<\/p>\r\n

El r\u00e9gimen del pago \u00fanico se regula en el T\u00edtulo II especific\u00e1ndose qui\u00e9nes pueden ser beneficiarios, estableci\u00e9ndose como requisito esencial que cada derecho de ayuda por el que se solicite el pago \u00fanico deber\u00e1 justificarse con una hect\u00e1rea admisible ubicada en el territorio nacional, que debe reunir las condiciones establecidas en el art. 8. Se prev\u00e9 un r\u00e9gimen espec\u00edfico para la justificaci\u00f3n de derechos especiales y excepcionales con superficie y cambio de tipolog\u00eda as\u00ed como respecto a los derechos de ayuda utilizados<\/p>\r\n

Se dispone la identificaci\u00f3n \u00fanica de los productores que presenten solicitudes para diferentes reg\u00edmenes de ayuda y la identificaci\u00f3n de las parcelas agr\u00edcolas utilizando las t\u00e9cnicas del sistema de informaci\u00f3n geogr\u00e1fica de parcelas agr\u00edcolas. Asimismo, se establece una \u00fanica solicitud para todos los reg\u00edmenes de ayuda que solicite el agricultor, incluido el r\u00e9gimen del pago \u00fanico.<\/p>\r\n

El T\u00edtulo III comprende los Reg\u00edmenes de ayuda espec\u00edfica a los cultivos. En primer lugar, se regula la ayuda al cultivo del algod\u00f3n. Asimismo, se mantiene la ayuda prevista para los productores de remolacha azucarera y ca\u00f1a de az\u00facar por un per\u00edodo m\u00e1ximo de cinco a\u00f1os consecutivos a partir de la campa\u00f1a 2009\/2010, sobre todo para amortiguar los efectos de restructuraci\u00f3n del sector. En relaci\u00f3n al sector de los frutos de c\u00e1scara es preciso que, en el primer a\u00f1o de aplicaci\u00f3n de cambio de r\u00e9gimen de ayudas, se mantenga la ayuda nacional por superficie, con el objeto de amortiguar los efectos de la disociaci\u00f3n de la ayuda comunitaria.<\/p>\r\n

El t\u00edtulo IV se destina a los Reg\u00edmenes de Ayuda por ganado vacuno que exigir\u00e1 su Identificaci\u00f3n y registro as\u00ed como medidas de control respecto al uso o tenencia de sustancias prohibidas.<\/p>\r\n

En aplicaci\u00f3n del art\u00edculo 68 del Reglamento (CE) n.\u00ba 73\/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, se conceden ayudas espec\u00edficas hasta el 10 por ciento del l\u00edmite m\u00e1ximo nacional para abordar aspectos medioambientales, de bienestar animal y mejorar la calidad o la comercializaci\u00f3n de los productos agr\u00edcolas, as\u00ed como para atenuar las consecuencias de la supresi\u00f3n de la cuota l\u00e1ctea y de la disociaci\u00f3n de algunos sectores particularmente sensibles. Para poder cumplir con las obligaciones internacionales, los recursos que puedan destinarse a cualquier ayuda asociada a la producci\u00f3n deben limitarse a un nivel apropiado.<\/p>\r\n

Se establecen los Programa nacionales para el fomento de rotaciones de cultivo en tierras de secano, para el fomento de la calidad de las legumbres,\u00a0 de actividades agr\u00edcolas espec\u00edficas que reporten mayores beneficios agroambientales en determinadas especies del sector de los frutos de c\u00e1scara, para el fomento de la calidad del tabaco, del algod\u00f3n y de la remolacha azucarera. En todos estos programas se determinan el objeto, su \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n, producci\u00f3n, dotaci\u00f3n, beneficiarios y primas.<\/p>\r\n

Tambi\u00e9n se regulan las ayudas a los agricultores que ejerzan actividad ganadera para la mejora de la calidad de la carne de vacuno, teni\u00e9ndose en cuenta Indicaciones Geogr\u00e1ficas Protegidas, Denominaciones de Origen Protegidas, Ganader\u00eda Ecol\u00f3gica, Ganader\u00eda Integrada y\u00a0 Etiquetado. Tambi\u00e9n las ayudas para compensar desventajas espec\u00edficas que afectan a los agricultores que mantienen vacas nodrizas, ayudas para la mejora de la calidad de las producciones de ovino y caprino y ayudas para la mejora de la calidad de la leche y los productos l\u00e1cteos de vaca.<\/p>\r\n

En el t\u00edtulo VI se regulan las Solicitudes, el control, la compatibilidad y el pago de las ayudas as\u00ed como las comunicaciones, teni\u00e9ndose en cuenta que los agricultores que deseen obtener en el a\u00f1o alguna o algunas de las ayudas citadas deber\u00e1n presentar una solicitud \u00fanica seg\u00fan lo establecido en el anexo I y comprobar que la informaci\u00f3n contenida en el SIGPAC coincida con la superficie de sus parcelas.<\/p>\r\n

Este Real Decreto se completa con catorce anexos, entre los que sobresale el primero relacionado con la informaci\u00f3n m\u00ednima que debe contener la solicitud \u00fanica y otros sobre cultivos e \u00edndices de rendimiento comarcal o \u00edndices de barbecho simplificado.<\/p>\r\n

Por \u00faltimo, no se debe olvidar que el 12 de octubre de 2011 la Comisi\u00f3n Europea present\u00f3 las propuestas legislativas relativas a \u00abLa PAC en el horizonte de 2020\u00bb,<\/em> que constituye la base de los debates sobre la reforma de la PAC hasta alcanzar el acuerdo que permita aplicar una PAC reformada a partir de 2014, por lo que es de esperar que esta nueva normativa tenga vigencia hasta el 2014.<\/p>\r\n

Entrada en vigor: <\/strong>25 de enero de 2012<\/p>\r\n

Normas afectadas:<\/strong><\/p>\r\n

Queda derogado el Real Decreto 66\/2010, de 29 de enero, sobre la aplicaci\u00f3n en el a\u00f1o 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y a la ganader\u00eda de 31 de enero de 2010, a excepci\u00f3n de la disposici\u00f3n adicional primera, la disposici\u00f3n transitoria segunda y la disposici\u00f3n final tercera.<\/p>\r\n

Modificaci\u00f3n del Real Decreto 1680\/2009, de 13 de noviembre, sobre la aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen de pago \u00fanico en la agricultura y la integraci\u00f3n de determinadas ayudas agr\u00edcolas en el mismo a partir del a\u00f1o 2010 (El primer p\u00e1rrafo de la definici\u00f3n de hect\u00e1rea admisible del apartado d) del art\u00edculo 2, se a\u00f1ade el apartado 4 en el art\u00edculo 10, se modifica la letra c del apartado 1 del art\u00edculo 18, el apartado 2.c.1.\u00ba del art\u00edculo 23, el apartado 3 del art\u00edculo 27 y se a\u00f1ade el anexo XX)<\/p>\r\n

Modificaci\u00f3n del Real Decreto 486\/2009 de 3 de abril, por el que se establecen los requisitos legales de gesti\u00f3n y las buenas condiciones agrarias y medioambientales que deben cumplir los agricultores que reciban pagos directos en el marco de la pol\u00edtica agr\u00edcola com\u00fan, los beneficiarios de determinadas ayudas de desarrollo rural, y los agricultores que reciban ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuraci\u00f3n y reconversi\u00f3n y a la prima por arranque del vi\u00f1edo. (Se elimina el apartado h), Uso del agua y riego, del punto 4 del anexo II y se a\u00f1ade el punto 5 al anexo II)<\/p>\r\n

\u00a0<\/p>","post_title":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. Agricultura. Ganader\u00eda","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"legislacion-al-dia-estado-agricultura-ganaderia","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2012-02-16 16:17:15","post_modified_gmt":"2012-02-16 14:17:15","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"https:\/\/www.actualidadjuridicaambiental.com\/?p=7685","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw","post_title_ml":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. Agricultura. Ganader\u00edaLegislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. Agricultura. Ganader\u00edaLegislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. Agricultura. Ganader\u00eda","post_title_langs":{"es":true,"en":true,"fr":true}};-->

27 febrero 2012

España Legislación al día

Legislación al día. Estado. Agricultura. Ganadería

Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre la aplicación a partir del 2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería. (BOE núm. 20, de 24 de enero de 2012)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT

Temas Clave: Agricultura; Ayudas; Financiación comunitaria; Ganadería; Política Agrícola común; Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola

Resumen:

Este Real Decreto tiene por objeto establecer la normativa básica aplicable a partir del año 2012 a los regímenes de ayuda comunitarios establecidos en el Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo, de 29 de enero de 2009, por el que se establecen disposiciones política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores.

En el Título I se determinan las Disposiciones Generales que recogen el objeto y ámbito de aplicación de esta norma, las definiciones esenciales así como los límites presupuestarios de los pagos únicos y las condiciones que deben cumplir los beneficiarios relativas a la gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales.

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27 febrero 2012

Andalucía CC.AA. Legislación al día

Legislación al día. Andalucía. Autorización Ambiental Integrada

Decreto 5/2012, de 17 de enero, por el que se regula la autorización ambiental integrada y se modifica el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada (BOJA núm. 166, de 27 de enero)

Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT

Temas clave: Autorización ambiental integrada; Autorizaciones y licencias; Autorización ambiental unificada

Resumen:

El presente Decreto tiene un doble objeto: desarrollar la Sección 2ª del Capítulo II del Título III de la Ley 7/2007, de 9 de julio, respecto al procedimiento para la obtención, renovación, modificación y caducidad de la autorización ambiental integrada; y modificar el Decreto 356/2010, de 3 de agosto por el que se regula la autorización ambiental unificada y el Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio.

El grueso normativo del Decreto se dedica exclusivamente a desarrollar aspectos de la autorización ambiental integrada (en adelante AAI) a través de sus ocho Capítulos, y por su parte, la Disposición Final Primera es la encargada de modificar del Decreto 356/2010, de 3 de agosto.

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24 febrero 2012

Artículos Publicaciones periódicas Referencias bibliográficas

Referencias bibliográficas al día. Artículos de publicaciones periódicas

ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS:

Especies amenazadas:

PALLADINI, Marie; JONES, Leah. “The Endangered Species Act V. The United States Department Of Justice: How The Department Of Justice Derailed Criminal Prosecutions Under The Endangered Species Act”. Animal law review, vol. 17, n. 2, 2010

Evaluación de impacto ambiental ( EIA ):

GARCÍA URETA, Agustín María; LAZCANO BROTÓNS, Íñigo. “Parques eólicos, red Natura 2000 e impacto ambiental: comentario a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 18 de febrero de 2011 (proyecto de parque eólico de Ordunte). Revista Vasca de Administración Pública. Herri-Arduralaritzako Euskal Aldizkaria, n. 91, 2011, pp. 233-256

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24 febrero 2012

Artículos Publicaciones periódicas Recensiones Referencias bibliográficas

Referencias bibliográficas. Recensiones

ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS: Recensiones

Agricultura:

LIBES, Michel. “Le droit de l’aménagement foncier agricole et forestier: un remembrement tourné vers l’environnement”. Revue Juridique de l’Environnement, n. 4, 2011, pp. 660

Aguas:

SAOUT, Alan. “Théorie et pratique du droit de l’eau”. Revue Juridique de l’Environnement, n. 4, 2011, pp. 663

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23 febrero 2012

Jurisprudencia al día Tribunal Supremo ( TS )

Jurisprudencia al día. Tribunal Supremo. Antenas de telefonía

Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de enero de 2012 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, Ponente: Antonio Martí García)

Autora: Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)

Fuente: ROJ STS 26/2012

Temas Clave: Instalaciones de radiocomunicación; Antenas de telefonía móvil; Emisiones electromagnéticas; Emisiones radioeléctricas; Contaminación electromagnética.

Resumen:

Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por Telefónica Móviles España, S. A., contra la Sentencia de 24 de noviembre de 2005 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección 1ª) del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, desestimatoria del recurso contencioso-administrativo presentado por dicha entidad contra la Ordenanza municipal reguladora de instalaciones de radiocomunicación de Iniesta (Cuenca).

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