Fuentes: Ecologistas en acción, 14 de mayo de 2008
Ecologistas en Acción y la Unión de Consumidores de España (UCE) han presentado una denuncia administrativa ante el Ministerio de Industria, el Instituto Nacional del Consumo, el Ministerio de Sanidad y Consumo, la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Consumo del Gobierno de Aragón y la Agència Catalana de Consum contra los principales fabricantes de automóviles por incumplimiento del Real Decreto 837/2002, relativo al consumo de combustible y a las emisiones de CO2 de los turismos nuevos. Además, se ha presentado la primera demanda judicial contra Peugeot por la publicidad correspondiente a los modelos Peugeot 407 Hdi y Peugeot 407 SW Hdi.
Véase más información en el sitio web de Ecologistas en Acción.
El Decreto 43/2008, de 11 abril (Diari Oficial de la Comunitat Valenciana 15 abril 2008, núm. 5742), modifica el Decreto 19/2004, de 13 de febrero de 2004, por el que se establecen normas para el control del ruido producido por los vehículos a motor. Modifica los procedimientos de inspección técnica de vehículos y ciclomotores. También modifica el Decreto 104/2006, de 14 de julio de 2006, de planificación y gestión en materia de contaminación acústica, con el fin de dotarle de una redacción más coherente y eliminar algunas incoherencias que existían en su contenido, en cuanto a la distribución de competencias en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Decreto 194/2008, de 6 mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente (BO. Junta de Andalucía 9 mayo 2008, núm. 92) de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Fuente: Europa Press, 13 de mayo
Abengoa Bioenergía reclama a la Comunidad Europea y al Gobierno español que clarifique el panorama normativo para poder seguir invirtiendo y desarrollando iniciativas en esta línea. Javier Salgado, presidente de Abengoa Bioenergía, ha señalado que no hay ninguna ley que regule y apoye el avance de los biocombustibles y que hasta que no exista una directiva europea clara, los países no realizarán normativas al respecto.
Fuente: Expansión (on-line), 8 de mayo de 2008
La Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ de Murcia (2007/304494) ha condenado a un ayuntamiento a que tome las medidas necesarias para impedir el funcionamiento de los bares que se encuentran en los bajos de un edificio de viviendas, mientras no conste de manera fehaciente y técnica que respetan la ley. La sala considera que este establecimiento no respeta los límites de emisión acústica legalmente establecidos, vulnerando en consecuencia el Derecho constitucional a la intimidad e inviolabilidad del domicilio.
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