La Comisión Europea va a tomar medidas contra España debido a sus deficiencias a la hora de incorporar a su ordenamiento jurídico la legislación de la Unión Europea en materia de aguas
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Fuente: COMISIÓN EUROPEA
Temas clave: Aguas; Planificación hidrológica; Planes hidrológicos de cuenca
Los Estados miembros de la Unión Europea tenían hasta el final de 2003 para poner en vigor las leyes, normas y disposiciones administrativas necesarias para dar cumplimiento a la Directiva Marco del agua. Sin embargo, años después, la legislación española sigue presentando deficiencias en su transposición, sobre todo en lo relativo a los planes hidrológicos de cuenca. Y ello porque en nuestro Derecho español, algunas de las obligaciones dispuestas en dichos planes se aplican únicamente a los ríos que discurren por más de una región y no a los situados enteramente en el territorio de una sola región. Estas obligaciones se refieren a asuntos tales como las condiciones aplicables a la concesión de excepciones, a las aguas utilizadas a extraer agua potable y al control del estado ecológico y químico de las aguas superficiales.
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) de 18 de octubre de 2011, Antoine Boxus, asuntos C‑128/09, C‑129/09, C‑130/09, C‑131/09, C‑134/09 y C‑135/09
Autor: J. José Pernas García, profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidade da Coruña
Palabras clave: evaluación de las repercusiones de determinados proyectos sobre el medio ambiente; Directiva 85/337/CEE; ámbito de aplicación; concepto de “acto legislativo nacional específico”; Convenio de Aarhus; acceso a la justicia en materia de medio ambiente; alcance del derecho a recurso judicial
Resumen:
Las peticiones de decisión prejudicial tienen por objeto la interpretación de los artículos 6 y 9 del Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, celebrado el 25 de junio de 1998 (conocido como Convenio de Aarhus), así como los artículos 1, 5 a 8 y 10 bis de la Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente.
Estas peticiones se presentaron en el marco de una
Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de septiembre de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Mª del Pilar Teso Gamella)
Autor: Manuela Mora Ruiz, Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 6172/2011
Temas Clave: Demarcación hidrográfica; cuenca hidrográfica; competencias; cuencas intracomunitarias; unidad de gestión; utilización racional recursos naturales
Resumen:
La Sentencia que nos ocupa resuelve el recurso contencioso-administrativo presentado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra el Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, que fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas. Específicamente, se impugna el art. 2.2 del referido Real Decreto, así como la Disposición Transitoria Única y la Disposición Final primera en lo que respecta a la Demarcación Hidrográfica del Segura (F.J.2). En esencia, el recurso pretende la nulidad de los preceptos enumerados sobre la base de falta de competencia de la Administración General del Estado para la determinación de las referidas demarcaciones si las mismas afectan a cuencas intracomunitarias, en el marco del art. 149.1.22ª CE.
La Sala valora, en primer lugar, la legitimación activa de la Junta de Comunidades
Ley 5/2011, de 6 de octubre, del olivar de Andalucía (BOJA núm. 205, de 19 de octubre)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Agricultura; Desarrollo sostenible; Alimentación; Plan Director del Olivar; Contrato Territorial de Zona Rural
Resumen:
Estructurada en un título preliminar y cinco títulos ordinarios, la presente Ley tiene por objeto el establecimiento del marco normativo necesario para el mantenimiento y mejora del cultivo del olivar en Andalucía, el desarrollo sostenible de su territorio, y el fomento de la calidad y promoción de sus productos.
El Título Preliminar determina en su artículo 1 el objeto de la Ley, el espacio geográfico de su aplicabilidad (denominado «territorio de olivar») y el ámbito de actuación desde la perspectiva sectorial que emana del cultivo y sus productos; así como los fines y principios inspiradores en que se basa el texto normativo, en sus artículos 3 y 4.
El Título I, bajo la rúbrica «Instrumentos de gestión sostenible del olivar» es el núcleo más importante de toda la ley, regulando tres tipos de instrumentos: el Plan Director del Olivar (Capítulo I), el
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León (Valladolid), de 29 de julio de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 3ª, Ponente: Agustín Picón Palacio)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Fuente: ROJ STSJ 4349/2011
Temas Clave: Responsabilidad patrimonial; Administración Autonómica y Local; Inmisiones provenientes de instalación ganadera; Responsabilidad solidaria
Resumen:
La sentencia resuelve el recurso interpuesto por dos particulares frente a las desestimaciones por silencio administrativo provenientes de la administración autonómica y de la administración local respecto a sus reclamaciones de responsabilidad patrimonial, por no haberse impedido las emanaciones provenientes de una explotación ganadera en la localidad de San Bartolomé de Corneja, colindante a la propiedad de los actores, que las vienen soportando desde hace doce años, computados con anterioridad al otorgamiento de la licencia solicitada por los titulares de la explotación.
La Sala efectúa un repaso sobre la concurrencia de los requisitos necesarios para apreciar la responsabilidad de las administraciones públicas en nuestro ordenamiento jurídico, partiendo del principio genérico de la tutela efectiva del art. 24 CE y de su art. 106.2 que alude
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