Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 27 de abril de 2012 (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª. Ponente D. Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo)
Autora: Eva Blasco Hedo. Directora Académica de “Actualidad Jurídica Ambiental”
Fuente: CENDOJ: STSJ CL 2373/2012
Temas Clave: Parques eólicos; Declaración de Impacto ambiental; Efectos sinérgicos; Protección especial de los terrenos elegidos para su ubicación (ZEPA, LIC)
Resumen:
A través de esta resolución judicial se dirime el recurso planteado por la Asociación para el Estudio y Protección de la Naturaleza “URZ” frente a la Resolución del Viceconsejero de Economía por la que se otorgó autorización administrativa del Parque Eólico “Villabandín II y ampliación a Villabandín II” en los términos municipales de Riello y Murias de Paredes (León).
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias de 13 de abril de 2012 (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Recurso núm. 390/12. Ponente D. Luis Querol Carceller)
Autora: Ana María Barrena Medina. Personal Investigador en Formación. CIEDA-CIEMAT
Temas Clave: Fauna; Caza; Biodiversidad
Resumen:
La presente sentencia trae como causa la resolución del recurso contencioso administrativo interpuesto contra la desestimación presunta del recurso de alzada interpuesto frente a las resoluciones de la Dirección General de Biodiversidad y Paisaje, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras del Gobierno del Principado de Asturias, de fecha de 16 de noviembre de 2009, por la que se autoriza el Plan de Actuaciones para el control del cormorán grande sobre las poblaciones de salmónidos, y de fecha 23 de noviembre de 2009, por la que se autoriza el Plan de Actuaciones en la cuenca del Esva y Navia para el control del cormorán grande sobre las poblaciones de salmónidos
Decreto 52/2012, de 7 de junio, por el que se establece la relación de actividades clasificadas y se determinan aquellas a las que resulta de aplicación el régimen de autorización administrativa previa (BOC núm. 117, de 15 de junio)
Decreto 53/2012, de 7 de junio, por el que se regulan los requisitos y el procedimiento aplicable al régimen de comunicación previa en materia de actividades clasificadas (BOC núm. 117, de 15 de junio)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Actividades clasificadas; Comunicación previa; Licencia previa
Resumen:
La Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias dispone en su artículo 2.2 que el Gobierno de Canarias, mediante Decreto establecerá la relación de actividades clasificadas atendiendo a la concurrencia en las mismas de las características referenciadas en el apartado 1.a) del mismo, esto es, que sean susceptibles de ocasionar molestias, alterar las condiciones de salubridad, causar daños al medio ambiente o producir riesgos para las personas o para las cosas.
ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS:
Aguas:
KARRENSTEIN, Fabian. “Nanotechnologie und Wasserrecht: Bericht zum 319. Wasserrechtlichen Kolloquium des Instituts für das Recht der Wasser- und Entsorgungswirtschaft an der Rheinischen Friedrich-Wilhelms-Universität Bonn am 9. März 2012 im Juridicum Bonn”. Natur und recht, vol. 34, n. 6, 2012, pp. 401-402
KESKITALO, E. Carina H.; PETTERSSON, Maria. “Implementing multi-level governance? : The legal basis and implementation of the EU Water Framework Directive for forestry in Sweden”. Environmental Policy and Governance 2012, v. 22, n. 2, pp. 90-103
PRAT, Narcís. “La sostenibilidad en el ciclo del agua. Comparación de dos planes de cuenca españoles”. Cuides: Cuaderno Interdisciplinar de desarrollo sostenible, n. 8, 2012, pp. 47-64, [en línea]. Disponible en Internet: http://publicaciones.fundacioncajamar.com/index.php/cuides/article/download/202/21 [Fecha de último acceso 25 de junio de 2012].
Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 14 de junio de 2012, asunto T-338/08, Stichting Natuur en Milieu
Autor: J. José Pernas García, profesor titular de Derecho administrativo Universidade da Coruña
Palabras clave: Plaguicidas; Medio ambiente; Reglamento (CE) nº 1367/2006; Límites máximos de residuos de plaguicidas; Solicitud de revisión interna; Denegación; Medida de alcance individual; Validez; Convenio de Aarhus
Resumen:
De conformidad con el Título IV del Reglamento nº 1367/2006, las demandantes solicitaron a la Comisión que revisara el Reglamento 149/2008 -por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante el establecimiento de los anexos II, III y IV que estipulan límites máximos de residuos para los productos que figuran en el anexo I de dicho Reglamento-. Mediante escritos de 1 de julio de 2008, la Comisión declaró que estas solicitudes eran inadmisibles, al entender que el Reglamento impugnado no puede ser considerado como una medida de alcance individual, ni tampoco como un conjunto de decisiones.
En apoyo de su recurso, las demandantes alegan en primer lugar que el Reglamento nº 149/2008 contiene un conjunto de
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