Título: “Novedades del Derecho Ambiental y su incidencia en Galicia”
Autor: Rubén Rodríguez Escobar. Abogado especialista en Derecho Ambiental
Fecha de recepción: 4 de diciembre de 2009
Fecha de aceptación: 10 de diciembre de 2009
Resumen:
Partiendo del análisis de la normativa estatal y autonómica vigente, este artículo se aproxima a la cuestión relativa a la situación actual del Derecho ambiental en Galicia haciendo hincapié en sus debilidades y fortalezas. En este sentido, el autor llama la atención sobre los problemas que derivan de la ingente proliferación de instrumentos y la dispersión que actualmente dominan el panorama normativo ambiental a nivel autonómico y en especial, sobre el alto riesgo de incumplimiento de la normativa ambiental que provoca esta situación. En atención al problema señalado, culmina esta exposición una propuesta de lege ferenda, útil a su juicio como fórmula para abordarlo.
Sentencia del Tribunal Supremo 30 de septiembre de 2009 (Sala de lo Contencioso – Administrativo, Sección 5ª)
Autora de la nota: Marta García Pérez. Profesora Titular de Derecho Administrativo de la UDC. Coordinadora del grupo de investigación “Observatorio del Litoral”
Fuente: CENDOJ. Id Cendoj: 28079130052009100512
Palabras Clave: Ley de Costas; Reglamento de Costas; deslinde del dominio público marítimo-terrestre; marismas; terrenos inundables; derecho transitorio; Recurso de casación: alcance; prueba.
Resumen: Se impugna en este recurso de casación nº 3963/2005 la sentencia de la Sala de lo contencioso Administrativo, Sección Primera, de la Audiencia Nacional, de fecha 11 de mayo de 2005, desestimatoria del recurso interpuesto por la entidad mercantil “Almejas y Pescados de Puerto Real, SA” contra la resolución del Ministerio de Medio Ambiente, de 28 de diciembre de 2001, aprobatoria del deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre de unos 10.896 metros de longitud, de las marismas y caños comprendidos entre la carretera nacional IV, el caño de Sancti Petri y la Bahía de Cádiz, en el término municipal de Puerto Real -Cádiz-.
Reglamento (CE) nº 1163/2009 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2009, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 417/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la introducción acelerada de normas en materia de doble casco o de diseño equivalente para petroleros de casco único (DOUE L 314, de 1 de diciembre de 2009, págs. 13-14)
Autora de la Nota: Remedios Zamora Roselló. Área de Derecho Administrativo. Universidad de Málaga.
Las modificaciones introducidas en el Convenio Marpol, que entraron en vigor a lo largo del año 2007, se encuentran en el origen de los cambios introducidos en la normativa comunitaria. El Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional revisó por completo el anexo I del Convenio en el año 2004, y modificó la definición de petroleros pesados que figura en la Regla 21(2) en el año 2006.
El Reglamento de la Unión Europea relativo a la introducción acelerada en materia de doble casco o diseño equivalente para petroleros de casco único hace referencia a las definiciones y reglas contenidas en el citado anexo I, por lo que las últimas reformas que ha
ZAMORA ROSELLÓ, Mª R.: Régimen jurídico de la seguridad marítima, Netbiblo, Oleiros, 2009
Autor de la Nota: Francisco Javier Sanz Larruga. Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidade da Coruña. Director del Grupo de Investigación “Observatorio del Litoral”
Fruto de la elaboración de una tesis doctoral dirigida por el Profesor SÁNCHEZ BLANCO, Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Málaga, la doctora ZAMORA ROSELLÓ profundiza en su trabajo sobre la noción jurídica y el alcance de la seguridad marítima. Se trata de un concepto que tiene su origen en el Derecho Internacional del Mar y que posteriormente se ha desarrollado en el seno del Derecho Comunitario y, por ende, en el ámbito de los Derechos nacionales. Es un buen ejemplo de cómo la globalización jurídica afecta a instituciones del Derecho Público.
La política de seguridad marítima en la Unión Europea, que traspasa los confines del medio ambiente marino para extenderse a otros campos de la futura política marítima comunitaria integrada (lucha contra la piratería, control del tráfico de personas, etc.), se ha convertido en una nueva función pública comunitaria con sus propios organismos rectores (el Comité de Seguridad Marítima
Sentencia del Tribunal Supremo 30 de septiembre de 2009 (Sala de lo Contencioso – Administrativo, Sección 5ª)
Autora de la nota: Marta García Pérez. Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidade de Coruña. Coordinadora del Grupo de Investigación “Observatorio del Litoral”
Fuente: CENDOJ. Id Cendoj: 28079130052009100496
Palabras Clave: Ley de Costas ; Reglamento de Costas ; deslinde del dominio público marítimo-terrestre ; marimas.
Resumen: Se impugna en este recurso de casación nº 3867/2005 la sentencia que la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, de la Audiencia Nacional dictó en fecha 13 de abril de 2005, desestimatoria del recurso interpuesto por la entidad mercantil “Proasal, Salinera de Andalucía, SL” contra la desestimación del recurso de reposición interpuesto frente a la resolución del Ministerio de Medio Ambiente de 31 de enero de 2001 aprobatoria del deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre de unos 7.476 metros de longitud de las marismas del río Guadalquivir (margen izquierda) comprendidas entre el puerto de Bonanza y la laguna de Tarelo, término municipal de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz).
La entidad mercantil recurrente solicitó en su demanda, además de la anulación del deslinde en
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