<\/p>\r\n

Este real decreto se estructura en cuatro cap\u00edtulos comprensivos de trece art\u00edculos. En el primero se establecen las Disposiciones generales y, a su vez, se subdivide en dos secciones diferentes. La 1\u00aa establece la competencia de las comunidades aut\u00f3nomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla a la hora de determinar los organismos competentes para llevar a cabo las inscripciones de las organizaciones que se incorporen al sistema EMAS, el plazo para efectuarlo y la posibilidad de designar un organismo que act\u00fae en el territorio de varias CCAA. Asimismo se determinan las competencias de la Secretar\u00eda de Estado de Medio Ambiente para la inscripci\u00f3n de organizaciones en los casos que \u00e9stas tengan centros situados en terceros pa\u00edses. Tambi\u00e9n se incluyen las obligaciones de estos organismos en orden a procedimientos, registro, evaluaciones y participaci\u00f3n en el foro de organismos competentes.<\/p>\r\n

En la Secci\u00f3n 2\u00aa se determina el alcance de las obligaciones de estos organismos en relaci\u00f3n con su deber de informaci\u00f3n. Se incluye un mandato a las administraciones p\u00fablicas para que integren el sistema EMAS en sus pol\u00edticas sectoriales y se incide en la adopci\u00f3n de medidas de fomento.<\/p>\r\n

El Cap\u00edtulo II regula los procedimientos de inscripci\u00f3n, suspensi\u00f3n y cancelaci\u00f3n de las inscripciones de las organizaciones en el registro EMAS. Comienza estableciendo las reglas para la determinaci\u00f3n del organismo competente ante el que debe dirigirse la solicitud de inscripci\u00f3n, en funci\u00f3n de si la organizaci\u00f3n cuenta con centros situados en Espa\u00f1a, en el territorio de la UE o en terceros pa\u00edses. El cap\u00edtulo se cierra con la notificaci\u00f3n a la organizaci\u00f3n solicitante de su registro, el acceso al logotipo EMAS y el traslado de esta informaci\u00f3n al Registro Integrado Industrial.<\/p>\r\n

El Cap\u00edtulo III se dedica a los verificadores medioambientales, que deber\u00e1n ser acreditados por ENAC, y se determina el \u00f3rgano que supervisa las actividades de verificaci\u00f3n y validaci\u00f3n efectuadas por los verificadores. El Cap\u00edtulo IV establece el r\u00e9gimen sancionador.<\/p>\r\n

Cierran la norma dos disposiciones adicionales, la primera relativa a normas de procedimiento, y la segunda, al grupo de trabajo del Reglamento EMAS. Se incorporan dos disposiciones transitorias sobre verificadores medioambientales acreditados y sobre traslado de expedientes. Se a\u00f1ade una disposici\u00f3n derogatoria y cinco disposiciones finales.<\/p>\r\n

Entrada en vigor: <\/strong>14 de abril de 2013<\/p>\r\n

Normas afectadas: <\/strong><\/p>\r\n

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango en cuanto se opongan, contravengan o resulten incompatibles con lo dispuesto en este real decreto y, en particular, el Real Decreto 85\/1996, de 26 de enero, por el que se establecen las normas para la aplicaci\u00f3n del Reglamento (CE) n.\u00ba 1836\/1993 del Consejo, de 29 de junio de 1993, por el que se permite que las empresas del sector industrial se adhieran con car\u00e1cter voluntario a un sistema comunitario de gesti\u00f3n y auditor\u00eda ambiental.<\/p>\r\n

Se modifica el art\u00edculo 49 y se derogan los art\u00edculos 51, 52 y 53 del Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, aprobado por el Real Decreto 2200\/1995, de 28 de diciembre, modificado por el Real Decreto 338\/2010, de 19 de marzo.<\/strong><\/p>\r\n

Documento adjunto: \"pdf_e\"\u00a0<\/a><\/strong><\/p>\r\n

<\/strong>\u00a0<\/p>","post_title":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. EMAS. Gesti\u00f3n y auditor\u00edas medioambientales","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"legislacion-al-dia-estado-emas-gestion-y-auditorias-medioambientales","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2013-05-07 13:12:19","post_modified_gmt":"2013-05-07 11:12:19","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"https:\/\/www.actualidadjuridicaambiental.com\/?p=9663","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw","post_title_ml":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. EMAS. Gesti\u00f3n y auditor\u00edas medioambientalesLegislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. EMAS. Gesti\u00f3n y auditor\u00edas medioambientalesLegislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. EMAS. Gesti\u00f3n y auditor\u00edas medioambientales","post_title_langs":{"es":true,"en":true,"fr":true}};-->

13 mayo 2013

España Legislación al día

Legislación al día. Estado. EMAS. Gestión y auditorías medioambientales

Real Decreto 239/2013, de 5 de abril, por el que se establecen las normas para la aplicación del Reglamento (CE) n.º 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.º 761/2001 y las Decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE de la Comisión. (BOE núm. 89, de 13 de abril de 2013)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: EMAS; Gestión y auditorías medioambientales; Organismos competentes; Inscripción de organizaciones; Verificadores medioambientales

Resumen:

Las importantes novedades introducidas por el Reglamento (CE) nº 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), se trasladan a este real decreto que se limita a regular aquellos aspectos del propio Reglamento que precisan de una concreción en la normativa estatal.

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8 mayo 2013

Legislación al día Unión Europea

Legislación al día. Unión Europea. Desarrollo rural. Feader

Reglamento de Ejecución (UE) núm.335/2013 de la Comisión, de 12 de abril de 2013, que modifica el Reglamento (CE) núm. 1974/2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader). (DOUE L 105, de 13 de abril de 2013)

Temas Clave: Fondo Europeo de Desarrollo Rural; Ayudas y Subvenciones

Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental

Resumen:

Esta modificación del Reglamento (CE) núm. 1974/2006 trae como causa la aprobación por la comisión de una propuesta de reglamento que presenta una nueva estrategia de desarrollo rural basada en las opciones expuestas en la Comunicación de la Comisión al Parlamento, al Consejo y al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones titulada “La PAC en el horizonte de 2020: responder a

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8 mayo 2013

España Legislación al día

Legislación al día. Estado. Eficiencia energética en la edificación

Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. (BOE núm. 89, de 13 de abril de 2013)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Eficiencia energética en la edificación; Consumo de energía; Reglamentaciones técnicas

Resumen:

Mediante este real decreto se transpone parcialmente la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, en lo relativo a la certificación de eficiencia energética de edificios, refundiendo el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, con la incorporación del Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios existentes.

Esta norma establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética que

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6 mayo 2013

Legislación al día Unión Europea

Legislación al día. Unión Europea. Contaminación Atmosférica

Decisión de Ejecución de la Comisión, de 26 de marzo de 2013, por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) para la fabricación de cemento, cal y óxido de magnesio conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las emisiones industriales [notificada con el número C(2013) 1728]. (DOUE L 100, de 9 de abril de 2013)

Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental

Temas Clave: Emisiones; Contaminación Atmosférica; Mejores Técnicas Disponibles

Resumen:

En el ámbito de la Decisión se describen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (en adelante, MTD) relativas a las actividades industriales especificadas en la sección 3.1 del anexo I de la Directiva 2010/75/UE; conclusiones para cuya formulación se empleó la información recogida en la fase de intercambio de información, complementada con nuevos datos relativos a las emisiones procedentes de

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6 mayo 2013

España Legislación al día

Legislación al día. Estado. Comercio de derechos de emisión

Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos. (BOE núm. 71, de 23 de marzo de 2013)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Residuos; Sustancias peligrosas; Electricidad; Electrónica; Gestión de residuos

Resumen:

Los aparatos eléctricos y electrónicos (en adelante, AEE) son productos complejos que para su funcionamiento necesitan una serie de sustancias como el mercurio, el cadmio o el plomo, que una vez convertidos en residuos, si no se gestionan adecuadamente, resultan ser peligrosos para la salud humana y el medio ambiente.

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