Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia (DOG de 6 de junio de 2008).
Objeto: Desarrollo del régimen jurídico aplicable a las actividades mineras en la Comunidad Autónoma de Galicia.
La nueva norma nace con la pretensión de dotar a Galicia de un marco normativo actualizado que regule el sector minero, adaptado a las singularidades territoriales de la Comunidad Autónoma, coherente con la legislación ambiental aprobada con posterioridad a la legislación estatal de minas y capaz de solventar las deficiencias de la regulación del procedimiento de concesión de derechos mineros prevista en la normativa estatal.
I. Aspectos relevantes: Regula el procedimiento de otorgamiento y contenido de los derechos mineros, establece el Plan sectorial de actividades extractivas de Galicia, y define el reparto de competencias entre los diversos órganos de la Xunta.
Orden de 23 de Mayo de 2008, por la que se crea la Red Gallega de Ayuntamientos por la Sostenibilidad (DOGA nº 107, de 4 de Junio de 2008)
Objeto: Esta Orden crea la Red Gallega de Ayuntamientos por la Sostenibilidad, que nace como una Asociación voluntaria de Ayuntamientos que pretende impulsar el desarrollo efectivo de los planes de sostenibilidad local (Agenda 21 Local).
Los Ayuntamientos Gallegos que quieran adherirse a esta Red, deberán cumplir los siguientes requisitos: – Haber iniciado el proceso de implantación de la Agenda 21 Local en el Ayuntamiento – Adherirse a la Carta de Aalborg, comprometiéndose a potencial el desarrollo sostenible del Ayuntamiento mediante la participación ciudadana y la implicación de los sectores económicos y sociales – Comprometerse a la adhesión del Ayuntamiento a la Red de Ciudades y Ayuntamiento por el Clima
Visto el informe de seguimiento del episodio de sequía en Cataluña, presentado por la Agencia Catalana del Agua, en el que se analizan los valores y umbrales de los indicadores fijados en el Decreto 84/2007 de 3 de abril, de adopción de medidas excepcionales y de emergencia en relación con la utilización de los recursos hídricos, y habiendo evaluado el estado de la sequía que padece la Comunidad Autónoma de Cataluña, el Govern Catalán ha decidido declarar el Sistema Ter-Llobregat en situación de Excepcionalidad I.
La medida se ha justificado en base al incremento del volumen embalsado en la cuenca del sistema Ter – Llobregat, que abastece a una población de más de 5.5 millones de personas de Barcelona y su área metropolitana y que en menos de 15 días ha pasando de un 21,1% de su capacidad de embalse a un 56%.
La gran escasez de lluvias que afectó de forma generalizada a Cataluña en el verano de 2006 obligó a aprobar el Decreto 84/2007, de 3 de abril, de adopción de medidas
El 5 de junio de 2008 ha tenido lugar una sesión del Consejo de Medio Ambiente de la Unión Europea en el que se han examinado y debatido en torno el “Paquete legislativo de clima y energía”, que está compuesto por las siguientes propuestas:
– Proposición de Directiva del Parlamento europeo y del Consejo que modifica la Directiva 2003/87/CE para perfeccionar y ampliar el Régimen Comunitario de Comercio de Derechos de Emisión de gases de efecto invernadero (RCDE). Esta propuesta tiene por objeto racionalizar y ampliar el ámbito de aplicación del régimen comunitario, proporcionar más armonización y previsibilidad, permitir la vinculación con los regímenes de comercio de Derechos de emisión de terceros países y poner los medios adecuados para implicar a los países en desarrollo. Propone, entre otras cuestines, la introducción de la subasta como método de asignación en el año 2013, principalmente para la generación de electricidad, y una introducción paulatina en otros sectores hasta el año 2020.
Ley 4/2008, de 14 de mayo, de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible en las Islas Baleares (BOE, núm. 136, 5 de junio de 2008)
Objeto:
Esta ley tiene por objeto el establecimiento de unas medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible en las Islas Baleares.
En esta Ley se regulan las categorías del suelo, las reservas para vivienda protegida y la cesión de terrenos como consecuencia de las acciones de transformación urbanística y uso del suelo.
Dado que las Islas Baleares no disponen todavía de una normativa autonómica reguladora del régimen del suelo, es necesario establecer los conceptos de suelo urbano (distinguiendo entre el consolidado y el no consolidado), los servicios urbanísticos básicos y el concepto de solar, como elementos esenciales que sirven para aplicar las reservas de suelo para vivienda protegida, que son unos de los presupuestos básicos del Gobierno de las Islas Baleares.
También se desarrolla parcialmente la Ley estatal 8/2007, de 28 de mayo, del suelo, y se fija el porcentaje de la cesión de terrenos que tienen que ser entregados al ayuntamiento respectivo como consecuencia de una actuación de transformación urbanística.
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