Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de junio de 2010 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Ponente: Eduardo Calvo Rojas)
Autora de la nota: Eva Blasco Hedo, Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Fuente: CENDOJ STS 3027/2010.
Temas Clave: Trasvase Tajo-Segura, evaluación de impacto ambiental, principios de audiencia y de lealtad.
Resumen:
Es objeto de examen el recurso interpuesto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de diciembre de 2007, por el que se autorizó un trasvase de la cabecera del Tajo, para los meses de enero, febrero y marzo, destinado al abastecimiento humano de los municipios y el riego.
La parte recurrente interesa la nulidad del acuerdo anterior porque entiende que en el expediente administrativo no existe indicación alguna sobre los cultivos y explotaciones agrarias que necesitarían agua con tal urgencia; en segundo lugar por haberse vulnerado el trámite de alegaciones y el principio de lealtad por no haberse incorporado al expediente un estudio técnico relativo a la situación hídrica del trasvase presentado por la administración recurrente ni haberle dado la
Instrumento de Ratificación del Protocolo sobre evaluación ambiental estratégica al Convenio sobre la evaluación del impacto en el medio ambiente en un contexto transfronterizo, hecho en Kiev el 21 de mayo de 2003 (BOE nº 162, de 5 de julio de 2010)
Autor de la nota: Jesús Spósito Prado. Investigador del Área de Derecho Administrativo
El pasado 5 de julio el número 162 del BOE publicó el Protocolo sobre evaluación ambiental estratégica, celebrado en Kiev el 21 de mayo de 2003, en la 5ª conferencia Ministerial Pan-Europea “Medio Ambiente para Europa”, que reconoce la importancia de la integración de consideraciones medioambientales para alcanzar un desarrollo sostenible, incluida la salud, en la adopción de planes, programas y leyes y su extensión a medidas políticas y legislativas e incluye la obligación de incorporar al proceso de elaboración de los planes y los programas, públicos o privados, la variable medioambiental y la de salud como dos elementos de consideración en la confección del programa o plan en cuestión.
El Protocolo, ratificado el 23 de noviembre de 2009, ha entrado en vigor de forma general y para España el pasado 11 de julio de 2010, de
Ley 12/2010, de 21 de julio, de la Gerneralitat, de Medidas Urgentes para Agilizar el Ejercicio de Actividades Productivas y la Creación del Empleo (DOCV núm. 6316, de 22 de julio)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Ante la situación de crisis económica que atraviesa España, resultó preciso adoptar una serie de medidas de carácter urgente que contribuyeran, directa o indirectamente, a favorecer la recuperación de los sectores productivos y la creación de empleo en la Comunidad Valenciana, que se tradujeron, en la promulgación del Decreto-Ley 2/2010, de 28 de mayo, del Consell (DOCV núm. 6278, de 31 de mayo), posteriormente validado por Resolución 363/VII, de 16 de junio de 2010, del Pleno de Les Corts (DOCV núm. 6293, de 21 de junio).
La presente Ley, convalida (salvo alguna novedad puntual introducida) las medidas adoptadas en su día por el Decreto-Ley, adoptando un conjunto de disposiciones dirigidas por un lado, a simplificar los procedimientos urbanísticos para facilitar la implantación de actividades productivas, y por otro, a potenciar el máximo aprovechamiento de los recursos disponibles para impulsar la inversión
Fuente: Fundación Biodiversidad. Última consulta: 16/08/2010
La Fundación Biodiversidad, fundación pública del Gobierno de España, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, ha convocado la segunda edición de los Premios Fundación Biodiversidad.
Estos galardones pretenden reconocer la labor de todas aquellas personas y organizaciones que, con su trabajo, contribuyen al desarrollo sostenible del medio rural y pesquero, así como a la conservación y el conocimiento del patrimonio natural y de la biodiversidad.
Dotados con un importe global de 101.000 euros, los galardones se presentan en sociedad con una campaña que anima a emprendedores y a creadores a dar a conocer sus proyectos ambientales: “Si has emprendido una actividad económica que contribuya a mantener los valores ecológicos de tu territorio; si perteneces a una organización que esté desarrollando un proyecto vinculado a la conservación de especies, hábitats o recursos genéticos; si has desarrollado una técnica innovadora para luchar contra la contaminación marítima y del litoral; si a través de una fotografía, un documental o cortometraje, un reportaje o una creación literaria has conseguido plasmar los retos y las oportunidades asociadas a un desarrollo sostenible. Eres candidato a los Premios Fundación Biodiversidad”.
Decreto 132/2010, de 6 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón (BOA núm. 141, de 20 de julio).
Autora de la nota: Celia María Gonzalo, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
La ya derogada Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, regulaba de manera conjunta el Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón y las Comisiones Provinciales de Ordenación del Territorio de Zaragoza, Huesca y Teruel, definiéndolos como órganos colegiados con competencia en materia de urbanismo y ordenación del territorio. Creados con la finalidad de asegurar la coherencia y coordinación de la actuación pública en materia de ordenación del territorio, urbanismo, medio ambiente y patrimonio cultural, se han regido hasta la fecha por el Reglamento aprobado por el Decreto 216/1993, de 7 de diciembre de la Diputación General de Aragón.
La aprobación de la nueva Ley 3/2009, de 17 de junio, de urbanismo de Aragón ha supuesto la creación de órganos colegiados nuevos, esto es el Consejo Urbanismo de Aragón y
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