Decreto Foral 49/2020, de 15 de julio, por el que se regula el Fondo de Residuos
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BON núm. 169, de 31 de julio de 2020
Palabras clave: Residuos. Prevención. Reutilización. Financiación.
Resumen:
Tal y como se establece en la Exposición de Motivos de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de residuos y su fiscalidad, el Fondo de Residuos de Navarra se crea para mitigar los impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente en el ámbito de los residuos, con el objetivo de estimular el mejor resultado medioambiental global: la prevención, la preparación para la reutilización y el reciclado de los residuos.
Al efecto, el artículo 42 de la Ley Foral 14/2018 establece la necesidad de aprobar un reglamento que establezca los criterios de gestión, organización y distribución del Fondo de Residuos, que es precisamente la finalidad de la presente norma.
En ella se regula la composición anual del Fondo de Residuos y los criterios para su
Ley 1/2020, de 13 de julio, para la mejora de las condiciones térmicas y ambientales de los centros educativos andaluces mediante técnicas bioclimáticas y uso de energías renovables
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 138, de 20 de julio de 2020
Palabras clave: Eficiencia energética en la edificación. Comunidad educativa. Salubridad. Cambio climático. Huella de carbono. Auditorías energéticas. Participación ciudadana.
Resumen:
Las condiciones interiores en las que se desarrolla la enseñanza y aprendizaje de conocimientos exigen que todos sus actores disfruten de unas condiciones ambientales y de salubridad adecuadas. Dentro de este marco, Andalucía se propone llevar a cabo las acciones oportunas para garantizar un ambiente saludable al conjunto de la comunidad educativa, garantizando un ambiente confortable en términos de temperatura, humedad y ventilación de las edificaciones, tanto en los colegios como en los institutos. Al mismo tiempo, se pretende limitar el gasto energético en electricidad y combustibles fósiles, así como las emisiones de gases de efecto invernadero. Andalucía pretende convertirse de esta manera en abanderada de la lucha contra
Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 187, de 8 de julio de 2020
Palabras clave: Residuos. Vertedero. Gestión de residuos. Economía circular. Autorización. Residuos municipales. Jerarquía de residuos. Costes del vertido. Eliminación. Normas de cálculo. Inspección. Residuos sanitarios. COVID-19.
Resumen:
La Directiva (UE) 2018/850 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, enfatiza la necesidad de someter los residuos destinados a vertedero a un tratamiento previo adecuado, en línea con la reciente jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que considera que el tratamiento previo es requisito ineludible para asegurar que las operaciones de vertido se lleven a cabo sin poner en riesgo la salud humana y el medio ambiente.
En nuestro país, el Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, supuso un avance significativo en materia
Ley 7/2020, de 2 de julio, de la Agencia de la Naturaleza de Cataluña
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGC número 8171 de 7 de julio de 2020
Palabras clave: Biodiversidad. Espacios naturales. Convenio diversidad biológica. Gobernanza ambiental. Ecosistemas. Infraestructura verde. Patrimonio natural. Conservación.
Resumen:
El marco internacional establece metas y obligaciones concretas para los gobiernos en materia de conservación y uso sostenible del medio natural y de la biodiversidad. A nivel mundial, las Naciones Unidas promovieron el Convenio sobre la diversidad biológica durante la Cumbre de la Tierra de 1992, y son varios los documentos — planes, protocolos y decisiones— que lo desarrollan, entre los cuales el Plan estratégico de la diversidad biológica 2011-2020, aprobado en 2010, que establece los objetivos de Aichi, y el Plan de acción de los gobiernos subnacionales, ciudades y otras autoridades locales 2011-2020, aprobado en 2010, que insta a los gobiernos a coordinarse, a todos los niveles, del estatal al local, para ser efectivos en la conservación y el uso sostenible de la
Decreto 65/2020, de 30 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 18/2015, de 29 de julio, de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGC número 8167 de 2 de julio de 2020
Palabras clave: Agricultura. Alimentación. Ganadería. Medio ambiente.
Resumen:
El artículo 116.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña prevé que corresponde a la Generalitat, respetando lo establecido por el Estado en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.13 y 16 de la Constitución española, la competencia exclusiva para la regulación y el desarrollo de la agricultura, la ganadería y el sector agroalimentario. La Ley 18/2015, de 29 de julio, de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, establece el marco normativo que permite el reconocimiento de estas organizaciones en el ámbito de Cataluña, y que puedan acordar y obtener las extensiones de normas adecuadas a las condiciones y necesidades particulares del sector correspondiente y que contribuyan directamente al desarrollo general del sector agroalimentario.
El presente Decreto se dicta
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