistente en la utilización de aves rapaces adiestradas para el acoso, persecución y captura de especies cinegéticas. Es sostenible, al no producir impacto reseñable sobre las poblaciones presa, y selectiva, ya que el ave adiestrada generalmente captura a los individuos más mermados.
En el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres, contempla la cetrería como una actividad cinegética de carácter tradicional que requiere de autorización administrativa, habiendo sido desarrollada por el Decreto 126/2017, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ordenación de la Caza en Andalucía, condicionando su ejercicio a estar en posesión del
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla – La Mancha de 22 de octubre de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Jesús Martínez-Escribano Gómez)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 2508/2020 – ECLI: ES: TSJ CLM: 2020: 2508
Palabras clave: Autorizaciones y licencias. Montes. Procedimiento sancionador.
Resumen:
Mediante sentencia de 15 de octubre de 2018, un Juzgado de lo Contencioso Administrativo estimó el recurso contencioso administrativo presentado por una mercantil contra la desestimación del recurso de alzada interpuesto frente a Resolución del Director General de Política Forestal y Espacios Naturales de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, de 29 de junio de 2016, mediante la que se sancionó a la recurrente por la comisión de dos infracciones graves en materia de montes. La Administración recurrió en apelación la declaración de nulidad de pleno de derecho de estas resoluciones, dando origen al procedimiento de autos.
Entre las controversias suscitadas, la primera versa sobre la supuesta vulneración del principio non
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