Extremadura aprueba el desarrollo y aplicación de determinados aspectos sobre la identificación, registro y trazabilidad de los animales de las especies bovina, porcina, caprina y equina. (Decreto 50/2021, de 26 de mayo)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOE, número 103, de 1 de junio de 2021
Palabras clave: Agricultura. Ganadería. Sanidad animal.
Resumen:
En la actualidad se hace necesario seguir manteniendo un elevado nivel de seguimiento y refuerzo de los sistemas de identificación y registro de los animales de producción, tal y como éstos se definen en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
Particularmente, estos sistemas cobran vital importancia a la hora de poder establecer una eficaz trazabilidad en los movimientos de estos animales con el objetivo claro de asegurar eficazmente un alto nivel de seguridad alimentaria en los y las consumidoras, así como ofrecer el apoyo funcional necesario en las actuaciones sobre los programas de erradicación de determinadas enfermedades y en la aplicación del plan nacional de investigación de residuos, así como