ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS:
Actividades marítimas:
CONTÍN TRILLO-FIGUEROA, María. “Problemática actual de la piratería marítima en Somalia, enfoque jurídico y posibles soluciones”. Revista de gestión pública y privada, n. 16, 2011, pp. 81-94
SADOWSKI, Richard. “Cuban Offshore Drilling: Preparation And Prevention Within The Framework Of The United States’ Embargo”. Sustainable Development Law & Policy = Revista del Derecho y la Política del Desarrollo Sostenible, vol. 12, n. 1, 2011, pp. 37-39
ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS: Recensiones
Agricultura:
MORGERA, Elisa. Recensión “Agriculture and EU Environmental Law – By Brian Jack”. Review of European Community and International Environmental Law (RECIEL), vol. 20, n. 3, 2011, pp. 327-328
Biodiversidad:
CADDELL, Richard. Recensión “Lyster’s International Wildlife Law (2nd edn). By Michael Bowman, Peter Davies and Catherine Redgwell”. Journal of Environmental Law, vol. 24, n. 1, 2012, pp. 173-175
El Consejo de Gobierno de Andalucía acuerda la formulación del Plan Director del Olivar
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Fuente: BOLETÍN OFICIAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Temas clave: Ordenación del territorio; Plan director del Olivar
Mediante el Acuerdo de 21 de febrero de 21 marzo, del Consejo de Gobierno (BOJA núm. 16 de 6 de marzo de 2012) se acordó la formulación del Plan Director del Olivar. Y es que, teniendo en cuenta el plazo establecido por la Disposición Adicional Primera de la Ley 5/2011, de 6 de octubre del Olivar de Andalucía, de un año (a contar desde la entrada en vigor de la citada Ley), para la aprobación del Plan Director del Olivar por el Consejo de Gobierno, se hace necesario que, previamente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.1 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, se acuerde por dicho órgano, la formulación del mencionado Plan.
El Plan, que tendrá la consideración de Plan con incidencia en la ordenación del territorio, tendrá una vigencia de seis años y se
Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de febrero de 2012 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª, Ponente: Ramón Trillo Torres)
Autora: Aitana de la Varga Pastor, Profesora Ayudante Doctora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ STS 1069/2012
Temas Clave: Aguas; Vertidos; Saneamiento; Canon del Agua; Canon de Control de Vertidos; Dominio Público Hidráulico
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Lleida contra la Sentencia de la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de 16 de junio de 2008, dictada en el recurso contencioso-administrativo seguido a instancia del Ayuntamiento de Lleida contra la Resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro de 5 de diciembre de 2003, por la que se modificó la autorización de vertido de 13 de septiembre de 1995, al incorporar la condición referente al canon de control de vertido y la resolución del mismo órgano de 18 de octubre de 2004, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha de 23 de febrero de 2012 (Sala de lo Contencioso. Sede de Albacete, Sección 2ª. Ponente D. Pascual Martínez Espín)
Autora: Ana María Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: ROJ: STSJ CLM 493/2012
Temas Clave: Conservación de la Naturaleza; Fauna y Flora; Vertidos; Procedimiento administrativo sancionador
Resumen:
Tras que un Agente Medioambiental recogiese en Acta la constatación de la existencia de un vertido masivo de fuel-oíl, procedente de una Central térmica en el tramo del río Tajo contiguo a ella, observándose la incidencia de dicho vertido en la fauna acuática y siendo previsible su incidencia negativa sobre las comunidades faunísticas asociadas a ese tramo del día. Tras esa primera inspección se realizaría otra al día siguiente, apreciándose los mismos hechos. Así, se acordaría la iniciación de procedimiento sancionador por los hechos recogidos en las Actas; un procedimiento que será suspendido al derivarse a la jurisdicción penal, donde finalmente se dictaría sentencia en la que se absolvía a los acusados, los copropietarios de la central térmica, por delitos ecológicos. Tras ello
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