Acuerdo de cooperación entre el Reino de España y el Reino de Marruecos en materia de medio ambiente, hecho en Madrid el 20 de noviembre de 2000 (BOE, nº 172, de 17 de Julio de 2008)
Este Acuerdo establece una cooperación bilateral en materia de medio ambiente entre España y Marruecos. Esta cooperación tendrá carácter científico, técnico y tecnológico. Con este Acuerdo las Partes favorecerán el establecimiento y el desarrollo de relaciones de cooperación entre sus organismos públicos y privados en materia de protección del medio ambiente y de desarrollo sostenible.
Sectores objeto de cooperación
Los sectores objeto de cooperación en materia de medio ambiente, más relevantes son los siguientes:
Los aspectos institucionales, legislativos y reglamentarios en materia de medio ambiente. La sensibilización y la educación medioambiental y la formación en el ámbito del medio ambiente. La protección de los recursos hídricos y la gestión integrada del agua por cuencas, asociando al conjunto de los usuarios del agua: colectividades locales, industriales y agricultores.
Reglamento (CE) Nº 669/2008 de la Comisión de 15 de julio de 2008 por el que se completa el anexo IC del Reglamento (CE) nº 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los traslados de residuos (DOUE L 188/9, de 16 de Julio de 2008)
Este Reglamento viene a completar el anexo IC del Reglamento nº 1013/2006 relativo a los traslados de residuos.
Se establecen instrucciones con las explicaciones necesarias para cumplimentar los documentos de notificación y movimiento de residuos
Las autoridades competentes de expedición son las encargadas de proporcionar y expedir los documentos de notificación y movimiento (tanto en versiones impresas como electrónicas). Al hacer esto, utilizarán un sistema de numeración que permita la trazabilidad de cada envío de residuos.
Objeto de los documentos de notificación y movimiento
El documento de notificación tiene por finalidad proporcionar a las autoridades competentes afectadas la información necesaria para evaluar la aceptabilidad de los traslados de residuos propuestos. El documento también incluye un espacio para que acusen recibo de la notificación y, en su caso, la autorización escrita de un traslado propuesto.
Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (BOE núm. 164, de 8 de Julio de 2008)
Con este Real Decreto 1130/2008 se completa el Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, que crea el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
En dicho Real Decreto se establecía que a este Ministerio le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de lucha contra el cambio climático, protección del patrimonio natural, de la biodiversidad y del mar, agua, desarrollo rural, recursos agrícolas, ganaderos y pesqueros, y alimentación.
Este Ministerio de nueva creación, asume las competencias atribuidas a los suprimidos Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Medio Ambiente, más la competencia en materia de protección del mar, en estrecha colaboración con el Ministerio de Fomento.
El nuevo Ministerio se organiza en torno a dos nuevos órganos superiores, directamente dependientes de la Ministra:
La Secretaría de Estado de Cambio Climático La Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua
Ley 3/2008, de 23 de Mayo, de ordenación de la minería de Galicia
La minería es un sector relevante con una importante incidencia sobre el medio ambiente y la ordenación del territorio, lo cual hace precisa una adecuada conciliación del desarrollo del sector minero con la protección de los bienes jurídicos en juego.
La normativa estatal, compuesta por la Ley 22/1973, de minas, de 21 de julio y la Ley 6/1977, de 4 de enero, de fomento de la minería, son preconstitucionales, con lo que no se ajustan al régimen de distribución de competencias establecido en la Constitución Española, lo cual unido a los importantes cambios tecnológicos y la mayor preocupación por la tutela ambiental, han dado lugar a la aprobación de la presente Ley.
Este Ley proporciona un marco normativo general que permite desarrollar las competencias autonómicas en materia minera y dotar de un marco organizativo-institucional actualizado a la Xunta de Galicia, adaptando el sector minero a las singularidades territoriales, ambientales o de estructura de la propiedad de Galicia, y permite establecer un marco normativo claro y coordinado.
Real Decreto 987/2008, de 13 de junio, por el que se establecen bases reguladoras para la concesión de las subvenciones destinadas a determinados proyectos de mejora de la gestión medioambiental de las explotaciones porcinas (BOE Nº 160, de 3 de Julio de 2.008)
Objeto:
Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para promover el desarrollo de sistemas innovadores de gestión de purines procedentes de las explotaciones porcinas, respetuosos y compatibles con la protección del medioambiente, que eviten consumos ineficientes de energía, que contemplen un enfoque integral de valorización y que permitan el desarrollo de mejoras técnicas disponibles en la aplicación de purines al campo, mediante:
a) La implantación de programas de valorización y gestión que impliquen la reducción del uso de fertilizantes minerales, mediante la aplicación de nuevas técnicas, que permitan la incorporación adecuada de purines al suelo, disminuyendo la contaminación.
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