Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de marzo de 2010 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: D. Eduardo Calvo Rojas).
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Fuente: CENDOJ. ID: 28079130052010100129.
Temas Clave: clasificación del suelo; potestad reglada vs. potestad discrecional; suelo no urbanizable; preservación del valor ambiental, natural, paisajístico y ecológico del suelo.
Resumen:
La sentencia examina los recursos de casación interpuestos por el Ayuntamiento de las Navas del Marqués, la Comunidad Autónoma de Castilla y León y la entidad Residencial Aguas Nuevas S.L., contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 29 de septiembre de 2006, en la que se estimó en parte, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Everardo, contra el acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Ávila de 30 de abril de 2003, que aprobaba definitivamente la Revisión de las Normas Urbanísticas Municipales de Las Navas del Marqués (Ávila), y contra la Orden de la Consejería de Fomento de fecha de 23 de octubre de 2003, que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra el
Decreto catalán 68/2010, de 25 de mayo, sobre tramitación y aprobación de los documentos reconocidos del Código Técnico de la Edificación y del Registro General del Código Técnico de la Edificación (DOGC núm. 5638, de 28 de mayo de 2010)
Autora de la nota: Lucía Casado Casado. Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona
Resumen:
El Decreto 68/2010, de 25 de mayo, adoptado de acuerdo con las competencias que el Estatuto de Autonomía otorga a la Generalitat en su artículo 137, tiene por objeto establecer el procedimiento de tramitación y aprobación de los documentos reconocidos del Código Técnico de la Edificación, con el fin de adecuar este Código a las concretas exigencias del territorio y de la población de Cataluña. El cumplimiento de esta finalidad se realiza a través de la Subcomisión sobre la aplicación del Código Técnico de la Edificación en Cataluña, que se adscribe al Consejo de Calidad, Sostenibilidad e Innovación de la Vivienda, a quien corresponde emitir los informes técnicos sobre las solicitudes de reconocimiento de los documentos presentados, para la aprobación de los documentos reconocidos
Ley catalana 15/2010, de 28 de mayo, de declaración del Parque Natural del Montgrí, las Islas Medes y el Bajo Ter, de dos reservas naturales parciales y de una reserva natural integral (DOGC núm. 5642, de 3 de junio de 2010)
Autora de la nota: Lucía Casado Casado. Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona
Resumen:
Esta Ley tiene por objeto declarar el Parque Natural del Montgrí, las Islas Medes y el Bajo Ter; y declarar, dentro del ámbito del Parque Natural, la reserva natural parcial marina de las Medes, la reserva natural parcial de los humedales del Bajo Ter y la reserva natural integral de las Islas Medes. Asimismo, establece un marco jurídico y crea los mecanismos de planificación, gestión y protección de la legalidad necesarios para conservar y, en su caso, restaurar los sistemas naturales terrestres y marinos de los espacios de protección especial y que se declaran, y para promover los valores geológicos, botánicos, faunísticos, ecológicos, paisajísticos, culturales, educativos, científicos, productivos y sociales que contienen. También delimita definitivamente el espacio del Plan de Espacios de Interés
Ley 5/2010, de 28 de mayo, de modificación de la Ley 4/2000, de 27 de junio , de Declaración del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina (Palencia). (Boletín Oficial de Castilla y León nº 104, miércoles 2 de junio de 2010).
Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat.
Temas clave: Espacios Naturales Protegidos; Evaluación ambiental.
Resumen:
Se ha venido observando que, tras la aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña (Palencia) y su posterior declaración como espacio natural, integrante de la Red Natura 2000, la evolución socioeconómica de los municipios incluidos en este espacio natural mantiene un continuo retroceso, con merma de población, en especial de los tramos más jóvenes, y deterioro de las rentas de sus habitantes. Situación que demuestra que las medidas hasta ahora puestas en marcha son insuficientes, incluidas las vinculadas a la creación del propio Parque. Por lo que se considera apropiada la adopción de las medidas oportunas, a través del esta Ley, para permitir la evaluación ambiental de las actividades que se pretenden llevar a cabo en el ámbito del Parque, garantizando a través de este procedimiento su
Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. (DOCM núm. 97, de 21 de mayo)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
El presente Decreto Legislativo, tiene por objeto la refundición, aclaración y armonización de las disposiciones legales existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
Se unifica en un único texto normativo, el Decreto Legislativo 1/2004, de 28 de diciembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística (modificado por la Ley 7/2005 de 7 de julio y la Ley 12/2005, de 27 de diciembre), con las disposiciones contenidas en la Ley 2/2009, de 14 de mayo, de Medidas Urgentes en Materia de Vivienda y Suelo.
Resulta interesante destacar algunas disposiciones del régimen transitorio que establece el Decreto Legislativo en virtud de las cuales:
– Las modificaciones legislativas introducidas por la Ley 2/2009, de 14
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