Orden ARM/2616/2010, de 5 de octubre, por la que se establece la composición y funcionamiento del Comité de Participación en el marco del Consejo Interministerial de Organismos Modificados Genéticamente (BOE núm. 246, de 11 de cotubre de 2010)
Resumen:
El Real Decreto 367/2010, de 26 de marzo, de modificación de diversos reglamentos del área de medio ambiente para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley de libre acceso a actividades de servicios y su ejercicio, modifica, en su artículo 19, el Real Decreto 178/2004, de 30 de enero, por el que se aprueba el Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente. En la disposición derogatoria única del Real Decreto 367/2010, de 26 de marzo, antes mencionado, se deroga el Real Decreto 1697/2003, de 12 de diciembre, por el que se creaba la Comisión Nacional de Biovigilancia,
Real Decreto 1227/2010, de 1 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1130/2008, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (BOE núm. 239, 2 de octubre de 2010)
Resumen:
El Consejo de Ministros de 30 de abril de 2010, aprobó el Real Decreto 495/2010, de 30 de abril, por el se aprueba la estructura orgánica básica de los Departamentos Ministeriales, con la finalidad de conseguir la máxima eficacia y racionalidad en la acción de la Administración.
De conformidad con esas mismas directrices de austeridad, en el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, se dicta el presente real decreto en el que se procede a la reducción de dos Subdirecciones Generales y a la introducción de diferentes modificaciones en la estructura de la Secretaría General del Mar para delimitar con mayor precisión las funciones que se atribuyen a cada una de las Direcciones Generales que la integran y adaptarlas a los cambios producidos en el entorno administrativo y legislativo.
Principalmente los cambios introducidos están vinculados al ejercicio de las competencias que atribuye
Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre, por el que se aprueban las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas y se modifica el Plan General de Contabilidad aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre (BOE núm. 232, 24 de septiembre de 2010)
Resumen:
Esta disposición contiene las normas de elaboración de las cuentas anuales consolidadas en sintonía con los criterios y modelos de presentación del Plan General de Contabilidad. Destaca desde nuestra perspectiva la información sobre medio ambiente que debe ser contenida en la Memoria consolidada de las empresas:
“a) Descripción y características de los sistemas, equipos e instalaciones más significativos incorporados al inmovilizado material, cuyo fin sea la minimización del impacto medioambiental y la protección y mejora del medio ambiente indicando su naturaleza, destino, así como el valor contable y la correspondiente amortización acumulada de los mismos siempre que pueda determinarse de forma individualizada, así como las correcciones valorativas por deterioro, diferenciando las reconocidas en el ejercicio, de las acumuladas. b) Gastos incurridos en el ejercicio cuyo fin sea
Real Decreto 1131/2010, de 10 de septiembre, por el que se establecen los criterios para el establecimiento de las zonas remotas a efectos de eliminación de ciertos subproductos animales no destinados a consumo humano generados en las explotaciones ganaderas (BOE núm. 239, 2 de octubre de 2010)
Resumen:
Mediante el Real Decreto 1429/2003, de 21 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano, se han dictado las disposiciones específicas de aplicación en España del Reglamento (CE) n.º 1774/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de octubre de 2002, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano.
El artículo 24 del Reglamento (CE) n.º 1774/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de octubre de 2002, establece excepciones al régimen general de eliminación de los subproductos de origen animal. En aplicación de dicho precepto, el artículo 9.1.b) del Real Decreto 1429/2003, de 21 de noviembre, contempla los supuestos de incineración o enterramiento, realizados in situ en ambos casos, de determinados subproductos procedentes
Real Decreto 1130/2010, de 10 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros (BOR núm. 239, 2 de octubre de 2010)
Resumen:
El Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros, incorporó al ordenamiento jurídico interno la Directiva 2000/29/CE, del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad.
La Directiva 2009/143/CE, del Consejo, de 26 de noviembre de 2009, por la que se modifica la Directiva 2000/29/CE en lo relativo a la delegación
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