Sentencia del Tribunal Supremo 13 de noviembre de 2009 (Sala de lo Contencioso – Administrativo, Sección 5ª)
Autora de la Nota: Marta García Pérez. Profesora Titular de Derecho Administrativo de la UDC. Coordinadora del Observatorio del Litoral
Fuente: CENDOJ. Id Cendoj: 28079130052009100603
Palabras Clave: Ley de Costas, planeamiento urbanístico. Deslinde provisional y definitivo. Servidumbre de protección; derecho transitorio. Suelo urbano. Actos propios: doctrina jurisprudencial.
Resumen:
La parte actora había solicitado ante la Audiencia Nacional la anulación de la Orden aprobatoria del deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre en el tramo de costa de 2.971 metros del término municipal de San Fernando (Cádiz) comprendido entre la carretera de Camposoto y el muelle de Gallineras.
La Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional dictó sentencia el 11 de mayo de 2005 desestimando el recurso basándose en los siguientes fundamentos jurídicos, que se exponen de forma extractada:
[…] “Se alega, en esencia, que la línea probable de deslinde que fue tomada en consideración para la revisión del PGOU de San Fernando, informado favorablemente por la Administración de Costas,
El Observatorio del Litoral y el Instituto de Estudios Marítimos de la UDC, en colaboración con el Instituto de Medio Ambiente y Actualidad Jurídica Ambiental, tienen el placer de convocar el 1º Curso de especialización en materia de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente dirigido a estudiantes, profesionales del Derecho y demás público interesado en profundizar en el estudio de las citadas materias. (Véase: PROGRAMA DEL CURSO DE ESPECIALIZACIÓN)
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Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 10 de diciembre de 2009 – Comisión Europea / Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, asunto C-390/07
Palabras clave: incumplimiento de Estado; Directiva 91/271/CEE; tratamiento de las aguas residuales urbanas; Falta de identificación de determinadas zonas que habrían debido ser designadas como sensibles en virtud de la eutrofización y falta de aplicación de un tratamiento más riguroso de los vertidos de aguas residuales urbanas de las aglomeraciones que tengan un equivalente habitante superior a 10.000 en zonas sensibles o que habrían debido ser identificadas como sensibles; concepto de eutrofización; criterios; carga de la prueba; fecha pertinente para el examen de los elementos; ejecución de las obligaciones de recogida – Aplicación de un tratamiento más riguroso de los vertidos en las zonas sensibles.
Resumen:
La Comisión interpuso recurso por incumplimiento contra el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte por haber vulnerado las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (en concreto los artículos 3, apartados 1 y 2, 5, apartados
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 17 de diciembre de 2009 – Comisión Europea / Reino de Bélgica, asunto C-120/09
Palabras clave: incumplimiento de Estado; Directiva 1999/31/CE; vertido de residuos; conceptos de “almacenamiento subterráneo”, “gases de vertedero” y “eluato”; obligación de determinar los niveles de intervención a partir de los cuales puede considerarse que un vertedero tiene un efecto negativo importante sobre la calidad de las aguas subterráneas; no adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado por lo que atañe a la Región Valona.
Resumen:
La Comisión reprocha a la parte demandada no haber adaptado el Derecho de la Región Valona a los conceptos de “almacenamiento subterráneo”, “gases de vertedero” y “eluato”, previstos en el artículo 2, puntos f), j) y k), de la Directiva 1999/31/CE, relativa al vertido de residuos. La Comisión ha insistido en la importancia de dichos conceptos que, por ser elementos clave para la aplicación de la Directiva, figuran asimismo en otras disposiciones adoptadas sobre la base y en cumplimiento de esta última.
Por otra parte, la demandante ha puesto de manifiesto el hecho de que el Derecho valón
Sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra, de 24 de septiembre de 2009 (Jurisdicción civil, Sección 1ª , Ponente: María Esther Erice Martínez)
Autora de la nota: Patricia Valcárcel Fernández, Profesora del Área de Derecho Administrativo de la Universidad de Vigo.
Fuente:. WESTLAW. ID. nº JUR\2009\478849
Palabras clave: Contaminación acústica, inmisiones ilícitas; efectos de la contaminación acústica; indemnización por daño moral, cómputo de la cuantía indemnizatoria.
Resumen:
La sentencia resuelve, en sentido desestimatorio, un recurso de apelación interpuesto por France Telecom España SA contra una sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Pamplona, que la condenaba a pagar una indemnización a los miembros de una familia a resultas de los daños padecidos por su exposición continuada a los ruidos que por encima de los umbrales permitidos emitía una antena de dicha entidad.
Esta sentencia da por buenos los hechos probados en la instancia y partiendo de la consciencia de los daños de diversa índole que puede ocasionar la exposición a este tipo de contaminación, -tanto es así que reproduce con bastante profusión
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