Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de julio de 2021 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, número de recurso: 259/2020, Ponente: Ángeles Huet de Sande)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e Investigadora del Centro de Estudios de Derecho Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: STS 3331/2021 – ECLI:ES:TS:2021:3331
Palabras clave: Residuos. Vertederos. Competencias ejecutivas en medio ambiente. Entidades de acreditación. Entidades colaboradoras. Inspección.
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Abogado de la Generalidad de Cataluña contra el Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, del que se impugna su artículo 17.4, relativo a las entidades que deben realizar la inspección de los vertederos y a las que deben acreditarlas.
La cuestión fundamental que centra la controversia es determinar la legalidad del precepto impugnado, desde el punto de vista de su ajuste al esquema constitucional de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Este precepto atribuye la competencia para acreditar entidades colaboradoras en materia de inspección
Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de julio de 2021 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, número de recurso: 2866/2020, Ponente: Ángeles Huet de Sande)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e Investigadora del Centro de Estudios de Derecho Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: STS 3338/2021 – ECLI:ES:TS:2021:3338
Palabras clave: Dominio Público Hidráulico. Cauces públicos. Conservación, mantenimiento y limpieza. Confederaciones Hidrográficas. Potestades administrativas.
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la Abogacía del Estado contra la Sentencia de la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, de 22 de enero de 2020. Esta Sentencia estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Albaida de Aljarafe contra la Resolución del Jefe del Servicio de Actuaciones en Cauces de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, de 2 de abril de 2018, por la que se rechazaba el requerimiento previo al recurso contencioso-administrativo formulado por el Ayuntamiento de Albaida del Aljarafe interesando a aquel Organismo la limpieza del Arroyo de Valdegallinas en un determinado punto,
Sentencia 123/2021, de 3 de junio de 2021, del Pleno del Tribunal Constitucional (Ponente: Juan José González Rivas)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial del Estado. Núm. 161, de fecha miércoles 7 de julio de 2021
Palabras clave: ONG. Estudio de detalle. Urbanismo. Evaluación de impacto ambiental. Evaluación ambiental estratégica.
Resumen:
El origen de esta causa viene dado en la interposición por parte de la Federación de Ecologistas en Acción-Sevilla de un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sevilla por el que se aprueba definitivamente el modificado del estudio de detalle de la parcela ZE N1 del SUNP-GU-1 «Palmas Altas» promovido por entender que dicho acuerdo no era conforme a Derecho. La actora invoca que esa actuación tendrá importantes repercusiones ambientales, no se ha sometido a evaluación ambiental estratégica.
Respecto a la parte demandada, el Ayuntamiento de Sevilla y la codemandada (Lar España Shopping Centres VIII, S.L.U.) argumentaron la no existencia de la causa de nulidad alegada, porque el art. 40.4 a) y
Decreto 111/2021 de 6 de agosto, del Consell, de declaración de Paraje Natural Municipal el enclave denominado «La Caballera» en el término municipal de Titaguas
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana número 9163 de 31 de agosto de 2021.
Palabras clave: Espacio Natural Protegido. Paraje Natural Municipal. Custodia del Territorio.
Resumen:
El Paraje denominado «La Caballera» se sitúa en el extremo sudoccidental del municipio de Titaguas. Este enclave, de la comarca de los Serranos, constituye un ámbito de gran valor ecológico y paisajístico.
El paraje se sitúa sobre los relieves de la zona sur-occidental del Sistema Ibérico. Allí confluyen las estribaciones de la Sierra de Javalambre, por la margen izquierda del río Turia y las de la Serranía de Cuenca por su margen derecha. El río constituye así el eje fundamental de este espacio natural. Se trata de una zona caracterizada por estructuras tectónicas tabulares, con materiales muy fracturados y poco plegados, procedentes del jurásico y del cretácico. Entre ellos, se abre
Orden Foral 207E/2021, de 3 de agosto, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba la disposición reguladora de los métodos de control de especies cinegéticas causantes de perjuicios importantes para la salud o seguridad de las personas, para la agricultura, silvicultura, ganadería o para la fauna silvestre
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BON n. 216, de 14 de septiembre de 2021
Palabras clave: Caza. Especies. Daños. Agricultura. Ganadería. Silvicultura. Salud. Medidas excepcionales. Declaración responsable. Autorización.
Resumen:
La Ley Foral 17/2005 de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra tiene por objeto proteger, conservar, fomentar y ordenar el aprovechamiento de los recursos cinegéticos y pesqueros de la Comunidad Foral de Navarra de acuerdo con criterios de sostenibilidad, y concreta que la caza sólo podrá ejercitarse sobre terrenos declarados cotos de caza o zonas de caza controlada que cuenten con un Plan de Ordenación Cinegética en vigor.
En ocasiones, se ha podido comprobar que la actividad de caza ordinaria no es
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