2. Considera que el desarrollo sostenible, en particular en los pa\u00edses en desarrollo y en las econom\u00edas emergentes, con un reducido nivel de emisiones de efecto invernadero, una atm\u00f3sfera limpia y un abastecimiento energ\u00e9tico sostenible, s\u00f3lo puede conseguirse asegurando la utilizaci\u00f3n de tecnolog\u00edas renovables que permitan la utilizaci\u00f3n de los recursos energ\u00e9ticos locales y mejorando el acceso a la energ\u00eda favoreciendo las inversiones en el suministro a distancia y descentralizado;<\/p>\n
3. Cree que los objetivos clave del Fondo deben ser la promoci\u00f3n de la eficiencia energ\u00e9tica, el ahorro de energ\u00eda y las energ\u00edas renovables, la reducci\u00f3n de las emisiones de gases de efecto invernadero y de otros riesgos, la mejora del acceso a los servicios energ\u00e9ticos en los pa\u00edses m\u00e1s pobres y la diversificaci\u00f3n de las fuentes de energ\u00eda en el mundo en desarrollo;<\/p>\n
4. Se congratula especialmente de que el Fondo se centre en la movilizaci\u00f3n de la inversi\u00f3n privada proporcionando el capital de riesgo que ser\u00e1 vital a largo plazo para el desarrollo de proyectos energ\u00e9ticos sostenibles en el mundo en desarrollo;<\/p>\n
5. Pide a la Comisi\u00f3n que se asegure de que el apoyo a los proyectos y la elecci\u00f3n de la tecnolog\u00eda est\u00e9n sujetos al cumplimiento de criterios generales de sostenibilidad y a una contribuci\u00f3n al desarrollo sostenible, as\u00ed como a las caracter\u00edsticas geogr\u00e1ficas y a los recursos regionales disponibles;<\/p>\n
6. Insta a la Comisi\u00f3n a que, al ejecutar el Fondo, se centre en proyectos a escala reducida, para los que es m\u00e1s dif\u00edcil atraer inversi\u00f3n del sector privado; cree que la Comisi\u00f3n debe seguir revisando regularmente su umbral m\u00e1ximo de elegibilidad de 10 millones de euros para proyectos individuales, destinando al mismo tiempo por lo menos un tercio de los fondos disponibles a proyectos de escala reducida que requieran menos de un mill\u00f3n de euros;<\/p>\n
7. Pide a la Comisi\u00f3n que se asegure de que el apoyo a proyectos de biomasa, incluidos proyectos de tratamiento del agua y la depuraci\u00f3n de las aguas residuales en los pa\u00edses en desarrollo, est\u00e9 sujeto al cumplimiento de criterios rigurosos de sostenibilidad que garanticen que s\u00f3lo se apoyan las tecnolog\u00edas m\u00e1s sostenibles, teniendo en cuenta los efectos de todo el ciclo de vida de la biomasa en las emisiones de gases de efecto invernadero, la calidad del aire, la gesti\u00f3n rural, las condiciones socioecon\u00f3micas y la biodiversidad, incluida la preservaci\u00f3n de los bosques naturales y la garant\u00eda del abastecimiento alimentario para todos mediante la mejora de las mejores pr\u00e1cticas agr\u00edcolas locales;<\/p>\n
8. Insta a la Comisi\u00f3n a que se asegure de que el Geeref apoye proyectos fotovoltaicos y le pide que respalde el desarrollo de tecnolog\u00edas de redes inteligentes; insta en particular a que se lleven a cabo inversiones adaptadas a las poblaciones rurales pobres, tales como la electrificaci\u00f3n mediante energ\u00edas renovables (en particular, la energ\u00eda hidr\u00e1ulica, solar, e\u00f3lica y la biomasa), calentadores de agua solares, pasteurizadotes solares, cocinas solares, bombas e\u00f3licas y mejores fogones, y que se apoyen los sistemas de microcr\u00e9ditos destinados a fomentar la participaci\u00f3n local en los proyectos energ\u00e9ticos;<\/p>\n
9. Insiste en que el Geeref no debe apoyar grandes proyectos que requieran m\u00e1s de 1 mill\u00f3n de euros para las fuentes de energ\u00eda tradicionales y para la combusti\u00f3n combinada de biomasa en centrales el\u00e9ctricas de carb\u00f3n nuevas o existentes, el uso a peque\u00f1a escala de combustibles f\u00f3siles (por ejemplo en los generadores diesel) o la producci\u00f3n a gran escala de combustibles agr\u00edcolas; exhorta a la Comisi\u00f3n a que se asegure de que las inversiones de los subfondos patrocinados por el Geeref no respalden estos tipos de tecnolog\u00eda y de que los contratos de gesti\u00f3n correspondientes y los criterios de selecci\u00f3n excluyan los proyectos de este tipo;<\/p>\n
10. Cree que, donde sea posible, el apoyo debe centrarse en los proyectos que combinan tecnolog\u00edas energ\u00e9ticas renovables con una eficiencia energ\u00e9tica mejorada, por ejemplo, los proyectos destinados a mejorar los edificios existentes, el alumbrado y la cadena de refrigeraci\u00f3n;<\/p>\n
11. Pide que se establezca una coordinaci\u00f3n plena entre el Geeref y los futuros trabajos en el marco de la Plataforma para la cooperaci\u00f3n internacional sobre la eficiencia energ\u00e9tica propuesta por la Comisi\u00f3n, con el fin de mejorar la colaboraci\u00f3n en la investigaci\u00f3n y el desarrollo y la evaluaci\u00f3n comparativa;<\/p>\n
12. Insta a la Comisi\u00f3n a que garantice que el Fondo apoye el desarrollo de los mercados locales, las manufacturas y las capacidades en el mundo en desarrollo, por ejemplo, dando cobertura a las PYME locales de modo que puedan garantizar la comercializaci\u00f3n de nuevas tecnolog\u00edas en una regi\u00f3n particular;<\/p>\n
13. Cree que el Fondo debe tambi\u00e9n utilizarse para que especialmente las PYME de los Estados miembros puedan contribuir con sus conocimientos t\u00e9cnicos de tipo pr\u00e1ctico al desarrollo y la utilizaci\u00f3n de tecnolog\u00edas energ\u00e9ticas sostenibles en los pa\u00edses en desarrollo;<\/p>\n
14. Pide a la Comisi\u00f3n que se asegure de que el Fondo sea coherente con las dem\u00e1s pol\u00edticas de desarrollo de los Estados miembros y de la UE, as\u00ed como las iniciativas energ\u00e9ticas dirigidas a pa\u00edses en desarrollo, y las complemente;<\/p>\n
15. Pide a la Comisi\u00f3n que garantice que el Fondo complemente y funcione efectivamente junto con otras muchas iniciativas y fondos internacionales que actualmente apoyan proyectos energ\u00e9ticos sostenibles en el mundo en desarrollo, incluidos los que dirigen el Banco Mundial y los bancos de desarrollo regionales, as\u00ed como los que se pusieron en marcha en la Cumbre mundial sobre el desarrollo sostenible de 2002;<\/p>\n
16. Pide a la Comisi\u00f3n que asegure que el Fondo contribuya a reducir los obst\u00e1culos a la utilizaci\u00f3n de los mecanismos para un desarrollo limpio (MDL) que existen en algunos pa\u00edses, sobre todo en los menos desarrollados, y que siga fomentando aquellos proyectos de desarrollo limpio que tengan un valor a\u00f1adido real, incidan positivamente en el desarrollo sostenible y cumplan los criterios \u00abGold Standard\u00bb;<\/p>\n
17. Pide a la Comisi\u00f3n que explore las posibilidades de ampliar el Fondo en el futuro contexto del r\u00e9gimen aplicable despu\u00e9s de 2012 de conformidad con el Convenio marco de las Naciones Unidas sobre el cambio clim\u00e1tico, teniendo en cuenta que la energ\u00eda sostenible en los pa\u00edses en desarrollo ser\u00e1 esencial para alcanzar los objetivos del Convenio;<\/p>\n
18. Lamenta que el objetivo m\u00ednimo de financiaci\u00f3n de 100 millones de euros propuesto -con una contribuci\u00f3n anual de s\u00f3lo 15 millones para 2007 y 2008- sea totalmente inadecuado como contribuci\u00f3n del Geeref cuando lo que se pretende es \u00abaumentar el n\u00famero de proyectos en favor de la eficacia energ\u00e9tica y las energ\u00edas renovables y contribuir considerablemente al desarrollo sostenible\u00bb; lamenta asimismo que hasta ahora s\u00f3lo algunos pa\u00edses hayan decidido participar financieramente en el fondo; por consiguiente, insta a la Comisi\u00f3n a elevar su contribuci\u00f3n animando al mismo tiempo a los Estados miembros, as\u00ed como a las instituciones financieras multilaterales, a aunar sus fuerzas para aumentar significativamente el tama\u00f1o del Fondo; hace un llamamiento para que muchos m\u00e1s Estados miembros proporcionen ayuda financiera;<\/p>\n
19. Considera que un objetivo clave en los primeros a\u00f1os del Geeref, que es un fondo ampliable, debe ser el desarrollo de modelos que puedan atraer nuevas contribuciones, aumentando el flujo de inversiones en energ\u00edas renovables y en la eficiencia energ\u00e9tica en los pa\u00edses en desarrollo y las econom\u00edas en transici\u00f3n y evitando que caigan en la pobreza energ\u00e9tica muchas m\u00e1s personas de las previstas (de uno a tres millones);<\/p>\n
20. Destaca que el Geeref debe conceder prioridad a las necesidades espec\u00edficas de los pa\u00edses menos desarrollados y a las intervenciones que han demostrado haber contribuido de manera significativa a la reducci\u00f3n de la pobreza; se\u00f1ala que el Geeref debe apoyar a los subfondos regionales para el \u00c1frica Subsahariana, los Estados insulares del Caribe y el Pac\u00edfico, las regiones vecinas de Europa (incluidos el norte de \u00c1frica y la Europa del Este no perteneciente a la UE), Am\u00e9rica Latina y Asia; sin embargo, pide que se ponga un \u00e9nfasis especial en la respuesta a las necesidades de los pa\u00edses ACP; pide a la Comisi\u00f3n que, al asignar los recursos, se asegure de que \u00e9stos no se destinen \u00fanicamente a uno o dos subfondos; recomienda encarecidamente que los subfondos para China y Rusia, en caso de que est\u00e9n incluidos en la dotaci\u00f3n, no absorban todos los recursos disponibles y que revistan un inter\u00e9s particular como proyectos piloto;<\/p>\n
21. Reconoce, no obstante, que, tal y como se prev\u00e9 actualmente, el Geeref podr\u00eda encontrar dificultades para cumplir los criterios para la Ayuda Oficial al Desarrollo establecida por el Comit\u00e9 de Ayuda al Desarrollo de la OCDE, puesto que las inversiones estar\u00e1n m\u00e1s dirigidas por las perspectivas de resultados financieros que por las necesidades de desarrollo; reconoce que la reducci\u00f3n de la pobreza, mencionada como un objetivo espec\u00edfico del Geeref, corre el riesgo de convertirse en una prioridad secundaria del Fondo; por consiguiente, destaca que la Comisi\u00f3n, adem\u00e1s de elaborar criterios de desarrollo claros con miras a seleccionar los proyectos subvencionables para recibir financiaci\u00f3n del Geeref, debe aumentar significativamente la ayuda al desarrollo basada en subvenciones con el fin de prestar servicios energ\u00e9ticos renovables a las poblaciones m\u00e1s pobres;<\/p>\n
22. Pide a la Comisi\u00f3n que informe regularmente sobre los progresos en la ejecuci\u00f3n del Fondo y los proyectos objeto de apoyo, y que presente un informe provisional anual al Parlamento;<\/p>\n
23. Pide a la Comisi\u00f3n que proponga maneras de facilitar una comunicaci\u00f3n intensa, as\u00ed como el intercambio de experiencias por lo que se refiere a los distintos proyectos, sus resultados espec\u00edficos y su contribuci\u00f3n al desarrollo sostenible<\/p>","post_title":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Uni\u00f3n Europea","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"legislacion-al-dia-union-europea-15","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2011-06-03 12:32:21","post_modified_gmt":"2011-06-03 11:32:21","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"http:\/\/actualidadjuridicaambiental.wordpress.com\/?p=1175","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw"};-->
Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de marzo de 2008, sobre el Fondo mundial para la eficiencia energética y las energías renovables (2007/2188(INI)) (DOUE nº C66, de 20 de Marzo de 2.009)
Esta Resolución viene a establecer las siguientes consideraciones sobre el Fondo Mundial para la eficiencia energética y las energías renovables:
1. Acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión sobre un Fondo mundial para la eficiencia energética y las energías renovables (Geeref);
Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de marzo de 2008, sobre la agricultura sostenible y el biogás: necesidad de revisión de la legislación de la UE (2007/2107(INI)) (DOUE nº C66, de 20 de Marzo de 2.009)
La Resolución del Parlamento Europeo viene a establecer las siguientes consideraciones en relación a la agricultura sostenible y al biogás:
Biogás como recurso vital
1.Reconoce que el biogás es un recurso energético vital que contribuye a un desarrollo económico, agrícola y rural sostenible y a la protección del medio ambiente;
Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de marzo de 2008, sobre la política europea de transporte sostenible teniendo en cuenta las políticas europeas de la energía y del medio ambiente (2007/2147(INI)) (DOUE nº C66, de 20 de Marzo de 2.009)
Viene a establecer una serie de consideraciones, algunas de las cuales exponemos a continuación, en relación con el transporte sostenible:
1. Opina que la movilidad ha sido una de las principales realizaciones y desafíos del siglo XX y que un transporte sostenible debería lograr un equilibrio justo entre intereses diferentes y a menudo opuestos, intentando conciliar al mismo tiempo el derecho fundamental de los ciudadanos a la movilidad, la importancia del sector de los transportes para la economía y el empleo, la responsabilidad respecto del medio ambiente local y mundial y el derecho de los ciudadanos a la seguridad, la calidad de vida y la salud;
Orden ARM/817/2009, de 30 de marzo, por la que se modifica la Orden APA/254/2008, de 31 de enero, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo (BOE nº 79, de 1 de Abril de 2.009)
Modificación de la Orden APA/254/2008.
El artículo 4.3 de la Orden APA/254/2008, de 31 de enero, por la que establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo, queda redactado en los siguientes términos:
Orden PRE/777/2009, de 26 de marzo, por la que se incluyen en el anexo I del Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios, las sustancias activas bifenox, diflufenican, fenoxaprop-P, fenpropidina, quinoclamina, clofentecina, dicamba, difenoconazol, diflubenzurón, imazaquin, lenacilo, oxadiazón, picloram, piriproxifen, tritosulfurón y diurón (BOE nº 78, de 31 de Marzo de 2.009)
Modificación del Real Decreto 2163/1994.
El anexo I del Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios se modifica de la forma siguiente:
Se incluyen las siguientes sustancias activas: bifenox, diflufenican, fenoxaprop-P, fenpropidina, quinoclamina, clofentecina, dicamba, difenoconazol, diflubenzurón, imazaquin, lenacilo, oxadiazón, picloram, piriproxifen, tritosulfurón y diuron.
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